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"Mafia de los Medicamentos": rechazaron un planteo de Capaccioli para que la causa pase a un tribunal electoral

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Pretendía que la causa pasara a la Justicia Electoral por un antecedente aplicado a María Eugenia Vidal. El juez Casanello lo declaró "improcedente", pero podría tratarlo un tribunal oral federal
Pretendía que la causa pasara a la Justicia Electoral por un antecedente aplicado a María Eugenia Vidal. El juez Casanello lo declaró "improcedente", pero podría tratarlo un tribunal oral federal

El juez federal Sebastián Casanello declaró “improcedente” un planteo del ex titular de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) durante el gobierno de Néstor Kirchner, Héctor Capaccioli, quien había pedido que la causa conocida como “mafia de los medicamentos” pasara a un tribunal electoral.

 

La resolución deja abierta tácitamente la posibilidad de que Capaccioli impulse la incompetencia de la Justicia penal ante el Tribunal Oral Federal que tiene asignada la causa para resolverla en debate público, aún sin fecha de inicio.  

Capaccioli está imputado y en camino a juicio oral por aquellos episodios en los que se investiga la supuesta “comercialización irregular de medicamentos y para ello la posible conformación de una asociación ilícita dedicada a la comisión de un número indeterminado de delitos cuanto menos desde el año 2005.

Según la hipótesis de la investigación, parte del dinero obtenido mediante ese mecanismo pudo haber financiado la campaña proselitista del Frente de Todos para las elecciones de 2007. “La situación procesal de Héctor Adrián Capaccioli ya se encuentra resuelta” en la etapa de instrucción del expediente, sostuvo Casanello, sobre la base de un dictamen del fiscal Franco Picardi.

El fiscal consideró que “la situación procesal de Héctor Adrián Capaccioli en el marco de la presente causa se encuentra concluida, razón por la cual no puede dársele tratamiento alguno al planteo introducido por su abogada defensora”, Elena Baroni.

“Se dispuso su elevación a juicio por los hechos vinculados con los delitos de asociación ilícita e incumplimiento de los deberes de funcionario público; se ordenó su sobreseimiento por los hechos vinculados con los delitos de defraudación contra la administración pública y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; en tanto que, los hechos relacionados con lavado de dinero se encuentran siendo tratados en el marco de otra causa en trámite ante la justicia electoral”.

La resolución explica que Capaccioli no tiene ningún trámite pendiente ante el juez Casanello, de modo que es “improcedente” que se pronuncie sobre una cuestión de competencia que podría poner fin anticipado al antiguo expediente.

La defensa de Capaccioli fundamentó su pedido en un fallo de la Cámara Federal porteña, firmado por el juez Martín Irurzun, que determinó que la causa por los “aportantes truchos” para Juntos por el Cambio para las elecciones de 2017 debía tramitar ante la Justicia Electoral.

Esa causa, en la que están denunciados, entre otros, el hoy senador Esteban Bullrich y la diputada electa por la Capital Federal y ex gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, tramita –efectivamente- ante el juzgado federal con competencia electoral de La Plata, después de que fuera apartado el juez porteño Sebastián Casanello.

En el expediente por los “aportantes truchos” se investigan las supuestas contribuciones al financiamiento de Juntos por el Cambio de indigentes, beneficiarios de planes sociales y personas sin capacidad contributiva, que figuran en los listados pero nunca supieron que sus nombres estaban allí, ni tampoco aportaron dinero de sus magros patrimonios.

La ley de financiamiento de los partidos políticos fue reformada en 2019, previo a las elecciones presidenciales de ese año, incluyendo un artículo que sostiene que “si se advirtiera la existencia de algún ilícito penal, o mediara denuncia en tal sentido, el juez y el fiscal podrán remitir al tribunal competente testimonio de las actuaciones pertinentes, una vez resuelta la causa electoral”. El artículo añade que “en ningún caso la competencia penal se ejercerá antes de culminar, mediante sentencia firme, el proceso de control patrimonial partidario”.

 

1 comentario Dejá tu comentario

  1. Causa menor comparada con la que monto la Asociación Ilícita de cambiemos con LOS APORTANTES TRUCHOS. Donde no es necesario ser juez de investigación para darse cuenta que hubo lavado de dinero hecho por una o dos personas. De otra manera, y si hubiese existido la voluntad de la gente en hacer aportes hubieran ido directamente al mostrador a hacer depósitos directamente con el personal del banco y por escrito. Pero al hacerlo con un cajero automático se sabe que no querían dejar huella física de la persona que depositó tanta cantidad de dinero..Claro Lavado de activos y corrupción cambiemos..

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