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Reclamar “Identidad” es ignorancia del futuro

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Si usted no se encuentra identificado con ninguna de estas identidades de este extenso menú, deberá revisar qué es lo que reclama o qué es lo que quiere que se le devuelva
Si usted no se encuentra identificado con ninguna de estas identidades de este extenso menú, deberá revisar qué es lo que reclama o qué es lo que quiere que se le devuelva

Es común encontrar personas que fueron robadas en el momento del parto, que reclaman su “identidad”, cuando en realidad la vulneración de la que fueron víctimas, es la que les provocó su apropiador, al impedirles el ejercicio que el Derecho Natural (1) les tenía otorgado desde antes de nacer: Ser Hijos de sus Padres.

 

Cuando ocurre un delito, hay una sola manera de explicarlo, reclamarlo y hasta tentar la posibilidad de que la lesión provocada se reponga o se resarza y es a través del Lenguaje Jurídico. 

Es un idioma particular que debe ser conocido por todos, tan sólo para acatarlo mientras se mantiene seguro, custodiado por traductores universales llamados Jueces. 

Cuando el reclamo está contextualizado en este marco y a través de ese idioma, todo el Universo Jurídico se confabula con la petición, para escuchar y entender el menoscabo sugerido y poder, si así corresponde restaurar el desequilibrio que provocó el delito.      

En las redes sociales, único lugar donde existe espacio para mostrar estos reclamos cuasi suplicantes, se advierten personas y hasta grupos que señalan haber sido víctimas del robo de su “Identidad”.  

Para determinar si la vulneración en el momento del parto impactó sobre “la identidad”, revisemos los 11 tipos de Identidades con sus definiciones, que hasta este momento existen en la lengua española:     

1º) Derecho a la identificación: Si usted posee nombre, apellido, domicilio y DNI, no puede reclamar lo que tiene, a no ser que desee cambiarse el nombre, el sexo o el domicilio al mudarse de vivienda.  

2º) Identidad etaria: Se relaciona con haber sido impedido de pertenecer a un grupo de humanos determinados por su edad, sexo y condición física o psíquica.    

3º) Identidad relacional: Esta no tiene sentido reclamar por cuanto al momento del parto usted no tenía aún, según la psicología clásica la imagen propia, que el niño, evolutivamente y hasta adulto va forjando para relacionarse con sus pares.

4º) Identidad cultural: Al ser el sello que caracteriza a un país, estado o pueblo a través de sus costumbres, arte y tradiciones, usted como recién nacido no sufrió la vulneración, sino más bien nació dentro de ella.       

5º) Identidad política: Esta relacionada con la preferencia por un partido político o lucha social que por supuesto en el momento del parto tampoco le fue sustraída.  

6º) Identidad religiosa: Es pertenecer a un credo o culto existente. Si es católico su padrino asumió esa responsabilidad dentro de un rito religioso que no puede ser considerado delito, menos aun cuando el Artículo 2 de la Constitución Nacional Argentina expresa textualmente: “El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”.    

7º) Identidad vocacional: Marca la orientación hacia una profesión u oficio determinado, que usted, en el momento del parto ni siquiera soñaba.     

8º) Identidad intelectual: se usa para nombrar a una serie de personas que se regulan en monopolios artificiales y sociales para forjar conceptos, ideas o marcas sobre pensamientos comunes,  grupos a los cuales usted no tenía condiciones, ni capacidad legal, ni interés en participar.  

9º) Identidad de género: Es la aceptación e identificación del individuo como hombre o mujer, que lo lleva a comportarse como se sienta identificado. Esto no es una cuestión que a usted le fuera robada al momento del parto y ni siquiera pertenecía a una cobertura necesaria para su integridad.   

11º) Identidad corporativa: Es el conjunto de elementos, como el logotipo, los colores, tipografías y filosofía que definen a las empresas, instituciones u organizaciones, cuestión ésta que a usted tampoco le robaron.    

Si usted no se encuentra identificado con ninguna de estas identidades de este extenso menú, deberá revisar qué es lo que reclama o qué es lo que quiere que se le devuelva.  

Continuar omitiendo el Lenguaje Jurídico, El Derecho jamás entenderá ni podrá escuchar su interés, razón por la cual usted mismo continuará alentando falsas expectativas y exponiéndose a ser carne de buitres como políticos, funcionarios y abogados que querrán manipularlo para estafarlo.      

Lo más grave, es que si continúa creyendo que busca su “identidad”, “identidad robada”“identidad de origen” y todo lo que contenga el término “identidad”, se eternizará en las redes sociales utilizándolas como muros de lamentaciones y pasará a engrosar la lista de ignorantes del futuro, que no serán los que no saben leer o escribir, sino los que no adquirieron la capacidad de aprender, desaprender y reaprender.  

 

(1) Se hace mención sólo al Derecho Natural y no al Positivo (el escrito) por cuanto en Argentina, hasta el momento robar un niño, no es delito de trata de personas)

 

5 comentarios Dejá tu comentario

  1. El artículo, a mi modesto entender, muestra por qué es incorrecto decir que quien fue ilegalmente adoptado reclame su "identidad". Si alguien fue inscrito como propio por personas que no eran sus padres, concretamente. Pero le faltarían un par de líneas para decir de qué manera esas personas deberían llamar esto que no pueden calificar de "identidad".

  2. Tanto madres como abuelas reclamaron a hijos y nietos y estos a su vez denunciaron a sus "apropiadores". Si fuera como Ud. dice ¿Entonces qué fue lo que motivó el éxito? ¿Acaso no tenían derecho a su identidad de origen? Por lo demás me pareció un tanto agresiva la nota.

  3. Opinión personal: Es un tema tan delicado que es difícil generalizar. Históricamente, al menos cuando no existía el exámen de ADN, había muchísimas adopciones irregulares. La gente que trabaja en hospitales te decía que aparecían bebés tirados en los container de basura afuera del hospital, o en el baño, o en mil lugares más. Se armaban redes de contactos en los que trataban de ubicar al pibe (irregularmente) en lugar de mandarlo a la justicia, porque si el caso caía en un juzgado demoraba años, y al pibe no lo adoptaban nunca más. La gente usualmente quiere adoptar bebés, no pibes de cinco o seis años. Se mezcla con casos como las desaparecidas, en donde la situación no es ni parecida.

  4. Lo raro del caso de los famosos "apropiadores" es que JAMÁS SE REALIZÓ DENUNCIA EN SU CONTRA ¿por qué será? muy sencillo, PORQUE FUERON ENTREGADOS LEGALMENTE A TRAVÉS DE LOS JUZGADOS PERTINENTES (DE MENORES) DONDE FIGURAN LOS NOMBRES DE LOS "APROPIADORES" LOS CUALES ESTÁN PERFECTAMENTE IDENTIFICADOS EN LA CAUSA 13 - PRIMER CUERPO DE EJÉRCITO - JUICIO A LOS COMANDANTES EN JEFE Y DE DONDE SALEN LA CANTIDAD DE 226 BEBES ENTREGADOS LEGALMENTE. Si alguien las tiene, que muestra las denuncias con nombre, apellido, juzgado, juez interviniente, porque no se encuentran. Terminen con el verso de los Bebes apropiados, que estan perfectamente ubicados y curiosamente, antes de las elecciones SIEMPRE ENCUENTRAN UNO.

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