Cuestionada por la utilización ilegal de la cadena nacional, la Presidente de la Nación argumentó a su favor que ella tiene la obligación de informar a la ciudadanía sobre el destino de los fondos públicos y los programas de gobierno. Se quejó, asimismo, de que los medios de comunicación no dan cabida a los logros de su gestión y reivindicó la difusión obligatoria de su labor, mediante lo que denominó una “modalidad diferente” de cadena nacional.
Así, ratificó su intención de vulnerar los límites que la ley de medios establece para el uso excepcionalísimo de esta maltratada herramienta comunicacional.
De alguna manera, este criterio ya había sido anticipado en la memorable teleconferencia celebrada entre nuestra primera magistrada y Vladimir Putin. Allí, la Presidente se refirió a la necesidad de brindar información “sin intermediarios”.
¿Tiene la Presidente la obligación de informar? Por supuesto que sí. Pero la obligación de informar, no implica que la Presidente deba difundir sólo lo que ella desea y del modo que a ella se le ocurra. Además de los noticieros del canal oficial, de los canales oficialistas y de la excluyente propaganda de Fútbol para Todos, la ciudadanía merece contar con otras opciones que paulatina y progresivamente se van cercenando.
Pareciera que los “intermediaros” no deben existir, a menos que sean del agrado presidencial.
Y pareciera que cuando sí es obligatorio informar sin intermediaros, el gobierno informa sólo si le conviene.
Respecto de esto último, cabe destacar que el Estado Nacional ha negado en reiteradas oportunidades el acceso a la información pública a diversos ciudadanos y organizaciones no gubernamentales. Quienes pudieron, iniciaron acciones judiciales con resultados satisfactorios, pero dichas sentencias fueron apeladas por el gobierno hasta llegar a la Corte Suprema. De este modo, luego de cinco o seis años de litigio, quien reclama una información que el gobierno se niega a brindar, obtiene una sentencia definitiva, que le habilita el acceso a una información que muchas veces ya no es útil, por estar desactualizada o por haber caducado los motivos que llevaron a los solicitantes a requerirla.
Es positivo que la Presidente haya reconocido, hacia el fin de su segundo mandato, que está obligada a informar. Pero debe entender que dicha obligación es la contrapartida de un derecho que le asiste al ciudadano. Un derecho que no se agota en obtener por los distintos medios de prensa la información que el gobierno desea difundir. Sino que también implica acceder a la información que los periodistas obtienen en el ejercicio de su profesión, y recibir del Estado, en forma directa, la oportuna respuesta a sus concretos requerimientos informativos.