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El Gobierno realizó una contratación directa para la adquisición de reactivos de diagnóstico y seguimiento del VIH e ITS

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La contratación, que implica un monto de total de más de $304.000.000, fue oficializada en el Boletín Oficial bajo la Decisión Administrativa 459/2021
La contratación, que implica un monto de total de más de $304.000.000, fue oficializada en el Boletín Oficial bajo la Decisión Administrativa 459/2021

El Gobierno realizó una contratación directa “por razones de urgencia” para la adquisición de reactivos de diagnóstico y seguimiento del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), por un monto de total de más de $304.000.000.

 

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial, bajo la Decisión Administrativa 459/2021, y lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

El texto oficial precisa que la compra se realizará a las siguientes empresas: Cromoion S.R.L, Abbott Rapid Diagnostics Argentina S.A, Biodiagnostico S.A y Bioars S.A.

“La suma total de pesos trescientos cuatro millones doscientos dieciocho mil trescientos cuatro con 80/00 ($304.218.304,80) será imputada con cargo a las partidas específicas del presupuesto correspondiente al Ministerio de Salud del presente ejercicio“, indica el texto.

En el artículo 6 precisa: “Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o cocontratantes respecto de la contratación directa que por este acto se adjudica“.

Además, indica que “contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de diez (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de quince (15) días hábiles a partir de su notificación“.

En esa línea, indica que las presentaciones deberán realizarse “en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017”.

 

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