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Qué es el Juicio en Ausencia, el proyecto que presentó el Gobierno con la mente en el atentado contra la AMIA

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La iniciativa del Gobierno lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, que fue quien verdaderamente se puso al hombro la tarea de desarrollar este proyecto de juicio en ausencia.
La iniciativa del Gobierno lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, que fue quien verdaderamente se puso al hombro la tarea de desarrollar este proyecto de juicio en ausencia.

Con un timing quirúrgico, el Gobierno presentó en la tarde del lunes en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para establecer el juicio en ausencia en el Código Procesal Penal de la Nación, a tres días de cumplirse el aniversario número 30 del atentado terrorista a la sede de la AMIA que dejó 85 muertos.

 

Además, la presentación del proyecto se consumó en simultáneo a una audiencia pública con numerosas personalidades del Derecho que organizaron sectores de la oposición para debatir proyectos que iban en esta misma línea, para presionar al Poder Ejecutivo.

La iniciativa del Gobierno lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libaronaque fue quien verdaderamente se puso al hombro la tarea de desarrollar este proyecto de juicio en ausencia.

Este criterio de juzgamiento sin el imputado presente durante el juicio será válido para delitos de lesa humanidad, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.

El juicio en ausencia sólo procederá cuando se hubieran cumplido una serie de requisitos, como por ejemplo que el imputado declarado rebelde, “conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial”.

También si “se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho” durante cuatro meses “desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional”, sin poder dar con su paradero.

También aplicaría el juicio en ausencia si “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo Nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país”.

Para garantizar el derecho a la defensa del imputado que decidiera no presentarse, aquel que “no tuviere defensor, el juez le designará uno de oficio”.

“En cualquier etapa del proceso el imputado podrá designar un defensor de su confianza. Durante el proceso en ausencia no será requerida la presencia del imputado para ningún acto procesal. Los derechos conferidos al imputado por este Código y por otras leyes aplicables serán ejercidos por su defensor”, se indica en el proyecto, recogió agencia NA.

A su vez se garantiza que si “el imputado sometido a un proceso en ausencia que se presentare durante la realización del debate tendrá derecho a ser oído”.

Por último, se estipula que si el imputado sometido a un proceso en ausencia se presentare luego de la sentencia condenatoria podrá, en un plazo de diez (10) días, solicitar la realización de un nuevo juicio” únicamente “si no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra” o si “no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento”.

Asimismo, toda persona condenada en ausencia podrá interponer un recurso de revisión contra la sentencia firme, siempre que existan hechos o elementos de prueba que, solos o unidos a los ya examinados en el proceso, demuestren que el hecho no existió, que el condenado no es responsable, que su participación en el hecho fue distinta de la establecida en la sentencia, que el hecho encuadra en una norma penal más favorable o que la pena impuesta no está justificada”, subraya la iniciativa del Gobierno.

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. El esperpento jurídico del juicio en ausencia es una rémora del viejo imperialismo europeo, pero NO EXISTE en ninguno de los del Nuevo Mundo, porque no tiene ninguna utilidad y encarajina los sistemas judiciales porque vulnera principios elementales del debido procedo y de garantías individuales establecidas en tratados internacionales. Pero en nuestro caso sería mucho más gravoso porque su única finalidad es el perfeccionamiento del encubrimiento de más de 32 años de los 2, aún inesclarecidos bombazos indiscriminados en Buenos Aires en 1992, que nos impuso el sionismo de extrema derecha, INSTANTÁNEAMENTE Y SIN APORTAR LA MÍNIMA PRUEB,A para sostener LA FALACIA SUPINA(y muy fácil de probar que lo es a esta altura) de que los perpetradores fueron los enemigos de Israel y USA, Hezbollah e Irán, pero estrechos amigos de Argentina "casualmente" hasta el bombazo AMIA, Justamente, terminar con esas relaciones, que tradicionalmente buenas se estrecharon más en los '80 porque entonces eran funcionales a los yankis en su "guerra fría". Menem las estrecho más todavía a pesar de que por la implosión de la URSS ya no eran funcionales a los yankis sino todo lo contrario. Y lo siguió haciendo luego del 1er. atentado/mensaje en la emba de Israel y de las falsas acusaciones a Irán por éste por parte de Israel y USA, y sólo luego del 2do. atentado/mensaje en la AMIA que tenía implícito que de ser necesario un 3ero. sería en la Rosada y con él adentro y de hablar con EL ENVIADO SECRETO DE RABIN que le cantó la justa(ver: “La InfAMIA - A 10 AÑOS - EL ACUERDO MENEM-RABIN PARA NO INVESTIGAR”, www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-38318-2004-07-18.html)., pronunció una de sus "frases célebres": "existe semi-plena prueba de la participación de Irán en el atentado AMIA", las relaciones con Irán, hasta ahí estrechas, se deterioraron hasta casi la ruptura y obvio ¡NO HUBO MÁS ATENTADOS/MENSAJES!. Es más que obvio a esta altura de que IRÁN HA SIDO UNA VÍCTIMA MÁS de esos bombazos, por la falsa acusación a ellos perdieron al más estrecho amigo que tenía en la región y en el mundo tal vez entonces, hasta el bombazo AMIA. Al amparo de esas estrechas relaciones en los '80 los persas lo aprovecharon para instalar acá su plataforma de inserción en la región, obvio NO PARA HACER TERRORISMO como alegan sus enemigos, sino para hacer amigos que no le sobraban, a la que por la falsa acusación de Menem tuvieron que reiniciar varios años después en la Venezuela de Chávez.

  2. Claudia, pasaron más de 32 años y no es que no hicieron nada, hicieron sí, y mucho, pero para encubrir a los verdaderos perpetradores y que estos se salgan con las suyas, que fue que nos enemistemos con los que hasta el bombazo AMIA y las FALSAS ACUSACIONES que le impusieron los sionistas a Menem, éramos estrechos amigos, y además de imponerles a "nuestros" débiles "gobiernos"(a todos) y a "nuestra" (in)justicia flan esa FALSA ACUSACIÓN y el encubrimiento para poder sostenerla en el tiempo, encima los forrean porque no investigan, y a pesar que les hemos pagado a los sionista fangotes de guita en indemnizaciones y otras yerbas, nunca les es suficiente y nos siguen sacando más..

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