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Efectos macroeconómicos del blanqueo de capitales

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SU PARADOJA Y PARADIGMA DOMINANTE, PARTE I
SU PARADOJA Y PARADIGMA DOMINANTE, PARTE I

    Tal como fuera mencionado anteriormente [1], reseñando los antecedentes de lo que denominamos “Blanqueo de Capitales, Lavado de Activos o Lavado de Dinero”, encontramos a la “Orden de los Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Salomón”, mas conocidos como los “Templarios”, a quienes el Papa Inocencio II eximió de ajustarse a leyes terrenales, quedando solo sometidos a las “leyes divinas”, lo que les confería un extraordinario poder de acción en varios campos, entre ellos, el económico aún en sus formas menos ortodoxas.
    En este contexto, los Templarios modificaron sustancialmente la metodología de devolución de préstamos con intereses, aunque esta práctica en la época fuera considerada “usura” y por tanto estuviera prohibida, gracias a haber advertido el talón de Aquiles de todos aquellos que hasta son capaces de entregar su alma al diablo (si fuera cierta la existencia de éste), para tener dinero y poder de oprimir a cuanto ser viviente se le cruzara por delante (Cualquier semejanza con la realidad contemporánea es pura coincidencia….)
    Así, estos “Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Salomón”, financiaron a casi todos los monarcas de la época y a otros tantos nobles y tan ambiciosos como inescrupulosos y corruptos hombres, social y políticamente relevantes de aquellos tiempos.
    Esta habilidad de los Templarios para acumular y administrar riqueza les permitió construir una estructura financiera precursora de la instituciones que actualmente conocemos como “bancos”.
    Cuando la Orden de los Templarios se extinguió, la metodología descripta fue adoptada por los monarcas europeos y el Vaticano, lo que les permitió a ambos perfeccionar el ocultamiento de riqueza para uso discrecional, en detrimento, por supuesto, de los verdaderamente “necesitados”.
    Entre los siglos V y XV, y en el marco de la concepción delictual de la usura, muchos prestamistas y comerciantes incurrían en hábiles metodologías para salvar las restricciones impuestas por las normas imperantes; de esta forma la piratería inducida por las monarquías, los Corsarios, lavaban oro proveniente de sus ataques a los barcos de mercaderes que navegaban por el Océano.
    Gran parte de lo acumulado por piratas y corsarios quedó bajo la salvaguarda de banqueros de origen judío y de órdenes religiosas católicas, dando origen a los “paraísos financieros”, versión original.
    Entre los extraordinarios niveles de corrupción a los que se había llegado y alguna suerte de “conciencia social” sustentada en valores éticos y morales que todavía subsistían en algunos gobernantes de la época, nacieron las primeras concepciones de lo que hoy se conoce como “Derecho Internacional”, vinculado con los derechos sobre el mar.
    Estas primeras concepciones fueron las de “De mare nostrum” (o Mediterráneo), “De mare liberum”, doctrina conforme a la cual no era posible apropiarse de los mares en virtud de no ser los mismos susceptibles, tal como lo es la tierra, por lo que deberían ser libres, y “Persecución en caliente”, que en Derecho Internacional hace alusión a que las persecuciones deben comenzar en aguas interiores, mar territorial, del Estado, sin interrupción; en caso de que esta última acontezca, no se puede continuar con la persecución.
    Estas medidas dieron sus frutos y la amenaza mundial de los piratas y corsarios fue erradicada satisfactoriamente hasta que, en nuestros días, se ha vuelto habitual escuchar noticias sobre secuestros de barcos y robo de su cargamento.
    La erradicación mencionada en aquel momento no causó ningún derrumbe social ni económico, sino que por el contrario, la sociedad antigua se vio liberada de este flagelo. Lamentablemente en la actualidad, por el estado de contaminación que presentan las economías globales, todo sano intento por combatir estas prácticas de lavado de activos, no solo serían brutalmente resistidas en virtud del poder que han adquirido estas mafias, sino que las repercusiones macroeconómicas son bastante difíciles de predecir.
    Para algunos autores, el ilícito “lavado” se remonta a los comienzos de la década de los ´60 cuando pudieron relacionársele ciertas actividades ilegales como el enriquecimiento ilícito de algunos funcionarios públicos, venta ilegal de armas, juego clandestino, contrabando, etc.
    A mediados de los ´70, fue descubierto como proveniente del tráfico de estupefacientes, siendo en 1982 considerado un tema de altísima relevancia en EE UU cuando tras un mega operativo fue confiscado dinero del blanqueo del narcotráfico colombiano, mas concretamente del tráfico de cocaína.
    La expresión fue utilizada por primera vez judicialmente en el año 1982 en los Estados Unidos, oportunidad en la que se confiscó dinero supuestamente blanqueado del contrabando de cocaína colombiana.
    Sin embargo, el narcotráfico no es el único delito subyacentemente necesario al lavado, como se desarrollará posteriormente.


Distinciones conceptuales

    Es importante distinguir el llamado “dinero negro” del “dinero sucio”. El primero, también conocido como “fondos contaminados” es producto de ilícitos y su consecuente evasión tributaria, mientras que el segundo, al que también se conoce como “dinero ilegal”, es producto de actividades al margen de la ley como coimas, sobornos, robos, etc.
    Esta diferenciación induce además a distinguir a las primeras actividades ilegales como “operaciones de reciclaje o lavado” y a las segundas como “blanqueo”.
    En ambos casos, sin embargo estamos frente a ingresos que requieren de una “simulación” que se adecuará conforme a los requerimientos en cada caso en particular. La simulación para el caso del “dinero negro” consistirá en transformarlo en capital pasible de ser ingresado al circuito financiero oficial, por ejemplo adquiriendo bienes, es decir, realizar capitalizaciones.
    Este dinero en general alguna vez fue llevado al exterior evadiendo tributos y al ser ingresado al país muchas veces lo hace mediante la creación de entidades o empresas fantasmas con el único fin de simular la transparencia de la operación.
    Cuando de “dinero sucio” se trata, la metodología suele consistir en gastar en efectivo para la adquisición de bienes y servicios. Asimismo, se pueden ocultar los fondos gastando menos, guardándolos en cajas de seguridad de bancos por ejemplo hasta pasado un tiempo prudencial, etc.
    En la determinación de las estrategias seguidas por estos delincuentes, resulta de suma importancia saber el origen y destino de las operaciones. Así por ejemplo en el “blanqueo” se origina en dinero obtenido de manera ilegal, procurándose la apariencia de una obtención legal, mientras que en la “evasión” los ingresos son legalmente obtenidos pero ocultados para evitar el cumplimiento de la obligación tributaria.
    Cuando se trata de “dinero contaminado”, es decir “dinero negro”, la voluntad real es la de evadir impuestos, y en general ese dinero es reinvertido en actividad productiva, adquiriendo nuevos bienes de capital o realizando inversiones.
    Los efectos macroeconómicos que presentan los delitos previos como el tráfico de estupefacientes, de personas, de órganos, de armas, contrabando, sobornos, redes de prostitución, etc. y la evasión tributaria difieren resultando los segundos técnicamente mas perjudiciales, a lo que debe añadirse la práctica de la “elusión fiscal”, que será tratada mas adelante.


Etapas del lavado de activos

    El término “dinero” ya no es solo privativo del efectivo, sino que comprende todas las formas, características e instrumentos que éste adopta. Estos activos no solo se lavan introduciendo capitales provenientes de actividades ilícitas al sistema legal sino que también a través de actividades comerciales y financieras irregulares.
    El delito consiste en hacer desaparecer los activos derivados de actividades ilegales depositando el mismo en manos de intermediarios financieros, adquiriendo títulos al portador y otras formas usuales. El patrimonio resultante pasa por una serie de transacciones que aseguren la desvinculación de los activos con su origen ilícito.
    Posteriormente se procede al blanqueo por el cual se adquiere la apariencia de licitud mediante una pertinente introducción en la economía formal o regular.
    Pérez Lamela (Ob.cit) distingue las siguientes etapas que son la Simulación, la Integración y la Legitimación.
    La simulación está presente en todos los tramos del proceso, desde su origen hasta el final, desde la manipulación de diversas actividades de ingreso y egreso de los activos, la mutación de tipos de mercados, el manejo variable de los bienes, con el objetivo de simular lo ilegal como legal.
    El lavado de activos es una forma de encubrimiento; la estructura jurídica que permite este tipo de acciones debe ser sólida, en virtud del bien jurídico que se pretende proteger ante este delito por el tipo penal.
    La simulación puede consistir en la utilización de diferentes activos de diversas naturalezas, desvinculados, pequeños depósitos fraccionando las grandes sumas en diferentes entidades, emprendimientos comerciales diversos.
    La integración es lenta, gradual y puede tener lugar tanto en grandes corporaciones como en pequeñas empresas.
    En muchos países, en virtud de su estado económico, y para favorecer las inversiones se permiten este tipo de integraciones haciendo mas laxas sus legislaciones, no indagando demasiado en el origen de los fondos.
    El dinero proveniente del delito no puede legitimarse de manera directa, por lo que se procede a legitimarlo a partir de, por ejemplo, el flujo de cajas reales de actividad normal y habitual de empresas legales, facturación apócrifa, empresas o negocios fantasmas, actividades ficticias, etc., que dificultan el accionar judicial y permiten su concreción.
    La Federación de Banca de la Comunidad Europea distingue tres etapas del lavado de activos, en el transcurso de las cuales los lavadores realizan diversas operaciones para no ser descubiertos en su accionar.
    Las etapas que este organismo reconoce son: Primera fase de colocación o “placement”, de inserción de fondos al sistema bancario; Segunda fase de estratificación cuando estos fondos ya son sometidos a diversas y complejas operaciones y Tercera fase o “integration”, en la que se lo reviste de un aspecto de legalidad incorporando esos activos a las vías normales.


Proceso

    En la fase de colocación se manipula el efectivo, depositándolo en entidades bancarias, lo que resulta el modo mas inmediato para deshacerse del mismo, en varias cuentas y en diferentes días.
    Los cajeros automáticos aumentaron considerablemente la posibilidad de evadir controles sobre la circulación masiva del dinero al contado. Con la facilidad de poder depositar las 24 horas del día, muchos lavadores ingresan dinero de esta manera evitando ser descubiertos.
    Otro modo de reciclar es ingresando el dinero en cajas de seguridad de bancos, que si bien no resuelve el problema principal de tenencia excesiva sin poder justificarla, el banco no controla el contenido, por lo que el dinero está resguardado en una caja cerrada e intacta, hasta nueva decisión del propietario, el que puede ir retirando pequeñas porciones y depositarlas o invertirlas moderadamente para que no genere sospechas.
    En cuanto a la instrumentación de Títulos Valores, su especial configuración legal favorece su adquisición por parte de los blanqueadores como medio para concretar sus fines. La seguridad con la que pueden hacerse efectivos los derechos de créditos incorporados a estos instrumentos comerciales, junto con su facilidad de transmisión, hace de ellos una herramienta apta para favorecer la posterior circulación de capitales ilegales y su reinversión.
    Los instrumentos con mayor facilidad para ser utilizados en el lavado son los librados al portador, ya que con la transmisión o entrega es posible exigir la satisfacción del crédito inherente.
    Los Títulos Valores al portador circulan de mano en mano de manera ininterrumpida sin que en ellos consten mas datos que los del obligado a pagar, convirtiendo al portador en titular de pleno derecho de la cantidad reflejada en el documento.
    Los cheques y pagarés son activos usados con frecuencia.
    Los llamados “cheques de caja”, emitidos por instituciones financieras contra sí mismos a cambio de un cierta cantidad dineraria, resultan una manera muy ventajosa y por ende utilizada por los recicladores, sobre todo en países europeos donde la legislación permite librar títulos a favor de titulares anónimos.
    En la práctica contable, tanto el efectivo como los cheques están ausentes, utilizándose las llamadas “cuentas puente”, siendo el banco el titular de las mismas por razones técnicas, y para realizar operaciones a corto plazo.
    Todo esto favorece la tarea de los blanqueadores encubriendo definitivamente los capitales de origen ilícito.
Otra forma que favorece estas maniobras es la emisión de Títulos de Deuda Públicos, como consecuencia de un alto déficit público de algunos Estados. Este fenómeno suele sumarse a la evasión y al fraude fiscal.
    En ese contexto los Gobiernos respectivos facilitan el ingreso del dinero producto de ilícitos mediante la venta de estos títulos sin demasiados requisitos, lo que resulta siendo un pacto de silencio entre el Gobierno y los lavadores.
    Este procedimiento, no obstante, resuelve momentáneamente el problema deficitario, pero promueve y agudiza el blanqueo de activos.
    La labor del Fisco en cuanto al control de riquezas sobre las cuales aplicar tributos, generó la aparición de nuevos productos financieros que con cobertura legal, ofrecen al contribuyente la protección de su patrimonio, sea éste de origen lícito o ilícito.
    Volviendo al ejemplo de Europa, puede hacerse mención a la situación de instrumentación del mercado de seguros, en la que el tomador pagaba una sola vez el importe de la prima es decir, una prima única, mientras la compañía se comprometía a devolverlo junto con los intereses en el caso que cubriera el seguro, estando exentos de practicar retenciones destinadas al Fisco. Esto garantizaba la evasión y por ende el no control por parte del Estado de los fondos, prestándose esta práctica a maniobras fraudulentas.
    Luego de la evasión y fraude como producto de las primas de seguro, se ideó la cesión temporal de créditos, como nuevo mecanismo. La operación se caracterizaba por el traspaso con acuerdo de devolución, de una participación en un crédito concedido a un tercero por una entidad financiera, así los bancos y cajas de ahorro que hubieran otorgado un préstamo a un cliente, se lo pagaban a un depositante evasor de acuerdo con el titular, quien cobraría intereses por esta cesión, que era posible a causa de falta de normas que la contemplaran.
    En ese contexto, los bancos no estaban obligados a retener impuestos sobre esta operación, resultando la misma una burla al sistema tributario.
    Otro método similar de evasión tributaria que permite el lavado de activos es el traspaso temporal de titularidad de activos financieros de alta rentabilidad adquiridos con antelación por un banco, en beneficio de un cliente del mismo.
    Quien estuviera interesado en deshacerse del dinero, lo ingresa por ventanilla y el banco lo transfiere a una cuenta interna de la que él mismo es titular, pero de manera encubierta.
    El banco entrega un recibo al depositante y cede una cierta cantidad de activos durante un período acordado que no supere su plazo de vencimiento.
    Cada período, los intereses devengados son transferidos a la otra cuenta, a partir de la cual pueden ser cobrados por el cliente en ventanilla.
    En el ámbito de las apuestas y juegos de azar, existen maniobras mas comunes de las que se cree. Por ejemplo, la adquisición de todos o la mayor parte de los billetes, entre los cuales puede estar el ganador en virtud que al aumentar los eventos aumentan las probabilidades de ganar. De este modo se blanquea dinero y se asegura mas una ganancia.
    Asimismo, puede aparentarse una estrategia similar con los juegos en el casino. Por ejemplo un apostador que compra gran cantidad de fichas y jugando o no alguna, las restituye a la caja simulando ser ganancia, recibiendo a cambio el cheque correspondiente y de este modo justificar la suma de dinero. No debe descartarse en estos casos la connivencia de los administradores de estos lugares con los blanqueadores, en un “negocio” conjunto.
    Justificar las sumas dinerarias que permitieron adquisiciones tan grandes no es mayor problema dado que puede aducirse que se trató un fondo común entre varias personas a un solo efecto.
    La liquidez que se maneja en la comercialización de bienes de primera necesidad, de fácil comercialización, permite que muchas veces se abulten los resultados de los ingresos reales, mediante el blanqueo, constituyéndose en otro mecanismo que lo facilita conocido como “transacciones masa”.
    Un ámbito apropiado para el blanqueo de activos lo es también la enorme masa de capitales que se mueve en torno al deporte profesional, fútbol, tenis, básquet, boxeo y automovilismo, entre los que mas puede advertirse este tipo de maniobras.
    Lamentablemente, muchos de estos deportes se han enrarecido por la presencia del narcotráfico en el seno de sus desarrollos.
    Muchas veces los blanqueadores, bajo la apariencia “solidaria” de préstamos dinerarios a los estratos mas humildes de la sociedad, destinados a promover microemprendimientos por ejemplo, también ingresan el activo proveniente de ilícitos al sistema legal, y esta maniobra requiere aparatos políticos detrás sustentándola.
    En la fase de conversión, los bancos e instituciones financieras son las principales transmisoras de dinero, promoviendo la circulación del mismo mediante cuentas corrientes, sedes o jurisdicciones diferentes. Cuantas mas transferencias tienen lugar, menor es la posibilidad de controlar los activos blanqueados y su procedencia, siendo favorecidas por la legislación, la tecnología y la globalización.
    Una manera de canalizar activos de un lugar a otro resulta el mecanismo de “compensación” entre dos sedes de la misma entidad bancaria.
    En países donde la legislación vigente exige la identificación de sus clientes a un banco, éstos han optado por constituír sociedades fiduciarias off shore.
    A nombre de éstas abren cuentas en la casa matriz, desde donde los fondos de ciertos clientes son transferidos de la cuenta principal a entidades satélite radicadas en el exterior, siendo el nombre de éstas últimas el único que aparece en los registros de aquéllas.
    En caso de que organismos de contralor soliciten información acerca del titular de la cuenta, el argumento es que se desconoce en tanto el vínculo se ampara en la mediación de las mencionadas sociedades interpuestas.
    Internet es una herramienta sumamente útil y ágil para permitir este tipo de maniobras dado que pueden moverse en segundos grandes volúmenes de dinero de una cuenta a otra u otras en el mundo, haciendo muy dificultoso seguir el rastro de las transacciones.
    Si bien no todas los entidades bancarias se prestan a estas actividades, existen antecedentes como la del Banco Ambrosiano de Milán de 1982, The Bank Of Credit & Comerce Internacional con sucursales en mas de 70 países a través de las cuales se procesaron entre otras, las ganancias del Cártel de Medellín, y el Herstatt Bank de Colonia.
    La evolución del crimen organizado ha buscado y sentado redes de negocios en lugares distantes entre sí, como el “Stash House” en los EE UU, el “Hawala” en los países árabes, los “Bancos Brujos” de Panamá y el “Hundi” o “Chiti” de China.
    Estas redes generalmente se conforman por familias dedicadas a las actividades ilícitas y su posterior lavado de activos.
    Los recicladores ocultan sus ganancias ilícitas con la adquisición de inmuebles, metales y piedras preciosas, obras de arte, antigüedades, que luego vuelven a vender y así van borrando el rastro del origen.
    La técnica de la facturación apócrifa suele tener mayores ventajas para prosperar en las llamadas “operaciones invisibles”. Cuando el sector terciario de la economía aumenta porcentualmente la renta nacional existen mayores facilidades para blanquear riqueza, ya que la escasa factibilidad de comprobación de las actividades declaradas, impide controlar, por ejemplo, el incumplimiento fiscal.
    En el caso del eventual reciclaje de dinero mediante ejecuciones judiciales de deudas derivadas de negocios jurídicos, serían suficientes dos partes de común acuerdo, una de las cuales solicitara la satisfacción de un crédito y la otra esperara la sentencia judicial, con todo lo que ella incluye.
    Con respecto a las entidades financieras dedicadas a prestar efectivo, puede decirse que la utilización de contratos de préstamo de dinero es una forma idónea para lavar activos, sobre todo en los casos de quienes se manejan a través de testaferros radicados en paraísos fiscales.
    Muchas veces los préstamos se utilizan como medio de devolución de la riqueza originada en ilícitos al lugar desde donde partió toda la maniobra. De esta manera, se sabe que muchas organizaciones mafiosas han pedido préstamos a bancos situados en el mismo lugar desde donde reciclaron los fondos para contar con masas limpias de dinero para introducir en el mercado inmobiliario, u otro negocio. La devolución de esos préstamos por supuesto proviene de los paraísos fiscales.
    Para justificar la necesidad del préstamo y evitar sospechas, los recicladores pueden valerse de la organización de espectáculos masivos artísticos como recitales, deportivos, etc. De este modo justifican el volumen del préstamo y su devolución con las ganancias obtenidas del evento.
    Con relación a la instrumentación de personas jurídicas, encontramos por ejemplo las llamadas “sociedades interpuestas”.
    El grado de complejidad que reviste el proceso de blanqueo, aumenta de manera directamente proporcional a la masa patrimonial a reciclar, por lo tanto la circulación de esos capitales ilícitos necesitan cada vez mas de apoyo diverso, entre ellos, personas jurídicas que no puedan levantar sospechas por el caudal de dinero que manejan, y así perfeccionar el ciclo de lavado.
    Es muy frecuente en este contexto crear sociedades fantasmas cuyo patrimonio solo es una cuenta bancaria con permanente movimiento; otras, como ya se dijo en párrafos anteriores, se crean bajo la apariencia de fines solidarios.
    La fase de Integración contempla todas aquellas maniobras por las cuales esa masa dineraria proveniente de ilícitos, que ya ha sido “lavada”, se integra a la economía formal. De esta forma se adquieren bienes de todo tipo.
    Los factores que determinan el nivel de aptitud de un determinado sector económico con miras a la reintroducción en el mismo de dinero negro son tres.
    En los casos de monopsonio por ejemplo, el único comprador de determinados bienes o servicios, puede evitar con mayor facilidad los controles de la libre competencia, es decir que tiene mayores posibilidades de planificar la ampliación de su negocio de manera independiente. La primera consecuencia sería erigirse en monopolio, facilitando la incorporación de capitales provenientes de ilícitos a la economía legal.
    Asimismo, esa incorporación de tanto dinero aumenta las posibilidades de productividad del negocio.
    Por último, esa evolución favorable del negocio generará mayor interés de los blanqueadores por un determinad mercado.
    Es decir, que el dominio de empresas donde puedan desarrollar todo este complejo accionar ilegal, es el ideal de los blanqueadores, y así sucede en la práctica en términos generales.

 

Nidia Osimani

[1] https://periodicotribuna.com.ar/Articulo.asp?Articulo=5550

 

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