Como lo adelantamos ayer en la Columna de Género, en relación a que el Protocolo de actuación para casos de interrupción legal del embarazo publicado el 20 de noviembre en el Boletín Oficial iba a ser revocado por Gobierno, la medida no se hizo esperar: hoy viernes 22 de noviembre, el gobierno llevó a cabo la anulación de dicho protocolo.
Dichas medidas se realizaron a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 785/ 2019 (ver al pie).
En la mencionada resolución de anulación se determina que la resolución que facilitaba la interrupción de embarazos en menores de 15 años fue anulada por "falta de intervención de los organismos con competencia en materia de niñez y adolescencia, discapacidad y mujer".
Según detallaron, el titular de la Agencia Nacional de Discapacidad manifestó no haber participado del procedimiento, al igual que el Instituto Nacional de las Mujeres y que la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
Es decir, se puntualiza y recalca "la insubordinación de Rubinstein y el no haberse atenido a las formas".
Se dejó en claro que "el Presidente es el jefe supremo de la Nación, jefe del gobierno y responsable político de la administración general del país".
Entre otras cosas y frente al papelón, escándalo, enfrentamientos de los bloques macristas y radicales y todas las suspicacias y críticas que este Protocolo de actualización de interrupción de embarazos provocó, se pudo saber que el titular de la Secretaria de Salud renunciará este mediodía a la Secretaría de Salud.
Tal determinación de renuncia fue dispuesta por el mismo Adolfo Rubinstein debido a la publicación por parte del gobierno derogando el protocolo de aborto no punible que su área había ideado
Más allá que se había determinado en la Casa de Gobierno de no pedirle la renuncia para "no victimizarlo".
Asimismo, trascendió que tal renuncia "lleva las firmas de sus superiores -el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y la ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley- e incluye fuertes críticas a su decisión de impulsar una nueva guía que garantice el derecho al aborto no punible a todas las personas gestantes del país".
Cabe recordar que el protocolo de Actualización que fuera derogado entre otros puntos salientes determinaba:
*Que las niñas y adolescente deberán siempre ser escuchadas/os y prestar su consentimiento, necesiten o no acompañamiento (asistencia), ya que la regla general según el Código Civil es su plena capacidad para consentir.
* En los casos de niñas menores de 13 años podrán brindar su consentimiento con el acompañamiento de sus progenitores o personas que ejerzan, formal o informalmente, roles de cuidado, quienes deberán firmar ratificando el consentimiento informado de la niña. En caso de desacuerdo entre la niña y los/as progenitores, el equipo de salud es quien debe valorar la situación.
* El certificado único de discapacidad no representa, de ningún modo, una restricción a la capacidad de ejercer autónomamente los derechos.
* La implementación de mecanismos administrativos y/o la realización de la interconsulta no pueden implicar demoras innecesarias en la realización de la ILE.
* La calidad de la atención y los requisitos para acceder a la práctica de ILE son los mismos en establecimientos públicos, de obras sociales y privados. También lo es la responsabilidad de los profesionales en caso de no respetar los derechos de las personas.
* La objeción de conciencia no debe traducirse en obstrucción a la práctica contemplada en la normativa legal y de la que el Estado es responsable de garantizar.
* Las demoras innecesarias, el brindar información falsa o negarse a llevar a cabo el tratamiento constituyen actos que pueden ser sancionados administrativa, civil y/o penalmente.
* Todas las prácticas e intervenciones que se realicen, ya sea de manera ambulatoria o con internación, deben registrarse tanto en la HC como en los otros sistemas de registro establecidos según la institución o jurisdicción correspondiente.
* Para la realización de una ILE nunca es exigible la denuncia policial o judicial de violación
Frente a esta situación de incoherencias, de marchas y contramarchas, de publicación de un protocolo, de la posterior anulación y revocación, que no pasaran ni 48 horas que el gobierno desautorizará lo realizado por un Secretario de una cartera de Salud, no existen explicaciones lógicas y comprensibles.
Porque que livianamente se pasan facturas y culpas. Con argumentos como el "no haber pedido permiso" o de tal índole, y se olvidan que no están solos en sus cargos, que deben observar el respeto hacia todos ciudadanos que quedan desconcertados y confundidos ante la la falta de responsabilidad y liviandad en el tema.
Se publica en el Boletín Oficial, surge el escándalo y al otro día se dice públicamente que se anula.
Lo cierto y real que se trata de un importante tema de salud pública, en este caso concreto del protocolo de actualización de interrupción de embarazo no punible, en total observación de lo establecido por el Código Penal (artículo 86) y por el actual Código Civil y Comercial (reforma de 2015).
Solo resta decir, que este Protocolo hubiera tenido un fin, un alcance (ante estos casos) y se hubiera podido lograr una misma norma o herramienta jurídica para todo el país y no perder el tiempo con recursos o planteamientos judiciales porque en el medio de todas estas controversias. Poder y egos de los funcionarios esta la vida y salud de las personas y su protección.
Las provincias cumplen el protocolo para Legalizar los abortos. Se cumple en la provincia de córdoba y siguen el código Penal. Se registran sobre todo en mayores y según estadísticas se efectúan 5 (cinco) a la semana.Porque las madres tienen varios chicos, por soledad, por razones sociales, por esto o aquello, se hacen.
Tipico del pusilanime y veleta. Empezo asi su gobierno y asi lo terminara. Cadaver Politico. Y no soy K. Y las autoridades asesinas cordobesas, mas tarde o mas temprano van a dar cuenta de sus 5 asesinatos semanales. No les quepan dudas.