Un grupo de legisladores K modificó el Código Procesal Penal con una resolución de la comisión bicameral revisora de esas normas para permitir que las condenas de la Justicia puedan ser revisadas aun cuando sean consideradas “firmes” por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La resolución K de la Comisión de reforma del Código Penal se activó en sintonía con el reclamo del sector más ultracristinista del oficialismo que reclama una “solución política” para lo que esa dirigencia considera el “problema de los presos políticos” .
La resolución de la polémica modificó seis artículos del Código Procesal Penal para que “únicamente a favor del condenado” se amplíen las instancias jurídicas hasta que los culpables en delitos federales deban ir a prisión.
En resumen, y conceptualizando en general a las nuevas normas, los condenados en causas de corrupción, narcotráfico, lavado de dinero u otros delitos complejos tendrán ahora la posibilidad de evitar la cárcel llevando sus quejas a tribunales federales de última instancia por considerar que los juicios en su contra se desarrollaron de modo irregular. Incluso, la Corte Suprema de Justicia podría no ser la última instancia de revisión de una condena si el caso es aceptado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), rebajando así el poder definitorio de penas de prisión que hasta ahora tenía el máximo tribunal del país.
Si con las normas del Código Procesal Penal que se cumplían hasta ahora las causas de delitos de corrupción tenían una resolución promedio de 14 años hasta que pudiera volverse efectiva una condena, las modificaciones realizadas por una mayoría K legislativa podrían alargar aún más esos tiempos. Así lo confirmaron a TN distintos especialistas e incluso fuentes que integran la llamada Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal Penal.
Tiempo de preguntas
¿Existe ahora, en el sentido figurado y probablemente fáctico, una República de la Impunidad? ¿Cuánto tiempo demorará la Justicia para determinar que una condena quede firme con las nuevas instancias judiciales y las obvias argucias técnicas que podrán imponer los abogados más sagaces y mejor cotizados del país? ¿Por qué la Comisión revisora del Código Procesal Penal emitió esta resolución en este momento y solo modificó normas sobre las condenas firmes?
Las causas penales federales más resonantes que entraron en debate público son las de las condenas al exvice Amado Boudou, las del caso conocido como Tragedia de Once, o las que llevaron a la cárcel a la dirigente K Milagro Sala. A futuro, son varios enjuiciados “celebres” los posibles beneficiados con esta resolución. Entre otros, el socio en los papeles de la familia Kirchner, el exconstructor Lázaro Báez, enjuiciado en el expediente de “La Ruta del Dinero K”, a punto de escuchar la sentencia del tribunal oral que debe determinar si es culpable o inocente de cometer el delito de lavado de dinero.
Y la propia vicepresidente en funciones, Cristina Fernández, que enfrenta en la actualidad un juicio oral y público por posibles delitos en beneficio de Báez con contratos multimillonarios de obra pública en Santa Cruz. Ella y su familia están a la espera también del inicio de otros juicios orales por corrupción, como el llamado “caso Hotesur”, o “Los Sauces”. También, la vice y muchos otros exfuncionarios y empresarios favorecidos por su gestión deben afrontar el juicio oral de buena parte de la megacausa “Cuadernos de las Coimas”.
Al permitir que “únicamente a favor del condenado” se pueda recurrir una sentencia ante diferentes nuevas instancias y por diversos motivos, una condena en todos esos juicios es un infortunio potencial mucho menos severo de lo que podía ser hasta ahora.
La resolución que modificó un aspecto crucial del Código Procesal Penal no tuvo apoyo unánime en la Comisión Bicameral que revisa esas normas. Como se dijo, solo fue apoyada y firmada por legisladores K. Entre quienes se opusieron a las nuevas modificaciones, se encuentra la senadora nacional por Neuquén, Lucila Crexell, que explicó en una nota que lo resuelto es una imposición súbita y quizás contradictoria con el objetivo de mejorar el funcionamiento judicial.
“Nuevamente se pretende avanzar en la implementación de normas jurídicas aisladas, de forma intempestiva y sin el debido y exhaustivo análisis previo sobre las consecuencias y posibles contradicciones normativas que podría dar lugar esta implementación. Además, sin sondeo ni consulta previa a algunos a los operadores del sistema de administración de justicia y sin que haya existido en el seno de esta Comisión un espacio de debate suficiente para agotar la evaluación y análisis de las posibles consecuencias e incidencias normativas posibles”, dejó asentado Crexell.
Sin debate entre los actores judiciales, sin información pública al respecto, se acaba de modificar nada más ni nada menos que el modo en el que la Justicia impone condenas firmes a los delitos más complejos, entre ellos los de corrupción. No son cualidades de un procedimiento de esta envergadura que busquen objetivos vinculados con la transparencia.
ES LO QUE VOTÓ LA PRIMERA MINORÍA Y LA OTRA QUE SERÍA LA SUPUESTA MAYORÍA QUE NO LOS VOTÓ, APLAUDE A RABIAR TODO LO QUE HACEN. SIGAN DE BOZAL.
Los pasos que ha dado el kirchnerismo en ese sentido son inequívocos; muestran a las claras las intenciones de esta secta de delincuentes y fanáticos surgidos de las cloacas morales de la sociedad. No les interesa la justicia ni la vigencia de la democracia liberal constitucional. Quieren regir sobre un Estado empobrecido y anómico, donde puedan controlar vidas y destinos mientras saquean, se enriquecen y mandan.
AUN PODEMOS TOMAR LAS ARMAS, EL PUEBLO TENDRA LOS GUEVOS DE SACAR LA LACRA DEL GOBIERNO-