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Grave: el kirchnerismo y la oposición eliminaron por ley controles anticorrupción

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La consagración de la corrupción por ley
La consagración de la corrupción por ley

Uno no tiene tiempo para el asombro. Máxime cuando se trata de la sanción de leyes que involucran también la voluntad de la oposición, porque uno se pregunta si realmente leen lo que aprueban. Es sabido que en el kirchnerismo rige una estructura militar que prohíbe el pensamiento alternativo por lo que resulta lógico que sus representantes voten a mano alzada lo que les viene ordenado desde la jefatura del Instituto Patria.

 

Pero que los legisladores de la oposición le habiliten cualquier cosa a un gobierno que viene precedido por antecedentes nefastos en materia de corrupción política es serio.

Al comienzo de su gestión el presidente Fernández envió, dentro del paquete de emergencia que es consabido en todo gobierno peronista, el proyecto de ley 27.544 solicitando una autorización genérica para negociar la deuda con el conjunto de acreedores.

Ese proyecto (denominado con el pomposo nombre de “Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Emitida Bajo Ley Extranjera”), luego aprobado casi por unanimidad, permite al Presidente y al Ministro de Economía emitir títulos, y contratar agentes coordinadores, agentes colocadores o administradores, asesores, agentes fiduciarios, y realizar pagos consiguientes (art.4).

Pero lo más inquietante de todo es que la ley eliminó, en un renglón, los controles preventivos anticorrupción para los contratos que se celebren: se eliminaron las sanciones para los funcionarios públicos que:

-Pidan o reciban dádivas,

-Ejerzan influencia indebida por su cargo, o

-Generen perjuicios al estado, sea por culpa o dolo

En efecto, la última oración del art.4 dispone: “Los contratos que se suscriban en los términos de la presente ley, no estarán alcanzados por las disposiciones del decreto 1023/01, sus modificatorios y complementarios”.

El decreto 1023, del 13 de agosto del 2001, que resulta excluido por la ley, dispuso un sistema de prevención de actos de corrupción en los contratos y negociaciones de la Administración Pública (el decreto fue dictado en virtud de la ley del Congreso 25414 que reguló el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional).

El decreto, sancionado hace casi 20 años y que ahora la ley declara inaplicable, establece la transparencia de los procedimientos (inc.c), la publicidad y difusión de las actuaciones (inc.d) y la igualdad de tratamiento (inc.f).

El artículo 9 del decreto dispone: “La contratación pública se desarrollará en todas sus etapas en un contexto de transparencia…y facilitará el acceso de la sociedad a la información…lo cual posibilitará el control social sobre las contrataciones públicas”.

Resulta completamente sintomática la exclusión del artículo titulado “ANTICORRUPCION” que sostiene que se rechazará el contrato donde se haya ofrecido “dinero o cualquier dádiva a fin de que… a) Funcionarios o empleados públicos … hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones, b) hagan valer la influencia de su cargo… c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público … a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones…”(art.10 del decreto).

El art.14 del sistema anticorrupción, que también se excluye de esta negociación, dispone la responsabilidad de los funcionarios por los daños que su conducta causen al Estado sea por dolo o culpa. Estas son algunas de las normas excluidas preventivas de la corrupción, para no hacer más largo este comentario.

Pero hay algo aún peor que puede resultar de la aplicación de esta ley. Si bien la ley no excluye al Código Penal, como se trata de una ley del Congreso, una persona que fuera imputada por alguna de las conductas mencionadas (dádivas, influencia indebida, daño por dolo) podría argüir que la ley 27544 es una ley penal más benigna y, como ley que es, modificatoria de las leyes penales, incluido el Código Penal (que será muy “código” pero no es más que una ley de igual jerarquía a la que comentamos) pero que es de fecha anterior y por lo tanto sujeta al principio de la ley penal más benigna.

Cuando la negociación respecto de la cual la ley le da vía libre al Ejecutivo equivale a una deuda de U$S 100.000 millones el tema es muy delicado.

Y una vez más el tema nos remite a la pregunta sobre los legisladores de la oposición que votaron favorablemente. ¿No leyeron el proyecto?, ¿Era muy pesado ir a buscar el vínculo de la ley con el decreto 1023 del 2001 para ver que decía? Cuando se encontraron con esa derogación genérica de un decreto, ¿no tuvieron la curiosidad profesional para ir a ver lo que estaban derogando?

¡Y sobre el oficialismo qué decir! No hay dudas que se trata de un movimiento que se instala en la administración para robar y para que sus funcionarios utilicen medios corruptos para enriquecerse. Aquí hasta tomaron la precaución de dejarlo autorizado por ley del Congreso. Ahora podrán ser ladrones legales. Ningún funcionario que participe en la negociación de la deuda y se lleve una millonaria tajada de ello, podrá ser perseguido judicialmente porque las normas que establecían los castigos y conformaban los tipos penales, fueron derogadas. ¡Viva el afano legal!

 
 

7 comentarios Dejá tu comentario

  1. Sargento: Son todos delincuentes, pero no son todos iguales. Algunos tienen superpoderes siempre, otros no. Algunos asesinan, otros no. Y puedo seguir todo el dia.

  2. Esos que no asesinan directamente, lo hacen por OMISIÓN, que en definitiva, es lo mismo, de una forma u otra, SON ASESINOS, TERRORISTAS, AUNQUE LO SEAN INTELECTUALMENTE O MATERIALMENTE, el Código Penal, castiga por igual al ejecutor material, como el intelectual, lástima grande que no lo aplicamos como deberíamos o mejor, los jueces; nosotros miramos sin considerar que somos los que tenemos TODO EL PODER PARA CAMBIAR. Como dijo el autor de la nota "Así somos y así nos va"

  3. En córdoba 20 años Gobernando el mismo partido político y ni conocemos una denuncia. Oficina anticorrupción, eso que es.

  4. El origen del mal se remonta historicamente al comienzo de nuestra existencia como un territorio colonizado con aspiraciones independentistas que se llevo a cabo entre gallos y medianoches con intereses en pugna y que se prolongarian hasta la batalla de Pavon y la institucionalizacion definitiva al menos en las formas. Pero siempre se naturalizo la falta de respeto a las normas y las maniobras para el atajo y la defensa de intereses corporativos estuvo siempre a la orden del dia. Simplificando el comentario se podria decir una vez mas, que la dirigencia politica, empresarial, sindical, profesional, etc etc los generamos nosotros como sociedad civil, son el resultado de lo que somos aunque genere desagrado y fastidio reconocerlo. Por alguna razon original, no logramos que lleguen los mejores en sentido etico, a los lugares de representacion. Alguien que conozco bien, hace un comentario mas extenso en este mismo ejemplar haciendo foco en esto ultimo. Como en la pelicula de Ingmar Bergman El Huevo de la Serpiente, no logramos en 200 años neutralizar el origen del mal.

  5. “Los argentinos hemos sido ociosos por derecho y holgazanes legalmente. Se nos alentó a consumir sin producir. Nuestras ciudades capitales son escuelas de vagancia, de quienes se desparraman por el resto del territorio después de haberse educado entre las fiestas, la jarana y la disipación. Nuestro pueblo no carece de alimentos sino de educación y por eso tenemos pauperismo mental. En realidad nuestro pueblo argentino se muere de hambre de instrucción, de sed de saber, de pobreza de conocimientos prácticos y de ignorancia en el arte de hacer bien las cosas. Sobre todo se muere de pereza, es decir de abundancia. Quieren pan sin trabajo, viven del maná del Estado y eso les mantiene desnudos, ignorantes y esclavos de su propia condición. El origen de la riqueza son el trabajo y el capital… ¿Qué duda cabe de que la ociosidad es el manantial de la miseria? La ociosidad es el gran enemigo del pueblo en las provincias argentinas. Es preciso marcarla de infamia: Ella engendra la miseria y el atraso mental de las cuales surgen los tiranos y la guerra civil que serían imposibles en medio del progreso y la mejora del pueblo.” Juan Bautista Alberdi “Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina” Marzo de *1855* ERROR LEER 2020 DEBEMOS LEER MAS A ALBERDI.

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