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Qué dicen los 116 DNU de Alberto Fernández que tratará el Senado

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Ante la inminente renovación parlamentaria, el Frente de Todos apuró el trámite para validar los decretos de necesidad y urgencia dictados por el Presidente desde que asumió en diciembre de 2019 hasta hoy.
Ante la inminente renovación parlamentaria, el Frente de Todos apuró el trámite para validar los decretos de necesidad y urgencia dictados por el Presidente desde que asumió en diciembre de 2019 hasta hoy.

Pasaron las elecciones y en pocos días se renueva el Parlamento. Esto implica que el oficialismo ya no tendrá mayoría en el Senado y que seguirá siendo la primera minoría en la Cámara de Diputados, aunque con un poder algo menguado respecto de los últimos 2 años.

 

En ese contexto, el Frente de Todos aceleró y logró el aval para validar los 116 decretos de necesidad y urgencia dictados por el presidente Alberto Fernández desde el 10 de diciembre de 2019 hasta hoy. El jueves último, la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo les dio dictamen favorable y se espera que sean tratados esta semana en el recinto de la Cámara alta.

Pero, ¿qué es un DNU? ¿Qué validez tiene? ¿Sobre qué materias legisló el Presidente vía DNU en estos casi 2 años? Repasamos estas preguntas.

 

¿Qué es un DNU?

Un decreto de necesidad y urgencia es una norma dictada por el Poder Ejecutivo Nacional, que en la práctica tiene carácter de ley y que, de acuerdo con la Constitución nacional, sólo puede ser dictado cuando no se puede seguir el procedimiento normal para la aprobación de una ley en el Congreso.

Esto fue incorporado a la Constitución en la reforma de 1994 (aunque ya se usaba antes) y le permite a un Presidente dictar “leyes” sin la necesidad de contar con la mayoría legislativa necesaria. Está prohibido su uso en materia penal, electoral y tributaria.

 

¿Tienen los decretos algún tipo de control?

Sí. Cada vez que el Presidente emite un DNU, el Jefe de Gabinete debe enviarlo a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que debe emitir dictamen para que luego el DNU sea tratado por el pleno de las 2 cámaras, que no pueden hacerle modificaciones a su contenido sino sólo aprobarlos o rechazarlos, expidiéndose sobre su validez.

Mientras se lleva a cabo este proceso, el decreto está vigente. Sólo deja de tener vigencia si el DNU es rechazado por las 2 cámaras. Por eso, basta con la aprobación de una sóla cámara para confirmar su validez.

Como se indicó en esta nota, el Frente de Todos perderá la mayoría con la renovación legislativa el 10 de diciembre pero ahora podrá aprobar sin negociar con la oposición -es decir con sus propios senadores- los DNU ya dictaminados por la Bicameral. La ley que regula estos decretos, sancionada en 2006, ha sido blanco de críticas por diversos especialistas, como se explicó en esta nota.

“En un sentido inverso a lo que dicta la Constitución, que los establece como excepcionales, los DNUs son usados regularmente por el Presidente para legislar en todas las materias no vedadas por la Constitución”, explicó a Chequeado en esta nota el politólogo Andy Tow. Para el abogado Gustavo Arballo, autor del blog Saber Derecho, la ley que regula los DNU tiene una paradójica conclusión“Yendo ‘por derecha’ necesitás mayoría de las 2 cámaras, pero recurriendo a la vía que la Constitución imaginó ‘excepcional’, necesitás ganar sólo en una”.

 

¿Qué presidente dictó más DNU?

En la gestión del Frente de Todos se dictaron 116 DNUs en total. Esto da un promedio de casi 5 decretos por mes, y ubica a Fernández como el segundo presidente desde el retorno de la democracia que firmó mayor cantidad de DNUs, con la particularidad de haber gobernado en un contexto de pandemia en el que, además, el Congreso sesionó de manera virtual durante algunos meses.

El presidente con mayor cantidad de decretos es Eduardo Duhalde (2002-2003), que gobernó luego de la crisis de 2001, y dictó casi 9 DNUs por mes. Y quien menos usó esta herramienta fue Cristina Fernández de Kirchner, con menos de un DNU por mes en sus 2 mandatos (2007-2011 y 2011-2015)

 

¿Qué dicen los decretos de Alberto Fernández?

Casi un tercio de los DNUs (36 sobre 116) de la gestión actual obedecen a restricciones a la circulación (y sus prórrogas) y al ingreso y salida del país (y sus prórrogas) por la pandemia del coronavirus. Por lo tanto, buena parte de ellos ya no están vigentes porque tenían establecida una vigencia temporal.

Otros 29 DNUs corresponden a medidas socioeconómicas dictadas para atenuar el impacto de la pandemia. En este listado se incluyen: el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP); el congelamiento de tarifas de servicios públicos, de alquileres y de cuotas de créditos hipotecarios; la prohibición de despidos; la suspensión en caso de falta de pago del corte de servicios públicos; la suspensión del cierre de cuentas bancarias; diversas prórrogas al Régimen de Regularización de Deudas y facilidades en préstamos para PyMES.

Hay 9 que corresponden a declaraciones de emergencias, aunque casi todas obedecen a 2 temáticas: la emergencia ocupacional y la emergencia sanitaria. Ambas fueron dictadas antes de la pandemia y luego prorrogadas en varias oportunidades, o ampliadas en el caso de la sanitaria. Entre otros DNUs vinculados a la pandemia, figura el que modificó la ley de vacunas para adaptar el marco legal y permitir la llegada de nuevas dosis.

Hay 4 vinculados al presupuesto: el 457/2020, que suspendió durante ese año el límite del 5% del presupuesto que tiene el jefe de Gabinete para reasignar partidas; el 975/2020, que dispuso reasignación de partidas entre ministerios; el 489/2021, que amplió el presupuesto para atender gastos en jubilaciones, salarios y elecciones; y el 622/2021, que incluyó en el presupuesto los Derechos Especiales de Giro recibidos del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Por fuera de todo lo mencionado, quedan 35 decretos. Esto incluye varios dictados antes de la pandemia: el reperfilamiento de las Letras del Tesoro (Letes) en dólares y del Bono Dual; la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y una modificación a la Ley de Inteligencia; la prórroga indefinida de la obligación de liquidar divisas de exportaciones; la devolución al Ministerio de Justicia del Programa de Protección de Testigos; y una modificación presupuestaria vinculada a la Ley de Financiamiento Educativo.

Ya con el coronavirus en el país aparecen otros DNU: la intervención de la empresa agropecuaria Vicentín y su posterior derogación; la prórroga de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria; el pago del aguinaldo en cuotas para estatales; una modificación a los índices de actualización del ProCreAr y la declaración de la telefonía, internet y televisión como servicio público.

También figuran en el listado 3 modificaciones a la Ley de Ministerios; un aumento salarial para las fuerzas armadas y de seguridad; una modificación en los requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH); el lanzamiento de un nuevo plan de producción de gas natural; un nuevo régimen de contrataciones de la administración pública y el DNU que dio inicio al proceso de renegociación de las tarifas de luz y gas.

De los dictados en 2021, se destacan la derogación del DNU migratorio dictado en la gestión de Cambiemos; la oficialización del diferimiento de pagos al Club de París; el decreto que facilita el acceso a la jubilación a madres con hijos; y el plan de “jubilación anticipada” para quienes tengan 30 años de aportes pero no alcancen la edad necesaria.

 

2 comentarios Dejá tu comentario

  1. esa parve de DNU no son mas que la destruccion de la Republica y del sistema legislativo el cual se a transformado en la oficina de los cadetes del presidente y su principe consorte,Cuantos mas votemos listas sabanas mas semianalfabetos asumiran como legisladores,que mas que legisladores son los bufones del poder

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