En un gesto inesperado, la Sala II de la Cámara Federal porteña ordenó este jueves liberar al titular del gremio La Bancaria, Juan José Zanola, quien está detenido desde el 30 de noviembre de 2009, acusado de ser "jefe" de una asociación ilícita destinada a la comercialización de medicamentos adulterados.
Así lo resolvió el Tribunal que además adoptó la misma medida respecto al poderoso empresario Néstor Lorenzo, de la droguería "San Javier" que proveía de los medicamentos a la Bancaria; a la esposa de Zanola, Paula Aballay, ex Directora Administrativa del Policlínico Bancario; y su entonces segunda Susana Fiona.
También el Tribunal, con la firma de los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, aplicó la misma resolución respecto a Ibar Esteban Pérez Corradi, a quien días atrás la Corte Suprema de Justicia ordenó su extradición a Estados Unidos en una causa por narcotráfico en aquel país.
¿Se volvieron locos los camaristas o Zanola y los demás imputados son realmente inocentes? Ni una cosa ni la otra: Oyarbide dejó vencer el plazo de dos años para elevar a juicio oral el expediente judicial y ello obliga a la Cámara a liberar a los sospechosos.
"Las referencias efectuadas en orden al estado y actividad procesal, a la fecha, no habilitan ya la prórroga de la prisión preventiva que pesa sobre Zanola, pues si bien el artículo 1° de la ley 24.390 establece la posibilidad de extenderla más allá de los dos años, para su procedencia es requisito que la cantidad de delitos atribuidos a la evidente complejidad de las causas hayan impedido la finalización del proceso de aquel plazo", indicó la Cámara en el fallo al que accedió Noticias Argentinas.
Tras conocer el fallo, Oyarbide impuso una caución de 700 mil pesos para Zanola y Lorenzo; de 300 mil para Aballay y Fiona; y de 100 mil para Pérez Corradi. El juez Oyarbide había resuelto prorrogar por un año más la detención de Zanola, al invocar que aún estaba en trámite la investigación y que existía peligro de fuga y entorpecimiento de la causa.
Así lo sostuvo en varias ocasiones en las que le denegó tanto la excarcelación como el pedido de sus abogados para que cumpla la prisión preventiva en su domicilio. Pero por orden de la Cámara, que declaró nula las prórrogas de las prisiones preventivas, Oyarbide tuvo que volver a expedirse y fundamentar su decisión de por qué resolvió extender por un año más la detención de los dos que ya lleva detenido tal cual lo habilita la ley.
No obstante, la Cámara volvió a criticar al juez Oyarbide como lo hizo en anteriores ocasiones, al asegurar que hubo una "deficiente técnica investigativa". "No sólo porque gran parte de su desarrollo argumental apunta en dirección a la actividad procesal pasada, sino porque aún en esta última, y pese a que en múltiples oportunidades se indicaron aquellas medidas concretas que, con celeridad, correspondería realizar, la demora no surgió de la propia naturaleza de los hechos investigados sino de la deficiente técnica investigativa seguida en los actuados", añadió la Cámara.
Para la Cámara, el juez debe verificar no sólo "la concurrencia de riesgos procesales sino que también debe demostrarse por qué, en una investigación en la que la detención ha superado el plazo aludido por la citada normativa, su continuidad es inevitable para garantizar su finalidad". "Y es precisamente esta última circunstancia la que impide sustentar la decisión adoptada, en tanto no surgen de ella las razones que la habilitarían", sostuvo la Cámara. Si bien hay una "gravedad de las imputaciones que enfrenta Zanola, es preciso adoptar una decisión que compatibilice la necesidad de asegurar la sujeción futura del nombrado al proceso en vistas a una efectiva aplicación de la ley penal".
Solo resta saber si Oyarbide actuó por acción u omisión. Sea cual fuere la respuesta, queda demostrado una vez más que se trata de un funcionario que no está a la altura de las exigencias de su cargo.
José María González