Finalizó el 2007, pero con él no se
terminan los reclamos y abusos que sufren los consumidores respecto a sus
derechos, los cuales se encuentran regulados a través de la Ley de Defensa del
Consumidor, norma de la cual se habla en demasía pero que en la practica es
permanentemente violada.
Esta vez le tocó el rubro a la tarjetas de crédito que son
contratadas a través de entidades bancarias o financieras. Es que, a raíz de un
relevamiento efectuado por la asociación Prevención, Asesoramiento y Defensa
del Consumidor (PADEC), se pudo establecer que resulta casi imposible dar de
baja al servicio de algunas tarjeta de crédito. Más aún que la entidad emisora
bancaria o financiera cumpla con la finalización definitiva de dicho contrato y
la persona sea desvinculada en forma definitiva.
Se tomó como ejemplo a un consumidor que compró una heladera
en 12 cuotas a través de su tarjeta de crédito Mastercard, emitida por la
entidad Ge Money. La primera sorpresa le llegó junto a su primer resumen
de gastos: le cobraron casi $20 por ítems que no le habían sido informados a la
hora de firmar el contrato de origen. No obstante ello, continuó pagando en
forma regular las cuotas restantes; hasta que decidió —por haber cobrado el
aguinaldo en enero de 2007— saldar todas las cuotas restantes y pagar
directamente el total, motivo por el cual solicitó la baja pertinente en Ge
Money a través del único medio por el cual le habían informado podía
hacerlo: vía telefónica.
Todo transcurrió en forma normal hasta que pasados dos meses,
recibió un nuevo resumen de cuenta con un saldo de $27,90 por "comisiones y
gastos". Volvió a comunicarse con la empresa y le fue informado que la
anterior baja estaba mal hecha y no había quedado asentada en forma normal, por
lo cual debía abonar el nuevo resumen y solicitar un nuevo pedido de baja.
El damnificado pagó los gastos nuevos —obteniendo dos números de tramite a falta
de uno— y, presintiendo que algo "estaba mal" llamó a fines de ese mes para
interiorizarse de su situación. Insólitamente, vuelven a informarle que no
existe reclamo alguno, por lo tanto la desvinculación sigue sin estar asentada.
Al volverse a repetir la misma situación, solicita ir en
forma personal a las oficinas de Ge Money, pero le avisan que "todos
estos tramites se realizan vía telefónica".
Pasó el tiempo —dos meses— y un nuevo resumen le llegó a su
domicilio afirmando que registraba una deuda de $107,28. Al comunicarse con
Ge Money, fue derivado al sector de cobranzas, donde la operadora le
prometió solucionar los inconvenientes. Sin embargo esta situación no se
solucionó y comenzó a recibir llamados de un estudio jurídico, donde le
dijeron que sino pagaba esa suma le iniciarían una acción legal,
concretamente un juicio ejecutivo con las consecuencias legales que este proceso
acarreara.
Es preocupante que estos mecanismos de dilación sean moneda
común y frecuente, que no existan registros de los usuarios y que se impida una
real constatación de solicitudes por parte de los damnificados, los cuales ven
burlados sus derechos más esenciales.
Si bien es cierto que se encuentran pendientes las
modificaciones normativas que especifican la obligatoriedad de la atención
personalizada —hoy en muchos casos puede hacerse sólo vía telefónica o por
e-mail— "las grandes empresas no dejan de recibir notas de queja y cartas
documentos en sus mesas de entrada", afirma Padec.
Cabe destacar que las notas de los usuarios llegan después de
sortear muchos obstáculos y superar ciertas barreras que estas empresas —como en
el caso de Ge Money— arman aceitadamente, entrenando empleados para
utilizar polémicos "recursos de persuasión".
Desde Padec se recomienda realizar todos los tramites
de reclamos y solicitudes por escrito, y en caso de solicitar la baja invitan a
los usuarios a ingresar en al pagina de Internet de ellos (www.padec.org.ar)
y bajar los formularios que se encuentran habilitados para tales efectos.
Mas allá de todo lo expresado por Padec, corresponde
afirmar que el usuario debe defender sus derechos y llegar hasta las últimas
consecuencias toda vez que existen mecanismos legales que pueden ser utilizados,
poniendo en descubierto el accionar de estas empresas que sólo captan clientes
en forma compulsiva sin importarles los verdaderos derechos del consumidor.
Graciela Catalán Álvarez