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Encubrimiento agravado y otros delitos

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EXPLOSIVA DENUNCIA CONTRA EL PROCURADOR ESTEBAN RIGHI
EXPLOSIVA DENUNCIA CONTRA EL PROCURADOR ESTEBAN RIGHI

DENUNCIA  Señor Juez Federal de

 

    En el día de la fecha, el abogado Alejandro Sánchez Kalbermatten —matriculado al Tomo 37, Folio 177 del CPACF—, en nombre de Tribuna de Periodistas, ha presentado una denuncia contra el Procurador General de la Nación, Esteban Righi por los supuestos delitos de encubrimiento agravado (Art. 277 del Código Penal), incumplimiento de los deberes de funcionario público (Art. 249 del C.P); violación de tratados concluidos con naciones extranjeras (Art. 220 del C.P) y presumible cohecho y trafico de influencias judiciales (Art. 256 del C.P).

    Según el escrito presentado por Kalbermatten, "la acción se dirige contra quien hasta hoy inviste el cargo de Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Justo Antonio Righi, domiciliado en Guido 1577 (1016), T.E. 4819-4549, y contra toda otra persona que bien sea como parte o como funcionario o empleado del denunciado la investigación señale autor, partícipe, cómplice o encubridor de los hechos que, de inmediato, paso a relatar.

    En atención a la proscripción del titular de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, Dr. Manuel Garrido para participar en lo sucesivo en causas que involucren corrupción de funcionarios del gabinete de Cristina Fernandez De Kirchner, o de su antecesor, Néstor Kirchner, queda formalmente invitado el Señor Manuel Garrido a coadyuvar esta denuncia por su propio derecho".


Fundamentos de la denuncia

    Tal como ha sido publicado el fin de semana en distintos medios, el pasado 05 de noviembre de 2008 el Procurador General de la Nación habría dictado la Resolución 147, con el objeto de precisar la Ley Orgánica del Ministerio Publico N° Ley 24.946.

    Dicha ilegitima resolución, dictada en un presumible e ingenuo marco de legalidad, tan solo ha “acotado” autoritariamente, las facultades del Fiscal de Investigaciones Administrativas, Dr. Manuel Garrido, persona que fuera elegida por concurso de antecedentes y oposición.

    En efecto; la Resolución N°147 cuestionada ha sido creada a partir de una arbitraria y estrecha interpretación de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, con la exclusiva finalidad, políticamente impartida, de impedir que se investiguen causas de corrupción y por consiguiente permitir el afianzamiento de la impunidad.

    El acotamiento ilegitimo del poder persecutorio de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (F.I.A) a cargo del Dr. Manuel Garrido va de contramano con cualquier política de transparencia, y colisiona de manera directa con los compromisos internacionales asumidos por la Republica Argentina.

    Debo señalar al Señor Magistrado que deba intervenir en esta importante denuncia, que la temeraria interpretación que formulara el denunciado Dr. Esteban Justo Antonio RIGHI, en el dictado de la Resolución, encuentra explicación en el avance de numerosas causas de corrupción que afectan a integrantes del gabinete y funcionarios de la administración del matrimonio gobernante, y persigue como exclusiva finalidad el cierre “silencioso” de las mismas, sin que nadie -especialmente el titular de la F.I.A- puede recurrir cualquier sobreseimiento o falta de merito susceptible de dictarse para favorecer a los imputados de corrupción.

    Ello sin ponderar la posible vinculación entre la Resolución 147 y la reestatización de las AFJP.

    Entre las causas beneficiadas que pasarían al olvido se encontrarían la pesquisa del presunto enriquecimiento ilícito del matrimonio Presidencial, del patrimonio del Ministro de Planificación Federal, Don Julio de Vido, de los subsecretarios de Transporte, Ricardo Jaime, y de Obras Publicas, José López, la causa del INDEC que encabeza el Señor Guillermo Moreno, la causa de las irregularidades en la contratación de publicidad oficial que involucra al Secretario de Medios, Sr. Enrique Albistur, la renegociación del contrato entre el gobierno y Aeropuertos Argentina 2000, donde existiría un pasivo oculto cercano a los U$ 1.200.000.0000; directivos de Ferrovias, TBA y Metrovías, etc, la causa que investiga el vaciamiento de empresas por parte de la familia Soldati (Comercial del Plata S.A.) y el mas grave caso de corrupción, el caso Skanska y la bolsa de dinero de la ex Ministra de Economía, Felisa Micelli.

    Con esta insólita decisión, a mi juicio, trasnochada, se culmina el proceso de “impunidad” que el matrimonio gobernante comenzara con (i) la renovación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; (ii) la gestión para la renuncia y recambio del Procurador General de la Nación (hacia el 2004 se negocio la salida del Dr. Nicolás Becerra y la llegada del ex Ministro del Interior del gobierno de Héctor Cámpora, Dr. Esteban Justo Antonio Righi); y luego con (iii) la toma, desguace y control del Consejo de la Magistratura (reducción de miembros de 20 a 13, importando ello una mayoría del poder político del 53,87% del Organismo).

    Obvio que con la decapitación de la F.I.A que postula la Resolución ilegitima dictada por el denunciado Esteban Justo Antonio RIGHI, sumado al nulo funcionamiento de la Oficina Anticorrupción, de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación) y de la Auditoria General de la Nación, se llega al incumplimiento doloso de la Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupción, Arts. 26 ssgs y ccds, al cual la República adhirió en el año 2006 a través de la Ley 15.743 cuyo texto se adjunta y forma parte de esta denuncia.

    Tal como expresa el distinguido Director Ejecutivo de Asociación por los Derechos Civiles, Dr. Roberto Saba, la Republica Argentina tiene la obligación constitucional y republicana de controlar a la autoridad publica, mas allá del deber moral, obvio, teniendo suscriptos importantes compromisos internacionales ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (O.E.A), de crear y poner en funcionamiento órganos de control independientes.

    En efecto; es por ello que siguiendo las recomendaciones de la OEA., en cuanto a la firma y ratificación o adhesión, según el caso, nuestro país es parte de:

    1) La Convención Interamericana contra la Corrupción y la Declaración sobre el Mecanismo de Seguimiento de su implementación;

    2) La Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal y su Protocolo Facultativo;

    3) La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados;

    4) La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. 

    También tiene el deber ineludible de ejercer las facultades punitivas de los delitos que cometen los ciudadanos y por ende los funcionarios. Nadie esta exento de esta regla.

    Corresponde y pido que esta denuncia sea debidamente investigada por un tribunal independiente, libre de presiones políticas, con Magistrados y Fiscales probos y honestos, por el bien de las instituciones y de la Republica Argentina, con alarmantes índices de corrupción de acuerdo a las estadísticas llevadas a cabo por Transparency Internacional, entre otras.

    Como ciudadano preocupado por la fragilidad de las instituciones y el avasallamiento de las mismas por parte del poder político, como también por la circunstancia disvaliosa de que se conozca a nuestro país como el “reino de la corrupción y la impunidad” o “reino del revés”, estoy dispuesto a continuar la misma ante los estrados internacionales, hayan sido o no agotados los medios locales, de demostrarse su ineficacia cierta, y desde ya convoco a los juristas, periodistas, jueces, políticos, funcionarios, ciudadanos probos y demás personas honestas que habitan el suelo Argentino y que seguramente están asqueados de tanta impunidad, a sumarse en apoyo de esta denuncia, que equivale a una verdadera cruzada contra la corrupción.

    Sírvase V.S. tener presente lo expuesto, dando curso urgente a la denuncia promovida. Proveer de conformidad, será Justicia.

 

Redacción de Tribuna de Periodistas

 

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