Después de la dictadura militar -no
casualmente denominada “Proceso de reorganización nacional”- y con el modelo de
economía liberal instalado en el país, los capitales internacionales tuvieron
una oportunidad más que seductora de recolonizar la región.
Fue tal el vaciamiento, el endeudamiento y la alienación
lograda, que los intentos de Raúl Alfonsín por volver a consolidar aquel Estado
fuerte e industrial que Illía había logrado, fueron en vano. Ante el fracaso, no
le quedó otro remedio que continuar con el recetario que el FMI y el Banco
Mundial imponían, sin otro interés que el dominio político y económico sobre la
región.
Si bien adhirió al modelo, el radicalismo no profundizó –y
tampoco lo dejaron- en la venta de los bienes públicos más allá de la
privatización de ENTEL, que no afectó los cimientos del Estado. De hecho, el
servicio que prestaba la empresa telefónica estatal era verdaderamente pésimo.
Pero fue en el ‘89 con la carismática llegada de Menem,
cuando se produjo el drástico proceso de reducción y desensamble del Estado.
Consolidando el modelo neoliberal, se entregó lo último que le quedaba al Estado
como base para salir del pozo: los patrimonios naturales y públicos.
Las grandes entidades financieras, el establishment y las
bancas internacionales, se relamían al ver cómo un país ahogado no mostraba más
voluntad de crecimiento que la propia resignación a la dependencia del capital
internacional.
El hambre, la exclusión, la pobreza, el desempleo, las
corridas bancarias y la hiperinflación, junto con la deteriorada administración
del Estado de los servicios públicos, fueron condiciones más que favorables para
que el discurso privatista entrara por la puerta principal.
En ese marco, ante un Estado “ineficiente, corrupto,
burócrata y lento,” se imponía el discurso de que la solución para terminar
–literalmente- con él, era traspasar los patrimonios del pueblo a manos de
capitales privados. Éstos se presentaban como más efectivos, confiables,
dinámicos y modernos.
Cabe destacar que no se trataba de un capricho surgido de un
programa nacional. El nuevo presidente venía de la Rioja y junto con él, llegaba
desde EE.UU., el Consenso de Washington o la instalación del neoliberalismo
dirigido especialmente a los países tercermundistas.
Yacimientos Petrolíferos Fiscales, una empresa con
infraestructura como pocas en Latinoamérica, que además de extraer petróleo
tenía un gran compromiso con el pueblo, era uno de los estandartes del Estado
tanto en materia económica (aportaba la mayor parte de recaudación fiscal) como
de desarrollo. Falazmente, fue tildada como la única petrolera del mundo que
daba pérdidas, costosa, endeudada, ineficiente, corrupta y atrasada. Y para
poder poner el total de los recursos del pueblo en manos del mercado, fue
necesario diseñar y construir un complejo aparato que le de legalidad y
legitimidad a lo que no tenía.
Proceso de privatización de la empresa
Es interesante recalcar que el complejo proceso de
privatización de YPF duró aproximadamente tres años si tomamos como inicio de
este a la ley 23.696 de Reforma del Estado de 1989. En ella se declaraba “en
estado de emergencia la prestación de los servicios públicos, la ejecución de
los contratos a cargo del sector público y la situación económica financiera de
la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, entidades
autárquicas, empresas del Estado, Sociedades del Estado, Sociedades anónimas con
participación Estatal Mayoritaria, Sociedades de Economía Mixta, Servicios de
Cuentas Especiales, Obras Sociales del Sector Público bancos y entidades
financieras oficiales, nacionales y/o municipales y todo otro ente en que el
Estado Nacional o sus entes descentralizados tengan participación total o
mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias.”
Más adelante, en el artículo 8º se aclara que las únicas
empresas que podrán privatizarse serán las que estén declaradas “sujetas a
privatización”. En este documento, no se autoriza aún la venta de YPF, sino que
aparece como posibilidad de asociación o concesión.
Una de las partes elementales del proceso de privatización de
YPF la constituyen los tres decretos conocidos como “desregulatorios”, el
1055/89, 1212/89 y 1589/89. Tenían como objetivo la adjudicación de tierras al
capital privado para su exploración; la desregulación de la comercialización,
procesos de refinación y bocas de expedio; la promoción de la libre competencia
mercantil; la eliminación de cuotas y la disponibilidad al capital privado de
los ingresos por exportaciones.
En 1990 la privatización de la petrolera estatal era
inminente. En ese año se termina de despejar el terreno mediante el decreto
2778/90 para que pase a control privado sólo bajo las “reglas” del mercado. El
mismo documento comienza de la siguiente forma: “el Ministerio de Economía
por intermedio de la Subsecretaría de Empresas Públicas ha encarado con la
intervención de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado la
regularización de la grave situación económica y financiera de la empresa con el
objeto de alcanzar una gestión eficiente y transformarla en una empresa
competitiva dentro de un mercado desregulado y des-monopolizado.”
Llaman la atención las líneas que siguen: “del análisis sobre
las actuales condiciones en que se desenvuelve Yacimientos Petrolíferos Fiscales
Sociedad del Estado se desprende la imposibilidad de dicha empresa para
desarrollar sus actividades en el citado mercado desregulado, competitivo y
abierto.”
Cuando se refiere a las condiciones, hace referencia a la
“grave situación económica y financiera de la empresa”. Vale aclarar, que por
más que las condiciones de YPF S.E. hubieran –o hayan- sido prósperas, nunca
podría estar en condiciones de actuar en un “mercado desregulado, competitivo y
abierto” ya que el fin de una Sociedad Estatal como lo era YPF no es el lucro,
sino garantizar las necesidades de la población. Es por esto que la petrolera
del Estado no necesitaba competir con nadie, ni estar abierta a ninguna
economía, ya que era su condición la de estar al servicio de la Nación para lo
que se la requiriera en materia energética. La única regulación a la que podía
estar sometida era al mismo control del Estado en la exploración, explotación,
industrialización y distribución de hidrocarburos. Aquí es donde podemos ver la
gran diferencia entre el discurso del modelo neoliberal con las políticas
propias de un Estado en el manejo de sus recursos.
Otra fase importante en el proceso de privatización fue la
provincialización de los recursos hidrocarburos. El artículo 1º de la ley 24.145
dice: “Transfiérese el dominio público de los yacimientos de hidrocarburos del
Estado Nacional a las Provincias en cuyos territorios se encuentren, incluyendo
los situados en el mar adyacente a sus costas hasta una distancia de Doce (12)
millas marinas medidas desde las líneas de base reconocidas por la legislación
vigente.”
Pero esta misma ley en su artículo 22º establecía que: “la
transferencia del dominio dispuesta por el Artículo 1º de esta ley, se
perfeccionará después de sancionada y promulgada la ley cuya elaboración se
encomienda a la Comisión de Provincialización de Hidrocarburos por el Artículo
5º.
En las áreas cedidas a las Provincias en virtud de lo
establecido en el Artículo 20 del Decreto Nº 1.055 del 10 de octubre de 1989, la
transferencia establecida en el Artículo 1º de la presente, se perfeccionará al
momento de promulgarse esta ley. “
Todavía hacía falta un paso más para lograr la fragmentación
del subsuelo argentino. Pero por diversos motivos esto no llegó a concretarse ya
que dicha Comisión no se reunió nunca y por lo tanto no se pudo sancionar la
provincialización. Vale destacar que las provincias extractoras de hidrocarburos
son diez y las consumidoras catorce. Estas últimas además constituyen el 85% de
la población y por lo tanto tienen mayoría en la Cámara de Diputados. Obviamente
se puede deducir por qué el traspaso no fue realizado hasta finales del 2006,
además de su dudosa legalidad.
La siguiente etapa de la privatización fue la aprobación del
nuevo estatuto de la empresa. Con la modificación, a través del decreto 1016/93,
la dirigencia de YPF pasaba a estar integrada mayoritariamente por los
accionistas privados.
Pero la parte más polémica del decreto se encontraba en el
artículo 8º en el que se establecía que en caso de que YPF S.A. tuviera la
obligación de saldar pasivos correspondientes a antes del 26 de marzo de 1993,
el Estado Nacional era el que iba a hacerse cargo de la deuda o bien,
reembolsaría la suma que YPF S.A. haya tenido que costear. Esto corresponde
claramente a una política de total beneficio al capital privado a costas de los
intereses de la población.
Para favorecer el ingreso de capitales extranjeros a la
adquisición de la empresa estatal, en septiembre de 1993 se ejecuta el decreto
número 1853 en el que entre otras cosas se establecía que: “Los inversores
extranjeros podrán efectuar inversiones en el país sin necesidad de aprobación
previa, en iguales condiciones que los inversores domiciliados en el país.” De
esta forma, los capitales extranjeros en el mercado nacional carecían de
regulación alguna dando total libertad siguiendo a rajatabla los mandamientos
del Consenso de Washington.
En suma, el artículo 5º establecía que “el derecho de los
inversores extranjeros de repatriar su inversión y enviar al exterior las
utilidades líquidas y realizadas podrá ser ejercido en cualquier momento”. Aquí
es donde se exponen explícitamente las políticas de saqueo y vaciamiento del
Estado nacional, a través de la fuga de capitales. No sólo que el sector privado
lucraba con los servicios y los bienes públicos, sino que tenía la total
libertad de llevar esa ganancia al exterior y no reinvertirla en el país.
Fiel a la subyugación frente a las entidades financieras
internacionales, la Argentina eligió como representantes a los bancos Merrill
Lynch y el First Boston para que prepararan el proceso de privatización de la
empresa, realicen la tasación y hasta elijan quiénes y cómo iban a integrar el
paquete accionario. El Ministerio de Economía lo único que hacía era acatar
órdenes, ya que debemos reconocer que el verdadero Ministerio no se encontraba
en el país sino que en el exterior. Todas las políticas financieras eran
aprobadas primero en los EE.UU. antes que acá.
Algunos de los primeros accionistas privados de YPF S.A.
fueron el Citicorp, Credit Suisse, Philiphs, Soros y Pérez Companc.
La venta concreta de YPF S.A. se realizaría en 1998 con el
desembarco de la petrolera española Repsol. De esta manera se conformaría la
sociedad Repsol-YPF S.A.
Situación actual de la empresa
Actualmente y casi desde su privatización, la empresa se
encuentra en un proceso de desinversión total. La exploración de pozos
petroleros fue dejada de lado para dedicarse prácticamente sólo a la extracción
y venta de combustibles.
Cuando YPF pertenecía al Estado, se exploraban unos 100 pozos
al año. Hoy no llegan a 25. YPF S.E. siempre garantizó las reservas a futuro,
estaba en constante expansión e inversión. Se decía que por cada barril que se
extraía, se garantizaba uno nuevo debajo de la tierra. Las empresas que hoy
tienen bajo su control el subsuelo nacional, no hacen más que explotarlo para su
propio interés y vaciarlo sin volver a invertir.
El negocio es redondo. A partir de los recursos que garantizó
la sociedad estatal, del esfuerzo del Estado –es decir de todos los argentinos-
se exprimen ganancias extraordinarias. Se está rifando el patrimonio del pueblo
y lo peor es que lo hacen con total impunidad.
Es curioso que antes de 1991, las reservas comprobables de
YPF S.E. fueran de 350 millones de m3 y la compañía se vendiera a razón de
250millones de m3. El término sospechoso queda chico si mencionamos que en 1995,
sin realizar nuevas exploraciones, YPF S.A. ya contaba con 350 millones de m3.
La producción desde 1991 hasta la fecha fue de 500
millones de m3, por lo que las declaraciones, tanto de las auditorías
internacionales como de Repsol YPF, no son nada claras. Actualmente, la
compañía dispone de 450 millones de m3 más para explotar, en otros términos, a
este ritmo quedarían unos ocho o nueve años más de petróleo. Antes de su
privatización, YPF S.E. siempre garantizó más de dieciocho años de reservas.
Previo a su venta, YPF S.E. obtenía ganancias por 500
millones de dólares con un barril que a precio internacional no llegaba a los 20
dólares. En 2007, Repsol YPF obtuvo ganancias por 1300 millones de dólares (en
2005 fueron 1800) con un barril a 90 dólares.
Se estima que en los próximos años, el país comenzará a
importar crudo. De mientras, el Estado subvenciona a las petroleras para que no
se comercialice el combustible a precios internacionales, aunque el costo de
extracción de crudo sea de 6 dólares por barril.
Conclusión
La venta del patrimonio público, como lo es un recurso
natural como el petróleo, constituye desde todos los puntos de vista una acción
completamente ilegítima.
El marco legal buscado por el Gobierno menemista para poder
garantizar las privatizaciones no fue más que un enjambre de leyes y decretos
que se contraponían a otras leyes y artículos de la Constitución. Es válido
tener en cuenta que la ley 17.319 es muy clara en sus artículos:
“ARTÍCULO 1º Los yacimientos de hidrocarburos líquidos y
gaseosos situados en el territorio de la República Argentina y en su plataforma
continental, pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado
Nacional.”
ARTÍCULO 79º: “Son absolutamente nulos: (inciso “c”) Los
permisos y concesiones adquiridos de modo distinto al previsto en esta Ley.”
No hay duda de que no sólo se violó la ley, sino que se le
expropió al pueblo uno de sus patrimonios más valiosos que llevó décadas
construir con el aporte de todos los ciudadanos.
La venta de Yacimientos Petrolíferos Fiscales al capital
privado e internacional concretó no sólo una estafa sin precedentes en la
historia de la Nación Argentina, sino que violó la soberanía del pueblo como en
cualquier invasión extranjera. Millones de argentinos votaron en 1989 un
presidente que prometía industrialización, trabajo y crecimiento para luego ser
traicionados de la manera más descarada. Todo lo que se había prometido en la
campaña se hizo exactamente al revés.
A través de un discurso falso, con la complicidad de los
medios de comunicación, se logró imponer un modelo económico que no traería
beneficio alguno para el pueblo. Sino que se fomentaría el enriquecimiento
desmedido de un sector minoritario mediante la adquisición de patrimonio público
como propio.
La privatización de YPF S.E. representó una gran pérdida para
el país. En su momento la compañía aportaba 8000 millones de dólares anuales al
fisco –que hoy serían muchos más-, estaba al servicio de la población para su
desarrollo e integración y, además, realizaba enormes aportes a la sociedad más
allá del abastecimiento de combustibles. Hoy nada de eso queda, sólo intereses
lucrativos que además de vaciar los recursos estatales, no son capaces de
reinvertir a futuro.
Sobre esto no está de más aclarar que el artículo 41 de la
Constitución establece:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades
productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental
generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la
ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho,
a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del
patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y
educación ambientales. (…)”
Es decir, se está violando uno de los artículos de la
Constitución entregando recursos naturales productivos y agotándolos, sin
cumplir con el deber de preservarlos. No se utilizan racionalmente los recursos
naturales ni se preserva el patrimonio natural.
Esto no es sólo el incumplimiento de otro derecho y garantía,
sino que a todo este proceso no lo podemos denominar de otra manera que Suicidio
de Estado.
El Estado en primera medida debe garantizar lo previsto por
la Constitución. Esto no se logra de otra manera que no sea el estricto control
sobre la utilización y explotación de los recursos. En el caso del petróleo, no
se puede permitir bajo ningún punto que las empresas privadas realicen sus
propias declaraciones juradas o que extraigan crudo indiscriminadamente sin
explorar más pozos. Tampoco debe correr el rol de Estado subsidiario para que la
oferta sea accesible y la demanda esté satisfecha. No puede caer bajo ningún
punto en el “jueguito” del mercado. El Estado está para garantizar los derechos
básicos de la población y uno de ellos es la energía, patrimonio público
natural. En caso que no pueda tener una empresa petrolera propia, tiene que
garantizar a la sociedad el servicio de abastecimiento por parte de las empresas
privadas, sin un fin lucrativo de por medio. La asignación no puede ser de
ninguna manera librada exclusivamente a los intereses del capital. Menos aún, se
debe permitir el vaciamiento y la fuga de capitales por parte de las empresas
extranjeras como lo hizo el menemismo.
De todos estos deberes, lamentablemente ninguno de ellos
podemos decir que se esté cumpliendo. Menos, si tenemos en cuenta la prórroga de
la explotación de los yacimientos de Cerro Dragón (uno de las zonas
hidrocarburíferas más ricas) hasta el año 2047, concebida por los Gobiernos de
Chubut, Santa Cruz y el Nacional.
Cuando entendamos que el Estado no es un ente abstracto y que
en realidad está encarnado en nosotros mismos, tal vez tomaríamos conciencia de
que aquí no se ha vendido una empresa, sino nuestra propia soberanía. La venta
del Estado no es más que la venta de nosotros mismos.
Vale la pena ser repetitivo para aclarar que la soberanía no
se vende. Y como soberanos, es nuestro deber comenzar a ejercerla y recuperar el
Estado que nos han evaporado.
Mariano Gaik Aldrovandi
Fuentes consultadas:
BERNAL, Federico: Petróleo, Estado y Soberanía: Hacia la empresa multiestatal
latinoamericana de hidrocarburos, Biblos, Buenos Aires, 2005
HERRERO, Félix: Argentina no dispone de su energía. Los caminos hacia la
autonomía energética, http://www.info-moreno.com.ar/notas/247/247-2.php
HIDALGO, Enrique: “Hidrocarburos: algunas referencias históricas sobre las
competencias de la Nación y las provincias y las formas de explotación del
recurso en la Argentina”, http://enriquehidalgo.wordpress.com/2007/09/17/hidrocarburos-algunas-referencias-historicas-sobre-las-competencias-de-la-nacion-y-las-provincias-y-las-formas-de-explotacion-del-recurso-en-la-argentina/
“Defendiendo la Constitución”, http://www.info-moreno.com.ar/notas/notas_documentos/182-1.php
“Mosconi descuartizado” http://www.info-moreno.com.ar/notas/editorial/162-1.php
SOLANAS, Fernando, Félix HERRERO y CALLEJA, Gustavo: “¿Y la renta petrolera?”,
http://www.info-moreno.com.ar/notas/petroleo/124-4.php
LAHOUD, Gustavo: LA PRIVATIZACIÓN DE YPF Sociedad del Estado CRÓNICA DE LA
ARGUMENTACION DEL DESPOJO, http://www.reconstruccion2005.com.ar/0707/privatizacion_ypf.htm
Memoria de las privatizaciones, “Normas jurídicas básicas”, “Empresas
privatizadas, liquidadas y/o disueltas”, Decretos: 1055/89, 1212/89, 1589/89,
1106/93, 1225/93, decreto 1853/93, Leyes: 17.319, 24.145, 23.696 http://mepriv.mecon.gov.ar/
Constitución Nacional de la República Argentina