La pandemia de coronavirus generó una parálisis total entre marzo y abril, pero con la puesta en funcionamiento del sistema de sesiones remotas la reactivación fue intensa y el balance fue a todas luces positivo, en cantidad y calidad.
Las más salientes fueron la ley de sostenibilidad de la deuda pública, la moratoria ampliada, la Ley de Economía del Conocimiento, el Presupuesto, la quita de recursos a la Ciudad, la movilidad jubilatoria y, la frutilla del postre, el aborto legal, seguro y gratuito.
Pero un capítulo aparte merece el paquete de leyes ligado a dar respuesta específica a las dificultades y desafíos que instaló la pandemia.
De esas necesidades surgieron la "ley Silvio" de protección a los trabajadores de la salud, la ley de teletrabajo, la normativa que regula la compra de vacunas contra el Covid-19, la ley de recetas digitales, el régimen de donación de plasma, la ley de educación a distancia y la de "salvataje" a la actividad turística que dio marco al ambicioso plan de venta "pre viaje".
El 21 de mayo pasado el Senado convirtió en ley por unanimidad el proyecto denominado "Ley Silvio" que apunta a que el personal médico, de enfermería, limpieza, y de todos los rubros que se desempeñan en establecimientos de salud tengan los materiales de prevención para evitar los contagios en sus ámbitos de trabajo.
Según confesó el propio Gobierno, la ley que regula la fabricación y adquisición de compras de vacunas contra el Covid-19 nació de una exigencia del laboratorio multinacional Pfizer que pidió cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros y la renuncia del Estado a oponer la defensa de inmunidad soberana.
También el Gobierno cedió al incluir en la ley cláusulas de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones relacionadas a las vacunas elaboradas por laboratorios extranjeros, y acuerdos de confidencialidad en los contratos.
La forzada masificación del trabajo remoto por la necesidad de readecuar las tareas laborales a las nuevas condiciones que impuso la cuarentena llevó al Congreso a apurar un debate que venía aletargado y que debía haberse regulado mucho antes, producto de las transformaciones en el mundo del trabajo, aceleradas frenéticamente por la pandemia.
El tema ya venía siendo abordado hace una década pero por distintas circunstancias la discusión quedó extraviada: la pandemia reflotó el interés por regular las prácticas de teletrabajo, y luego de meses de trabajo, y reuniones con funcionarios del primer nivel del Gobierno que dieron el visto bueno, la iniciativa quedó aprobada en ambas cámaras a mediados del año.
Debió enfrentar un fuerte lobby de cámaras empresariales que acudieron a las audiencias del Congreso para trabar el tratamiento, pero fue insuficiente. Sin embargo, luego de la aprobación, continuaron los obstáculos y la prueba es que la ley recién fue reglamentada el pasado 21 de enero.
Entre otros aspectos, la normativa propuesta señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria, no puede ser impuesta por el empleador y por lo tanto es reversible.
Además, consagra el "derecho a la desconexión digital" del empleado remoto cuando se encuentre fuera de su jornada laboral o durante los períodos de licencias, al tiempo que el empleador tiene prohibido "remitirle comunicaciones por ningún medio" en esos períodos.
La remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial.
En tanto, la norma establece que el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias.
El proyecto también señala que el trabajador a distancia tiene derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad.
El 27 de julio de 2020 el Senado convirtió en ley el proyecto dispone la creación de una campaña nacional para la promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo, proveniente de pacientes recuperados de la coronavirus de todo el país. Además, establece una licencia especial de dos días a los recuperados de Covid-19 que donen plasma cuando sean trabajadores en relación de dependencia y un reconocimiento especial a su contribución en la lucha contra la pandemia.
Ese día quedó a su vez sancionada definitivamente la ley de receta electrónica como alternativa a la prescripción con puño y letra, así como la regulación de la llamada "teleasistencia" de salud a través de plataformas digitales, siendo el Estado el garante de las de la protección de los datos de los pacientes en estas consultas virtuales.
Tanto en el caso de las prescripciones digitales como de la teleasistencia, el campo de aplicación de la normativa no se limita a la medicina sino que abarca a todas las llamadas "artes del curar" que incluye, por ejemplo, a la psicología y la odontología.
La ley de educación a distancia surgió a partir de la decisión de suspender las clases presenciales y reacomodar el sistema pedagógico a través de la modalidad virtual. Con esta norma, el Estado pasa a hacerse responsable de la provisión de recursos tecnológicos y conectividad.
El texto modifica el artículo 109 de la Ley 26.206 de Educación Nacional incorporando la “excepcionalidad a distancia” para todos los niveles obligatorios. Dicha excepcionalidad deberá ser declarada por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, o con la jurisdicción según corresponda, cuando la escolaridad presencial sea inviable, y en caso de epidemias, pandemias, catástrofes u otras razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.
La ley de reactivación y asistencia a de la actividad turística, el sector que quedó más vapuleado por la cuarentena, fue un verdadero tubo de oxígeno que le permitió al turismo local recuperar el aliento, y encarar la temporada turística veraniega con mayor optimismo.
El salvavidas legal comprendió la prórroga del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) hasta el 31 de diciembre del año pasado para todas las actividades paralizadas o que demostraran una facturación menor al 30% de la que tenían previamente a la pandemia.
El menú de herramientas de la normativa comprendió además la reducción del 95% del pago de contribuciones patronales de empresas del rubro, y medidas impositivas y fiscales. Por caso, la suspensión de medidas cautelares que ANSES y AFIP mantengan sobre contribuyentes; así como la prórroga por 180 días de vencimientos de impuestos que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias; reducción de alícuotas sobre el impuesto al cheque y otras operatorias hasta el 31 de diciembre de 2020.
Por el lado de los consumidores, el plato fuerte fue el "Plan Pre Viaje": un crédito vacacional por única vez equivalente al 50% del monto de cada compra de servicios turísticos brindados dentro del país.
Una cosa es copiar y pegar toda la cuestion formal de la actividad legislativa en un año atipico y otra diametralmente opuesta es opinar con espiritu critico sobre el impacto real de esa actividad en la vida de la gente. Sin perjuicio de la ayudita economica mediante IFE y ATP por la debacle economica, la gestion de la cosa publica por parte del Ejecutivo para hablar de quien termina teniendo la maxima responsabilidad en la aplicacion de las leyes de orden nacional, fue patetica, desvergonzada, corrupta y utilizada una vez mas una tragedia colectiva para ideologizar, adoctrinar, tapar oscuros negociados, cumplir con los privilegios infames de casta y mil cosas mas que aburre por lo extenso. De eso ni una palabra.