La Cámara Federal de Casación aceptó un planteo de dos ex secretarios del ex juez Juan José Galeano contra un fallo que ordenó agravar las acusaciones por sus responsabilidades en la fallida investigación por el atentado contra la AMIA.
Por mayoría, los jueces Carlos Mahiques y Diego Barroetaveña hicieron lugar a un recurso de “queja” presentado por los ex secretarios Susana Spina y Javier de Gamas, este último actual juez de instrucción en Ushuaia.
El fallo contradice una habitual postura de la Cámara de Casación, que suele rechazar este tipo de planteos porque no se trata de sentencias definitivas ni equiparables a ello, tal como lo señaló en su voto en disidencia la tercera integrante del tribunal, Ángela Ledesma.
De Gamas y Spina, junto con el también ex secretario Carlos Velasco, habían sido procesados en primera instancia por el juez Sebastián Ramos por figuras menores en el marco de las irregularidades en la investigación por el atentado contra la mutual judía.
Pero en octubre del año pasado, la Cámara Federal –en un fallo firmado por los jueces Roberto Boico y Juan Carlos Bonzón- le ordenó a Ramos que dicte una nueva resolución contemplando los delitos de “encubrimiento, peculado, privación ilegal de la libertad y prevaricato”.
Los ex secretarios de Galeano (quien fue condenado en primera instancia a seis años de prisión por su actuación en la causa) están imputados por haber participado en la maniobra por la cual el desarmador de autos y hoy abogado Carlos Telleldín modificó su declaración para involucrar falsamente a un grupo de policías bonaerenses en el atentado, a cambio de 400 mil dólares.
Spina y De Gamas apelaron el fallo de la Cámara Federal y ahora la Casación, por mayoría, “abrió la queja”, una medida que en términos judiciales suele ser anticipatoria de un cambio de criterio en relación con el fallo recurrido.
“En atención a las particularidades del caso, pudiendo constituir los agravios invocados por la parte recurrente alguna de las causales previstas en el artículo 456 del Código Procesal Penal (inobservancia o errónea aplicación de la ley o de las normas bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad, ndr) corresponde hacer lugar a la queja deducida”, sostiene el fallo.
La jueza Ledesma, en disidencia, expresó que “en razón del estado procesal que transita la causa el recurso interpuesto resulta inadmisible, atento a que no se dirige contra sentencia definitiva ni equiparable a tal”.
La Cámara de Casación viene sosteniendo ante casos similares el avance de la investigación hacia la etapa de juicio oral, pero en este caso varió esa postura.
El juez Ramos, en primera instancia, sólo había procesado a los imputados por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” y, en el caso de Velasco, le sumó la figura de “destrucción de medios de prueba”.
Pero la Cámara agravó esa situación y, además, ratificó el carácter de “lesa humanidad” de los hechos atribuidos a los ex secretarios judiciales, por lo que los consideró “imprescriptibles”.
Muy buena información. O sea sigue la impunidad.-
LUCAS 8:17.
Siempre queriendo tapar el sol con la mano, asi vamos.
Hasta el dia de hoy no se sabe bien que paso, quien o quienes pusieron la bomba, o si fue una explosión interna, . No se sabe porque no se quiere saber. Igualmente lo de Nisman, que lo mas corrido y fácil es decir que el fiestero se suicidó. Con la misma , se dice que fueron los propios paisanos que se pusieron la explosión....masoquistas, los tios.... A este paso nunca se sabrá la verdad, porque no se la quiere saber. Finalmente solo nos queda a los creyentes la esperanza del karma, que quien lo hizo recibirá su parte. Tarde o temprano.....divina justicia recibirá.
Si parece que si, que será la justicia divina... por lo que le corresponde a la Justicia Argentina, sigue pasando la pelota de juzgado a juzgado por los años de los años!!!! Al que ir al pacto Carlos Saúl Menem con la Justicia Argentina, mientras esos "Honorables Jueces" sigan en sus cargos, no habra verdad alguna!!!