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Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires: la inscripción de oficio

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TEMAS DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA
TEMAS DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA

La Resolución 59/11 de ARBA establece la “Inscripción de Oficio”, la cual alcanza a quienes estén desarrollando actividades económicas en la provincia de Buenos Aires y no se hayan inscripto voluntariamente como contribuyentes locales o en la modalidad de convenio multilateral.

 

Se trata de un nuevo procedimiento de alta en materia tributaria, aplicable toda vez que la Administración de referencia, compruebe la existencia de personas físicas o jurídicas cuya sede de sus respectivos negocios se encuentre radicada en la mencionada jurisdicción.

Las causales previstas para el reconocimiento del hecho imponible son: la información que surja conforme a los procedimientos de obtención de la misma dispuestos por la mencionada Agencia de Recaudación; cuando ésta surja del intercambio de datos entre Administraciones Tributarias; la proveniente de la verificación y el control regular llevado adelante por ARBA; cuando surja de lo informado por agentes de recaudación de manera fehaciente respecto al último año en concepto de retenciones y percepciones; o cuando dicha información sea producida por cualquier otra fuente basada en hechos comprobables y reales.

Entre los puntos mas relevantes que permiten fijar la fecha de inicio de las actividades, se consideran: la habilitación municipal; la fecha de la primera compra a un proveedor que efectúe percepciones; la verificación de compra, alquiler o usufructo de un local comercial; la primera fecha aportada como dato por otras administraciones tributarias o cualquier ente estatal; la primera fecha constatada en la que el sujeto obligado haya sufrido retenciones; o la fecha de las declaraciones juradas presentadas ante cualquier agente de información tomado como válido por el ente recaudador.

En caso de que el supuesto contribuyente haya sido inscripto de oficio de manera errónea, deberá ser él mismo quien aporte las pruebas correspondientes en contrario.

Se suma esta normativa al bagaje de políticas fiscales tendientes a incrementar los controles de los entes recaudadores, al efecto de garantizar una mayor provisión de recursos, llevada adelante con mucho mas impulso en los últimos ocho años.

 

Nidia Osimani
Twitter: @nidiaosimani

 
 

11 comentarios Dejá tu comentario

  1. Y POR CASA COMO ANDAMOS KARINA RABOLLINI PAGO O CANCELO EL CREDITO HIPOTECARIO QUE OBTUVO EN LA ERA MENEM CON EL PROVINCIA, NOS TOMAN POR BOLUDOS, GEORGE ORWELL REBELION EN LA GRANJA

  2. el impuesto a ing, brutos solo aplicable a bs, as, pcia, deberia ser declarado inconstitucional, pero claro a los politicos como los kkk todas ls cajas le quedan chicas,,,siendo q el gobernador, gasta fortuna en recitales pedorros, y les paga fortuna a indio solari, pimpinea soledad fito,,,etc,,,igual q el futbol para todos y ahora el automovilismo,,,,nuestra plata va para los sectores q necesitan diversion y se rascan el higo, todo el dia,,,patetico

  3. PARA CARLOS EL CREDITO QUE TOMO KARINA RABOLLINI NO ERA HIPOTECARIO SINO A SOLA FIRMA ADEMAS CUANDO SE CREO EL FIDEICOMISO DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DICHO CREDITO ENCABEZABA LA DEUDA CON DICHO FIDEICOMISO ERAN ALREDEDOR DE 2.000.000 DE DOLARES SI MAL NO RECUERDO LA CIFRA A UN VECINO MIO DE CAMPO LO VOLVIERON LOCO DESDE EL FIDEICOMISO HASTA QUE LO CANCELO SEGURAMENTE A ESTA MUJER JAMAS LA LLAMARON Y SI LO CANCELO O NO LO CANCELO ES TOP SECRET QUIZAS LO ESTEMOS PAGANDO NOSOTROS CON NUESTROS IMPUESTOS.

  4. Adri de Mardel: podes perdir reduccion de alicuota si cumplis con ciertos requisitos que figuran en pagina de ARBA, con eso las retenciones bajan. Requisitos minimos: dureante los ultimos 3 peridos seguidos, tener saldo a favor, y ademas hay una formula que relaciona lo q te retuvieron con lo que tenes que pagar, los promedia en los ultimos 3 meses, y depende del valor podes pedir el cambio de alicuota.

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