El fiscal ante la Cámara en lo Penal Económico Gabriel Pérez Barberá pidió que la Justicia pueda utilizar información que surge del blanqueo de más 1.400 millones de pesos ante la AFIP que hizo el empresario Juan José Levy, quien es investigado por presunto lavado de dinero a raíz de millonarios negocios que hizo con Venezuela durante el kirchnerismo.
Levy es un empresario de Laboratorios ESME y otras empresas y tuvo un crecimiento patrimonial desmesurado cuando el Ministerio de Planificación Federal encabezó lo que se conoció como la "diplomacia paralela" con Venezuela, y aquel supo ser uno de los más beneficiados gracias a sus vínculos con José María Olazagasti, entonces secretario privado del ministro Julio De Vido.
La causa contra Levy es porque hay sospechas de que sobrefacturaba sus productos a Venezuela, que no sólo eran cremas o cosméticos producidos por ESME sino también artefactos, y que hubo funcionarios argentinos y venezolanos que cobraron soborno para permitirlo.
El fiscal en lo penal económico Pablo Turano utilizó en las últimas semanas información que surge del último blanqueo fiscal promocionado por la AFIP y en la cual Levy lo hizo con una suma que alcanza los 1400 millones de pesos.
Pero eso fue objetado por las defensas ante la Cámara en lo Penal Económico aduciendo que esa información es secreta y que no puede ser utilizada en el marco de una causa judicial.
En ese sentido, los abogados de Levy advirtieron que la ley 27.260 de sinceramiento fiscal prevé justamente eso.
"Está claro entonces que, por imperio legal, la confesión inherente al sinceramiento fiscal deberá ser tratada de manera reservada y no podrá transformarse en prueba para una acusación penal por evasión tributaria, ilícitos cambiarios o infracciones aduaneras. Este es el tratamiento de excepción que, desde el punto de vista penal, el legislador ha consagrado para incentivar a los evasores a regularizar su situación ante el fisco", sostuvo en un escrito el fiscal Pérez Barberá al sostener la posibilidad de usar esa información como prueba.
La Sala B ahora tiene que resolver, luego de recibir la postura del fiscal de Cámara así como las objeciones planteadas por las defensas.
En su planteo, Perez Barberá recordó que "con respecto a la información comunicada en el contexto de aquel régimen excepcional de exteriorización de activos no declarados, que revele la comisión de delitos distintos a los previstos en la ley penal tributaria y en la ley penal cambiaria o contribuya a acreditarla, ninguna disposición de norma autoriza a concluir, como parece pretender la defensa, que dicha información no pueda ser utilizada como prueba en el proceso penal".
"Frente al caso de un delito no alcanzado por la amnistía, esa protección reforzada cae y subsiste únicamente la del secreto fiscal que, de acuerdo con las dos manifestaciones que ya hemos descripto, impide la divulgación de la información a terceros distintos a los magistrados, funcionarios y empleados judiciales y dependientes de la AFIP y su utilización como prueba, con la excepción de los casos en los que esté directamente relacionada con un proceso criminal seguido en relación con un delito común", sostuvo.
Y agregó que "nadie puede dejar de ver, entonces, que la amnistía establecida en la ley 27.260 en nada alcanza a esa imputación, y que el secreto legalmente consagrado respecto de toda información fiscal cae frente a ella, como en toda causa penal".
Como les duele a los chiconautas ver a su Guru caer.
¡Y eso que todavía deben analizar TODOS LOS NEGOCIOS DE ENARSA CON PDVSA, incluidos unos yacimientos en SOCIEDAD que ambas empresas tenían en la franja de Ayacucho en la cuenca del Orinoco! Enarsa tenía un 40% de esos pozos, ¿Qué pasó con ellos? ¿Quién cobró o cobra el resultado de esa explotaciòn? https://www.perfil.com/noticias/economia/enarsa-festeja-pero-no-sabe-cuanto-le-toca-20080209-0023.phtml ¿Porqué nadie habla de estos yacimientos, que supieron figurar en la pagina oficial de Enarsa, pero luego desapareciò?