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El Indec del delito… sensaciones y negaciones

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UNA CUESTIÓN DE EUFEMISMOS
UNA CUESTIÓN DE EUFEMISMOS

Un veterano operador de “la rosca”, ya retirado, supo decirme alguna vez “en política, una mentira, suele esconderse entre dos verdades…” Tenía razón.

 

Hace algunos días, ciertos funcionarios bonaerenses festejaban  mediáticamente el “descenso” de los índices delictivos, según las cifras de las estadísticas difundidas por la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia.

 “Es el fruto de la emergencia policial dispuesta por el Gobernador”, expresaban eufóricos.

También destacaban la más absoluta objetividad en los guarismos publicados, ya que los mismos no pertenecían al Poder Ejecutivo, sino a la más alta autoridad del Ministerio Público de la Provincia.

El ejemplo más destacado era la baja en la tasa de homicidios y en los homicidios en ocasión de robo.

La emergencia policial, las normas sobre desarme, las modificaciones a las reglas excarcelatorias, etc. , eran los principales argumentos para explicar el “fenómeno”.

Sin embargo, este asombroso “tobogán descendente” no fue debidamente explicado por los exultantes funcionarios.

Poco o nada se dijo sobre el SIMP (Sistema Informático del Ministerio Público), herramienta de gestión en la que se registran  las causas que ingresan a la totalidad de las Fiscalías de la Provincia, ni sobre las “categorías” con las que la Policía caratula los sumarios, es decir, la documentación que da inicio a una IPP (Investigación Penal Preparatoria).

Es del SIMP donde se toman los datos que construirán las estadísticas, que ahora el Gobierno hace públicas.

 

¿Cómo funciona el SIMP?

En pocas palabras, puede resumirse el mecanismo de registración de la siguiente manera: La Policía de la Provincia de Buenos Aires, en tanto auxiliar de la Administración de Justicia y del Ministerio Público, debe actuar de oficio ante la presunta comisión de delitos de acción pública, comunicar a las autoridades judiciales y registrar toda su actuación en un legajo escrito, sumario, o IPP, según la nueva denominación.

El funcionario preventor, es decir el Comisario de Sección o el Director de la DDI (Dirección Departamental de Investigaciones), suscribe dichas actuaciones y realiza una primera y provisoria calificación legal, sin perjuicio del análisis y eventual re-calificación que realicen a posteriori las autoridades judiciales.

Aquí aparece el quid de la cuestión.

Como en tantas otras cuestiones de la vida diaria, el uso del lenguaje resulta fundamental, a la hora de establecer códigos comunicacionales.

La Policía, desde tiempos inmemoriales, es complicada para comunicarse con el resto de los mortales. En su seno no se habla de hombres o mujeres, sino de masculinos o femeninos. No se dice perro, sino can.  Los carros no son tirados por caballos, sino por equinos. No se contesta si o no, sino afirmativo o negativo… Y así.

Los encargados de redactar las actuaciones prevencionales, en el marco de una muerte violenta sospechosa de criminalidad, raras veces la calificarán como “homicidio”, sino como “averiguación causales de muerte”, sea la investigación respecto de una persona encontrada sin vida en la vía pública, con seis disparos en el cráneo,  o sea la de una anciana que murió de un paro cardio-respiratorio no traumático, en su cama, pero que, al no tener médico de cabecera, la actuación judicial (autopsia incluída), se torna obligatoria.

Como se advierte, el “descenso” en las tasas de homicidios se inicia con la firma y rótulo de las mismas actuaciones sumariales, que serán registradas por el empleado de la Mesa de Entradas de la Fiscalía General correspondiente y cargadas en el Sistema Informático del Ministerio Público, que luego proporcionará datos fidedignos, pero que, sin la debida explicación, llevan a confusión.

Nadie miente. Todos cumplen con su labor. Pero es una verdad a medias.

Otro de los formulismos policiales favoritos es el rótulo “averiguación de ilícito”, que es lo mismo que decir “causa penal” o “Investigación Penal Preparatoria”. Es decir, una tautologìa, ya que los  jueces y fiscales penales nos dedicamos -justamente-  a “averiguar conductas delictivas”…

El trabajo de registración que toma en cuenta el casillero “averiguación de ilícito” y el casillero “averiguación causales de muerte”, cambian sustancialmente la realidad criminal cuando ésta se transforma en estadística…

Menos “homicidios”.

Màs eufemismos.

Menos claridad.

En definitiva, es una nueva forma de negación… Una nueva sensación. 

 

Marcelo  Carlos  Romero
Fiscal del Ministerio Público
Especial para Tribuna de Periodistas

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. Tema para seguir analizando, porque es mucho mas importante de lo que aparenta. Dicen que un accidente, es el producto de una cadena de pequeños errores no advertidos oportunamente. Las falsas estadisticas dan validez a falsas verdades. Y sabemos por experiencias, a donde nos conducen las falsas verdades, que en realidad son mentiras aceptadas. Me parece de suma importancia, una frase que ud. desliza en el articulo: "Como en tantas otras cuestiones de la vida diaria, el uso del lenguaje resulta fundamental, a la hora de establecer códigos comunicacionales." Como ponernos de acuerdo, o al menos como llegar a una conclusion comun si hablamos distinto, o manejamos cifras equivocadas. Imaginemos un termometro que en vez de marcar los grados de temperatura nos diga: "poca fiebre" o "fiebre mas o menos", que interpretacion dara el lector del mismo ? Seguramente dependera de quien lo lea. Y si hablamos de cifras, eso no es aceptable. Las estadisticas son el termometro social que debe ser uniformemente interpretada. Interesante el articulo.

  2. Excelente la explicación, uno de esos artículos que aporta conocimiento. Gracias! Solo una duda me quedó, cómo era el sistema antes que sí se registraba como homicidio?

  3. Erre, si te hunden un cuchillo en el pecho hasta donde dice Jhonson o Solingen, es asesinato. Si te levantan con un auto cruzando la calle, y te hacen cabecear la Luna, es homicidio. En ninguno de los dos casos, es paro cardio respiratorio, aunque de hecho en ambos casos el bobo dice basta. Ok Saludos. PD: Los dos ejemplos extremos, suelen tener agravantes o justificaciones legales que reducen la pena, pero de paro cardiaco para la estadistica, nones.

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