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El DNU del gobierno genera planteamientos relativos a su validez, aplicación y la intervención del Congreso Nacional

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Dialogamos con el especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humano, Dr. Mariano Bär.
Dialogamos con el especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humano, Dr. Mariano Bär.

Ante el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, que anunció el miércoles en cadena nacional, el presidente Javier Milei, que modifica 360 leyes, surgieron protestas, cacerolazos, anuncios de marchas, reacciones gremiales anunciando diferente tipo de medidas y cuestionamientos variados y generalizados.

 

Mientras tanto desde el Gobierno, el asesor de Milei, Federico Sturzenegger en declaraciones a diversos medios periodísticos colegas, expresaba: “Que las medidas que incluye la norma conforman las bases para la reconstrucción de la economía argentina. Fue un trabajo que llevó un año y medio, y en el que participaron unas 100 personas. Y que la idea de este DNU fue dos cosas. Libertad, para los individuos y competencia.

Por su lado el presidente agregó: "No es un paquete pro-empresas sino pro-mercado, o sea pro-libertad, y que las medidas ya están vigentes.”

Relativo a los cacerolazos y protestas de los ciudadanos en contra de este decreto añadió: “Sufren síndrome de Estocolmo" y "están abrazados y enamorados del modelo que los empobrece".

Frente al desconcierto y lo que está generando este decreto, surgen preguntas, interrogantes, planteamientos de distinta índole respecto a la constitucionalidad, aplicación, vigencia, derechos adquiridos, presentaciones judiciales de inconstitucionalidad entre tantas dudas e incertidumbres.

En tal contexto desde TDP, dialogamos con el abogado, especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, Dr. Mariano Bär a los fines de aclarar, analizar, conocer, ilustrarnos, interiorizarnos y entender este decreto polémico y lo que implica en esta instancia política, social y económica del país.

TDP- ¿Es constitucional o inconstitucional este DNU?

MB- Referente a esta pregunta creo, que este DNU, es inconstitucional y explicó los motivos. El principio que establece nuestra constitución es que el Poder Ejecutivo tiene totalmente prohibido dictar normas o disposiciones de carácter legislativo, leyes.

- El Decreto de Necesidad y Urgencia, tiene la característica de ser una disposición de carácter general, es como si fuese una ley del Congreso. Esta figura se incorporó en el 94 con la reforma constitucional que mantuvo el mismo principio. Es el principio que el Poder Ejecutivo, no puede bajo ninguna circunstancia dictar disposiciones de carácter legislativo. Sin embargo, cuando existen razones de necesidad y urgencia, es decir cuando el Congreso no pueda resolverlas de manera rápida y útil le permite al PE, dictar los decretos de necesidad de urgencia.

-Ahora así como lo comento es una excepción. Cuando hablamos de un decreto que modifica 300 leyes y fundamentando la misma necesidad y urgencia para todos los tipos de modificaciones desde la conversión a sociedades anónimas deportivas a los clubes de fútbol hasta la ley de Fraccionamiento de Yerba Mate, “lo que está haciendo es un ejercicio abusivo de esa facultad, que le dio el constituyente en 1994; y en tanto ejercicio abusivo y desnaturalizando el instituto y violando el principio republicano de gobierno del principio democrático ,es inconstitucional”.

-Además creo que es inconstitucional, por otras cuestiones que tiene que ver con las materias que están prohibidas legislar a través de DNU, porque entre esas materias esta la materia tributaria. Y si estamos hablando de un régimen que se deroga de Promoción Industrial, por ejemplo, estamos hablando que se deja sin efecto exenciones impositivas a determinadas personas, y eso es legislar en materia tributaria. Desde ese punto de vista, creo que el DNU, es inconstitucional.

TDP- Los DNU relativo a su procedimiento y requisitos formales y sustanciales, ¿Deben pasar por el Congreso Nacional?

MB- Todos los decretos de necesidad y urgencia tienen que pasar por el Congreso, tienen un procedimiento que es obligatorio dentro de los 10 primeros días que se sanciona el decreto. Entonces, el jefe de gabinete de ministros tiene que mandar una comisión bicameral compuesta de 8 diputados y 8 senadores, que no está conformada en este momento, porque todavía no se conformaron las comisiones nuevas. Esa comisión tiene 10 días más para dictaminar si el DNU cumple con los requisitos que establece la Constitución o no, tantos los requisitos formales como los sustanciales.

-Una vez que dictamina esta comisión o bien pasan 10 días sin que la comisión dictamine; lo tiene que tratar cada una de las cámaras legislativas, tanto diputados como senadores.

-Mientras tanto el decreto está vigente y la única manera que el decreto deje de estar vigente es que las dos cámaras lo rechacen. En el caso que una de las cámaras lo rechaza y la otra no, el decreto va seguir vigente.

TDP-¿Quién puede invalidarlo y/ o pedir la inconstitucionalidad de este DNU y qué pasa con los derechos adquiridos?

MB- Digamos que quién puede pedir la inconstitucionalidad y el primero que tiene que hacer el control de constitucionalidad será el Congreso a través de esta comisión y a través del pleno de las cámaras que va aceptarlo o rechazarlo al decreto. También lo va poder hacer la justicia, porque el hecho de que sea una atribución del Poder Ejecutivo con control del Congreso, no quita que el Poder Judicial como garante del cumplimiento de la Constitución Nacional pueda analizarlo. Y en su caso, dejar sin efecto o invalidar el decreto de necesidad y urgencia. “ Como ha pasado muchísimas veces en este país”.

- En cuanto, a los derechos adquiridos desde el momento en que el DNU entra en vigencia, primero que ese decreto no rige para atrás. Es decir, que todos contratos y todo lo que sean las relaciones jurídicas que han nacido con anterioridad al decreto, se siguen rigiendo por la legislación anterior. Ahora, desde el momento en que rige el decreto, se rigen por las disposiciones y relaciones jurídicas nuevas de ese decreto.

-Pero, ¿Qué pasa si después se invalida ese decreto, dos meses después?

-“Esa invalidación del decreto no alcanza a afectar a las relaciones jurídicas que nacieron durante la vigencia del decreto, es decir con la legislación que estaba vigente en el momento del decreto, y esas relaciones jurídicas quedan blindadas con la legislación del decreto”.

Mariano Manuel Bär - Abogado - Estudio Jurídico | LinkedIn

 

4 comentarios Dejá tu comentario

  1. Para muchos sonará a insconstitucional, que de debata en el CN, para eso esta la comisión bicameral que lo de habalar o rechazar. Dejensé de tanto bla,bla,bla Ya nos lo dijeron hace muchos años atrás: Argentinos!! "a las cosas, a las cosas"

  2. Lo importante es que YA se ha puesto en marcha el "contenido" de todas las medidas expresadas en el DNU. De hecho vemos como dió resultado la expresión campera : ¡"PARA QUE APAREZCA EL DUEÑO, HAY QUE PEGARLE AL CHANCHO"! Y ya vimos como la CGT, que durante 4 años fueron EXPECTADORES DE PRIVILEGIO de como EL GOBIERNO SOSTENIDO POR ELLOS PROFUNDIZO LA MISERIA, LA PERDIDA DEL PODER ADQUISITIVO DEL SALARIO y ante sus propias narices crecía el TRABAJO MARGINAL SIN APORTES NI SEGURIDAD SOCIAL....¡AHORA! se "redescubrieron" como "defensores de los trabajadores y del pueblo Argentino", tan solo porque les empezaron a "tocar" el negocio de las OBRAS SOCIALES Y LOS APORTES SINDICALES. No se sabe si con mala intención se suele escuchar y leer a personas que se dicen "decepccionadas con Milei" porque decían que iban a ir contra la CASTA y están yendo contra "el pueblo, la clase media en particular". Parece de muy mala leche que se considere CASTA SOLO A LOS POLITICOS, pues LA CASTA es mucho mas que los 257 DIPUTADOS NACIONALES y los 72 SENADORES, son TOOOOODOS aquellos emergentes DEL PODER DE LA CASTA, es decir EMPLEADOS DEL ESTADO que usufructúan BENEFICIOS Y PRI-VI-LE-GIOS de los que carecen desde hace 2011, la mayoría de los TRABAJADORES ARGENTINOS, que es ESTABILIDAD LABORAL CON RELACION EN DEPENDENCIA EN EL SECTOR PRIVADO. ¿Acaso no son productos de la CASTA los que forman parte de organismos publicos de dudosa JUSTIFICACION para su existencia? ¿Cuantos de los que "RESISTEN" son parte "interesada" de ese universo de privilegiados en un pais sumido en la miseria en la que MISERABILIZADOS deben pagar impuestos para que ELLOS sigan gozando y "militando" por los "ideales de la JUSTICIA SOCIAL Y EL ESTADO DE BIENESTAR"?

  3. LO QUE DICE LA RADIO: QUE HAN SACADO EL PAPEL HIGIÉNICO DE LAS GONDOLAS, PORQUE LOS FABRICNTES HAN PUESTO PRECIOS PROHIBITIVOS PARA PODER COMPRAR , QUE A LA GENTE LE FALTARÁ HASTA EL PAPEL HIGIÉNICO.y otros artículos de limpieza. volveremos a los viejos tiempos, en que todos éramos pobres pero tan pobres que los tíos y abuelos de las familias recogían cuanto papelito de almacén, de todo tipo de envoltorio y hasta recortes con menos tintas de papeles de diario, y se hacían cuadraditos pinchándolos desde un gancho que colgaba de todos los baños del pueblo argentino. Año 1952-53- en pleno y glorioso plan quinquenal..... Era en medio de la brillante época del gobierno de Perón. Y todos éramos tan felices, nadie se quejaba de tener que limpiarse el trasero con papeles de diarios.... Así que ahora....ajo y agua. A no quejarse. Y a saber colaborar, eso si. Todos. No solo algunos y que los privilegiados sigan limpiándose con papel de lujo.... El infradotado de Kicillof, quejándose pero ignorando a sabiendas que x su culpa nos dejó anclada la espantosa deuda de 16.000 millones de dólares que de no pagarlos en 10 días empiezan a embargarnos el mismo país, ARGENTINA. y EL INÚTIL DE ESTE SUJETO SIGUE SUELTO SIN PAGARLA, Y ENCIMA QUEJÁNDOSE. EL COLMO DE SU DESCARADEZ. -DEBERÍA ESTAR PRESO.

  4. Sale Solo: Desconozco en que lugar Ud. vive, En tiempos de versiones cruzadas en terminos de CONSUMO, es mejor obviar a los medios y VERIFICAR por uno mismo. Lo cierto es que, caro, si, pero en Còrdoba, donde vivo, no se nota desabastecimiento de ningun articulo en las góndolas, incluido el papel higienico que Ud. cita como ejemplo. Como esta subida abrupta de precios estaba, tan pero tan anunciada, que la gran mayoría de la gente con ciertos recursos se stockeo de productos básicos, incluido el que Ud. señala y es por ello que no ha habido estampidas de consumo que harìan subir aún mas los precios. De hecho no extrañaría que en medio del "ajuste actual" vea que los grandes hipermecados refloten otra vez los descuentos, según el día, o de ciertos productos según la cantidad que se adquiera. Como es sabido el leiv motiv de este tipo de rubros es la ROTACION de mercaderìas, por lo que si aparecen las "ofertas" no es que sean "generosos y sensibles " con los consumidores, sino que tienen demasiado stock que deben liquidar cuanto antes. Y a su vez la demora en esa "renovación" afecta a los productores que ven sus espectativas reducidas por la falta de demanda. Es decir que la RECESION, no solo estaría en los bolsillos de los consumidores sino tambièn en las comercializadoras que no realizan los pedidos por las cantidas que los productores esperaban. Así se va a llegar al precio de equilibrio, tal como sucedió con la carne, tan solo porque CREYERON que los consumidores iban a avalar los altos precios del ganado en piè, de los frigoríficos distribuidores. Alguien dirá respecto a la carne que con la liberación de exportaciones, a los frigorificos les va a convenir exportar antes que vender al mercado interno, pero se olvida de que con esta "libertad" de exportación también se incentiva el aumento de la cria de hacienda y por ende se sumaría eventualmente una mayor oferta, tanto que haya para el mercado interno y el mercado externo, mas si la moneda Argentina se recupera y se hace atractiva. Los tiempos del "azucar negra" por la falta de la blanca refinada, como así tambien las veda de carne para generar saldos exportables mas varias hiper, empezando por el Rodrigazo, siguiendo por la de Alfonsin y la de Herman Gonzales, tambièn las viví, por lo que esta situación actual no llega a ser tan desesperante como lo fueron aquellas. Lo que vivimos es CONSECUENCIA de las gestiones ANTERIORES, no hay que dejarse embaucar con los relatos o las "imagenes" que medios y periodistas, que seguramente están heridos por "alguna pérdida" que tuvieron, pues seguramente habían "invertido" en OTROS candidatos, que no es el que AHORA nos gobierna. Y esto se lo digo OBJETIVAMENTE, pues como Ud sabe NO VOTE A MILEI, pero si tomo cuenta analizo las PROPUESTAS TEC-NI-CAS que está presentando a traves de MEDIDAS y AHORA CON UN PLAN MAS DEFINIDO EN LO ECONOMICO. Hay cuestiones de fondo vinculadas a la CORRUPCCION, A LA JUSTICIA Y A LA POLITICA MISMA que me parecían y me siguen pareciendo PELIGROSAMENTE INCOHERENTES. Se lo resumo, DUDO del resultado final de una GESTION DE GOBIERNO (mas allà de lo puramente economico), cuando la ESTRUCTURA DE GOBIERNO està en manos de PERONISTAS MENENISTAS. Por lo que OTRA VEZ los Argentinos estaríamos asistiendo a OTRA de las INTERNAS DEL PERONISMO que vienen desde Ezeiza del 73 cuando se mataron entre si e incluso hubo algunos que hasta "militaron" a favor de la dictadura, aunque despuès TODOS se hacen las "victimas" del "sometimiento del terrorismo de Estado". Ahora la INTERNA serìa entre el PERONISMO PROGRESISTA Y EL PERONISMO NEOLIBERAL (Así lo identifican "ellos mismos", los "progres")

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