La Corte Suprema de Justicia declaró por unanimidad de sus cuatro actuales integrantes la inconstitucionalidad de la ley que reformó en 2006 el Consejo de la Magistratura, a instancias de la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner.
El fallo avala, no obstante, todo lo actuado por el Consejo con su actual conformación de 13 miembros, pero en los hechos ordena que vuelva a funcionar con 20 integrantes, tal cual lo hizo desde sus comienzos. Además, en los hechos el fallo repone como cabeza del Consejo de la Magistratura al presidente de la Corte Suprema, en este caso a Horacio Rosatti.
El Consejo tendrá un plazo de 120 días para readecuar su funcionamiento y designar a los siete representantes que, según lo que determina el fallo de la Corte, hoy le faltan En ese lapso, se deberá completar la formación de 20 integrantes y, en caso de no hacerlo, el Consejo no podrá continuar funcionando pues todas sus decisiones serán consideradas nulas.
La Corte consideró que la reforma de 2006 alteró el equilibrio en la representación de los distintos sectores que integran el Consejo: el político (senadores y diputados), los abogados, los jueces y los académicos.
Los jueces de la Corte le pidieron al Congreso que dicte una ley que establezca a futuro cuál será la formación y el funcionamiento del Consejo, respetando esa pauta de equilibrio que consideró alterada con la reforma vigente hasta hoy. El planteo de inconstitucionalidad había sido impulsado por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que representa al ala más conservadora de la abogacía porteña.
El Gobierno envió semanas atrás un proyecto de ley al Congreso con una reforma que establece la cantidad de consejeros en 17 y excluye de la presidencia al titular de la Corte Suprema.
Un proyecto similar había sido consensuado entre Juntos por el Cambio, el kirchnerismo y a instancias del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal durante el anterior gobierno, pero cuando parecía que se sancionaba la ley desde el oficialismo de entonces se le puso un freno.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, este último con una disidencia parcial que no altera la unanimidad de la decisión.