De la nota efectuada por la Revista Puerto
a Norberto Yahuar, surge el desenfado que demuestra la ostentación e impunidad
que blinda a este funcionario, cajero de Néstor Kirchner según sus propias
palabras ante armadores del sector en una reunión durante este verano en el
puerto de Mar del Plata.
El caso de la depredación argentina demuestra que el Estado tuvo incentivos
adicionales que actuaron en contra del establecimiento de medidas de
ordenamiento y conservación de los recursos.
Revista Puerto: –Sabrá, por el cargo que ocupa y porque nadie puede alegar propia torpeza,
que de la misma forma que la autoridad de aplicación está facultada para emitir
un permiso de pesca, está también facultada para retirar ese permiso si el acto
administrativo que lo generó estuviese viciado de nulidad. ¿Por qué se recurre a
la justicia? Algo que más bien parece una forma de sacarse la responsabilidad de
encima.
NY: Esta es una situación delicada por lo que atraviesa la pesca y sensible
porque yo sé que todos los cañones me apuntan. Y si no me apuntan van a hacer
que me apunten porque molesto, porque puedo hablar cuestiones como esta que
estamos hablando de situaciones que han pasado y que nunca se han terminado de
investigar, nunca hay culpables en la Argentina y todos sabemos que la justicia
cuando llega tarde no es justicia.
RP: –Bien, en este contexto ¿me puede explicar por qué usted trae nuevamente a
Jorge Quincke a trabajar a la Secretaría? Es el hombre por cuyas manos pasaron
todos y cada uno de los permisos de pesca ilegales que se aprobaron en esa
época.
Impresiona la impunidad del nombramiento Jorge Quincke
Esta metodología reiterada de carácter mafioso es común a los
intereses de empresas extranjeras pesqueras radicadas en el país. Se vuelven a
nombrar a quienes gestionaron la ilegalidad de permisos que nadie quiso
investigar seriamente, ni el propio Yahuar, quien patea las soluciones legales
para terminar con los buques ilegales que pescan en la Argentina desde Carlos Menem a la
fecha.
La UBA efectuó una auditoria donde están certificadas las ilegalidades en
la emisión de permisos de pesca. La AGN en sus reiteradas auditorías, muestra la
depredación sustentada desde la Dirección de Pesca de la Nación. La corrupción
que se incoa desde el Ejecutivo mantiene la caja pesquera sobre la base del
enriquecimiento ilícito de armadores que son socios de los funcionarios que
década tras décadas, como en el caso del Dr. Quincke —entre otros personeros de
los lobbys— están enquistados en sus puestos para asegurar a los extranjeros
que nada cambiará, esté quien esté como jefe de la administración. El status
quo del gobierno, que recauda millones de dólares a través de coimas, no se detendrá.
Impresionante el descaro del Secretario Yahuar al nombrar a Jorge Quincke.
Quincke es un delincuente que junto al Toco González Fernández, cuñado de Felipe
Solá y Pucci, firmaron lo más ilegal que se les dio en gana, violando la Ley
24.315 del Acuerdo Comunitario. Quincke firmó cosas ridículas jurídicamente,
como complementos de bodegas a buques con un cupo establecido previamente para
ampliar su captura, esto violó el acuerdo nombrado y aumenté el esfuerzo
pesquero a la fecha causando un daño irrecuperable al caladero por el aumento
desmedido del esfuerzo pesquero.
Yahuar muy suelto de ánimo dice ser responsable de este nombramiento que es
nada menos que reincorporar a un delincuente para que siga violando la ley. Al
estado le falta sólo nombrar a Luis El Gordo Valor al frente de la casa de la
moneda a ver qué pasa.
No hay que engañarse, Quincke es un funcionario ligado a Felipe Solá.
La pregunta que cabe hacerse es qué hace gente de Sola
en cargos pesqueros actuales de reciente nombramiento. Sigue la entrevista
NY: –Creo que hay que hacer una evaluación y creo que los funcionarios, en
determinados momentos, no siempre han hecho lo que han querido. Y esto no sirve
para limpiar su buen nombre, eso lo determinará la justicia si es o no
responsable. En este caso yo soy el responsable por lo que haga la gente que
esté bajo mi mando. Lo que sucede desde mi puesto hacia abajo es responsabilidad
mía y me caben las generales de la ley.
RP: –O sea que se hace responsable de lo que pueda hacer Jorge Quincke.
NY: –Me tengo que hacer cargo, por supuesto, con él y con todos los demás
funcionarios que están en funciones bajo mi mandato. Me hago cargo hasta de los
inspectores.
RP: –Usted sabe perfectamente, porque lo sabe, que existe una tarifa en los
distintos puertos para hacer desaparecer cerca del 20 por ciento de los cajones
que se desembarcan y más o menos 6 a 8 kilos de merluza por cada cajón que
finalmente se declara en el parte de pesca. ¿Hasta cuando va a permitir esa
situación?
NY: –Todo eso se va a solucionar cuando se ponga en vigencia el sistema de
cámaras abordo y las balanzas en los puertos. Yo no soy Harry Potter, que vino
con una varita mágica a cambiar la pesca después de cincuenta años de un sistema
que está funcionando de determinada manera. Yo vengo a implementar medidas para
corregir toda esta serie de desaciertos, por decirlo elegantemente, que ha
atravesado el sector. Y los empresarios saben perfectamente que el sistema
vigente no les sirve. Cuando yo pueda demostrar el ilícito lo voy a denunciar.
Lo que estamos haciendo es tratar de poner en vigencia sistemas para evitar que
se produzcan esos hechos. Yo apunto a que el control funcione, tiene que
funcionar.
Pareciera que nuestros funcionarios no comprenden que lo que
deben hacer es obedecer la ley, no lo que quieran. Yahuar violó la Ley 24.922
liberando la transferencia de cupos fresqueros a congeladores, esté es un
ilícito demostrado, sumando así el aumento del esfuerzo pesquero. Yahuar
desconoce que si los peces se extraen a una velocidad inferior o igual a la que
se reproducen, entonces la explotación que se realiza es sostenible en el
tiempo. Si por el contrario, ello ocurre a una velocidad superior a la que éste
se reproduce, entonces el recurso deja de ser renovable, se convierte en un
stock que se agota y colapsa en un horizonte definido de tiempo. Este es el
principio básico del desarrollo sustentable y la utilización racional de los
recursos, consagrado en toda la legislación sobre el sector de debiera guiar la
política pesquera.
El problema de las pesquerías se manifiesta como uno de los
más críticos, tanto por su lenta reversibilidad ecológica como por sus profundas
consecuencias sobre la actividad humana. Se llega a la situación de
sobreexplotación por que se superan los cupos de captura máxima permitida.
Recordemos nuevamente que esta situación se encuentra documentada en numerosas auditorías de la AGN.
El sector pesquero es el paradigma de cómo el Estado que debe administrar es
cómplice de los empresarios pesqueros, incoando que se violen leyes de manera
sistemática por medio de resoluciones hechas a medida de la necesidad de éstos y
en desmedro de los intereses del país. Para trabajar en el sector, se debe
aceptar las condiciones que se imponen desde la ilegalidad que mantienen la
gobernabilidad que tanto pregonan nuestros presidentes.
¿Quién es el doctor Quincke?
Quincke en la década del ‘90 fue “participe firmante” para que la captura se
multiplicara tres veces. Pasando del orden de las 550.000 toneladas a casi
1.500.000. Esto ha llevado a la merluza hubbsi, principal especie comercial al
colapso. Desde 1999, esta especie por ley de la nación fue declarada en
emergencia. -hace 10 años se reconoció la depredación e ilegalidad y desde
entonces se continua pescando por sobre las capturas permitidas.
El sector administrativo de la Subsecretaría de Pesca, era conocido en épocas
del doctor, bajo el nombre de “la cueva”. Trabajaban alrededor de 100 personas.
Jorge Quincke, el Director Nacional de Pesca de entonces, era el responsable por
la irresolución de 4.000 sumarios, muchos iniciados hacía 20 años como pudo
comprobarse. Horacio Monsalvo, segundo de Quincke, era el encargado de
fiscalizar la base del sistema de control satelital —Monpesat— y a quien se
señaló como uno de los responsables por la caída del sistema. A partir del
primero de octubre de 1999, el sistema dejó de funcionar. La deuda a Monpesat
ascendía a un millón de dólares, en tres años nunca le habían pagado a la
empresa. Al comienzo del contrato los equipos habían quedado frenados por varios
meses en la Aduana. Representantes de la empresa española dijeron que faltaba
voluntad de la Secretaría para ingresarlos.
Ante el cese del control Monpesat, unos 400 buques, que eran monitoreados,
continuaron pescando sin ningún tipo de control oficial. Monsalvo informó que
los buques saldrían a navegar con el equipo satelital inoperante. Asimismo
reconoció que había muchos más permisos de pesca que los que “deberían haber”.
Las vedas y zonas de pesca diferenciadas por tipo de flotas no fueron
adecuadamente controladas ni respetadas. Varios buques industriales fueron
denunciados a fines del 1999 y principios del 2000 por pescar al norte del
paralelo 48, la zona reservada a la flota fresquera.
Por la caja
Las presiones políticas que ejercen sobre el Estado argentino los sectores que
deberían ser regulados, le generaron mayores incentivos políticos para mantener a
la industria sobredimensionada y no ejercer los controles necesarios para
organizar las capturas de modo eficiente y sustentable para el futuro. Yahuar
para ello nombra a Quincke, especialista en violar las leyes y fabricar permisos
a medida… La violación a las leyes por parte de la SAGPYA garantizan aún mayor
impunidad, véase que la Dirección de Pesca no tiene registro de infractores
(vedas) no hay castigos ejemplificadores, no hay política pesquera ex profeso,
son funcionarios garantes.
El nombramiento del Dr. Jorge Quincke será para aconsejar como vulnerar
"legalmente los controles". Es sabido que fue el artífice de las “maniobras
legales” que violaron la ley 24.315 del Acuerdo Comunitario. Este sujeto fue
quien hizo posible en la pesca legalizar lo ilegal. Su inclusión es para
mantener este estatus quo con las empresas extranjeras ilegales y no deteriorar
más la relación con España, pues si lo de aerolíneas les molestó si le bajan
buques del caladero argentino nos invaden.
Incluir en una administración a un delincuente de guante blanco de la talla del
Dr. Quincke es buscar la excelencia para depredar el caladero argentino con
impunidad total. El Subsecretario Yahuar enancado en sus padrinos Julio de Vido
y
Néstor Kirchner, sabe que la Argentina no le demandará jamás nada por el daño que
impulse sobre los recursos pues en Argentina no hay justicia, como el mismo
reconoce, mientras este Gobierno tenga a la justicia cooptada. En la Argentina para
ellos no hay justicia ni ley. Sin embargo, en su ceguera de poder no ven que hay
un camino abierto para juzgar a quienes desde el estado violan los derechos
garantizados desde nuestro boque constitucional aunque hayan sido sobreseídos:
que un juez en la Argentina lo sobresea a Néstor, no significa que no va a ser
juzgado en el futuro.
El lector sabrá disculpar la cantidad de material sobre el Dr. Quincke pero es
muy útil para que pueda evaluarse la clase de “monje negro” y las aberraciones
legales que impulsó doblando la letra de la ley que fuera, para hoy estar
nuevamente como muestra de que los peores Traidores a la Patria en este Gobierno
tienen un lugar siempre.
No se debe olvidar Yahuar que también será juzgado cuando llegue el momento al
igual que nuestros "presidentes Kirchenrs" y sus ministros por traición a la
Patria, administración fraudulenta del patrimonio de terceras generaciones, daño
ambiental, violación a legislación Internacional como la CONVEMAR.
Sin justicia, sólo hay divisiones, víctimas y opresores. Napoleón Bonaparte
Recordando el informe de la UBA
Buque Cabo Mayor. Iniciador: Hansung AR SA. El iniciador en el carácter de
propietario y armador del buque pesquero Aracena, en fecha 29/7/94, (fs.1)
presenta un proyecto por la cual desea acogerse al Acuerdo en Materia de Pesca
entre Argentina y la Comunidad, mediante la constitución de una Sociedad Mixta
con la empresa argentina Hansung AR SA que conlleva la incorporación a dicha
sociedad Mixta el buque arrastrero congelador de bandera española, propiedad de
la sociedad Pescamarin SA denominado “Cabo Mayor” que cambiará su pabellón por
el de la República Argentina. La sociedad pesquera argentina Hansung AR SA
aportará al proyecto el Permiso de pesca Irrestricto correspondiente a su buque
“Aracena” lo que se hará una vez aprobado el proyecto, que se describe a (fs.
43/44). A (fs. 9 y 46/50), se encuentran descriptos los buques involucrados en
el proyecto y agregados los planos. A (fs. 10 y 43), se describen áreas y
especies a capturar. A (fs. 81/142) obran fotocopias simples de la situación
patrimonial de la empresa argentina involucrada en el proyecto (años 91/92/93).
No se agrega documentación de la empresa comunitaria. A (fs. 16/17) se
encuentran fotocopias simples de la presentación efectuada por la armadora
comunitaria ante la Comunidad Económica Europea. A (fs. 25) Pesquera Cabo Mayor
SA, reconoce ante la Unión Europea, que el Buque Cabo Mayor se encuentra
paralizado desde hace tres años, en Puerto Madryn, ante la imposibilidad de
hacer frente a las deudas y responsabilidades contraídas en el país. Situación
que es confirmada a (fs. 146) por Hansung AR SA, comprometiéndose una vez
aprobado el proyecto a abonar las deudas contraídas con la Prefectura Naval
Argentina ,la Administración del Puerto y con distintos particulares. A (FS.
228) Pesquera Gran Cabo SA, solicita el correspondiente permiso de pesca,
acompaña certificado de matrícula y copia certificada de los estatutos de
constitución de la nueva sociedad mixta. A (fs 244) se otorga a la firma Gran
Cabo SA, inscripción definitiva en el carácter de propietaria del buque pesquero
“Cabo Mayor”.A (fs.247) en fecha 7/8/96, se otorga permiso de pesca definitivo
excluyendo langostino, y se asigna cuota de captura anual de cuatro mil
doscientas dieciocho con tres 4.218,3) toneladas. A ( fs. 253) 21/9/99,se
solicita autorización para dar el cese de bandera al buque Cabo Mayor, no
existen constancias de que se hubiera dado de baja. A (fs, 256) el Presidente de
HANSUNG SA, asume la responsabilidad frente al supuesto de alguna establecerse
alguna sanción.
En síntesis: de las constancias del expediente no resulta acreditado que se
hayan cumplido con todos los requisitos del Acuerdo y con la normativa pesquera
vigente. La aprobación de éste proyecto merece serios reparos jurídicos:
- Incumple recaudos legales como los referidos a la comprobación de la
existencia y radicación del socio comunitario. La resolución 29/95, (fs. 154),
firmada el 25/1/95 por el SAGP Ing. Felipe Solá, no tuvo en cuenta que la
documentación presentada era insuficiente. Cabe señalar al respecto que conforme
surge de los antecedentes que obran en los presente no se han cumplido tampoco
con todos los recaudos exigidos por la R-557/94, sin lo cual la autoridad no
debió aprobar ni asignar puntaje al proyecto.
En la presentación efectuada el 27 de julio de 1994(ver fs.18) ante las
autoridades españolas, surge que dicha firma se encontraba en formación por lo
que se deberá solicitar previamente, que el socio comunitario se constituya
previamente. bajo forma de Sociedad Anónima y en su caso que acompañe copias de
los estatutos, debidamente inscriptos ante las autoridades españolas de
registro, directorio, domicilio legal, estado patrimonial de la misma y
constancia de inscripción en el registro de Sociedades Extranjeras de la
Inspección General de Justicia, de conformidad a los dispuesto por el art. 118
de la ley.
Por otra parte a la fecha de aprobar el proyecto no surgía con claridad cual era
la situación del buque que aportaría la empresa Pesquera Cabo Mayor SA habida
cuenta que el buque Cabo Mayor figuraba como de propiedad de la empresa española
Pescarmin SA, sin que obren constancias de la transferencia del mismo a la firma
comunitaria, desarrollando una actividad pesquera en el Atlántico Sudoccidental
del 9/90 al 5/91.
- A (fs. 146) se pone de manifiesto que el buque, objeto del presente se
encontraría paralizado y varado en Puerto Madryn desde el año l991, con la
imposibilidad de hacer frente a las deudas y responsabilidades contraídas en
nuestro país. Según el anexo I inc, D.1 del Acuerdo con la UE no se podían
transferir permisos de buques inactivos por más de un año, cualquiera fuera la
causa o cuando aquellos pertenezcan a empresas en quiebra. No respetándose el
espíritu del acuerdo. Sin embargo a (fs. 208) el Dr. Jorge Quincke, considera
que carece de toda relevancia jurídica efectuar alguna evaluación sobre la
inactividad del buque comunitario, como lo requiere la Dirección General de
Asuntos Jurídicos.
- Se debió haber investigado las razones por las cuales se encontraba retenido
en puerto Madryn evitando el ingreso de un buque infractor.
- A ( fs. 184) Hansung, rectifica las capturas del Aracena , en base a
fotocopias certificadas del libre del Senasa, cuando se debieron presentar los
partes de pescas originales debidamente sellados.
- Además, es inaceptable que habiendo manifestado que el buque a incorporar
tenía deudas pendientes por infracciones, se permita la posibilidad que se le
brindó de aprobar el proyecto y luego sanear las deudas. El buque no contaba con
los requisitos exigidos en el Acuerdo Pesquero para la incorporación de buques
comunitarios.
- El buque Aracena, que transfiere su permiso al Cabo Mayor, también estaba
inactivo al momento de la presentación del proyecto, y no se certifica en ningún
momento la características del permiso. De las actuaciones no se puede
determinar como Hansung Ar. SA llegó a obtener el permiso y titularidad del
buque Aracena, que en este proyecto transfiere. Del expediente Nº 40177/77 (AU
130 I), se desprende que la titular del permiso fue Productos del Mar SA y el
último permiso fue renovado por dos años en fecha 28/3/85. A partir del 21/2/85,
venciendo en consecuencias 21/2/87. Se debería efectuar una investigación para
obtener el número de expediente en que aparentemente Productos del Mar SA,
transfiere el buque y el permiso a Hansung SA, para determinar las condiciones
en que se encontraba al momento de iniciar el proyecto.
Austral I. Este permiso se origina por una solicitud de transferencia presentada
el 31/07/92 por la firma Navemar Austral SA, para que se le asigne a un barco a
importarse que se denominaría Austral I, el permiso irrestricto pero sin
langostino del buque San Juan Bautista, que habría adquirido en la quiebra de
Huemul SA. El trámite original no tiene objeciones ya que mediaron órdenes
judiciales que preservaban al permiso y las características del barco ingresante
son iguales o menores que las del cedente. En estos términos se le otorga al
Austral I un permiso irrestricto sin langostino, según Res. 1307/92 firmada por
el Secretario Regúnaga. Hasta aquí todo sería normal y correcto. El 14/01/94
Navemar Austral SA presenta un recurso pidiendo que se le conceda permiso
irrestricto. Originalmente el buque lo tenía, luego se le sacó el de merluza y
langostino pero a raíz de un recurso se le repuso a Huemul el permiso de
merluza, sin langostino ya que el barco no cumplía con los requisitos de la Res.
1113/88. Ahora Navemar Austral dice que el Austral I si reúne los requisitos de
la Res. 1113/88 y que la inactividad del San Juan Bautista estaba justificada
por lo tanto solicita que se le reintegre el permiso original. Sin que mediaran
actuaciones de la autoridad, sin que mediara dictamen de jurídicas y sin que
mediara resolución alguna del Secretario, el tema es resuelto favorablemente por
un funcionario que no tenía la competencia para hacerlo. Al respecto el dictamen
de la auditoría dice textualmente: "Ello es resuelto por el Dr. Jorge Quincke,
Director de Control y Administración del Recurso Pesquero, con fecha 04/02/96,
sin que medie dictamen jurídico previo (fs. 79/80). El Dr. Quincke arriba a una
resolución favorable a la empresa, sin advertir que la calidad del permiso era
“cosa juzgada” al momento de solicitar la transferencia. No brinda justificación
jurídica respecto de la transferencia de un derecho “mejor y más extenso” que el
que poseía la cedente, que esta última no impugnó en sede administrativa como
tampoco judicial. Así el 05/02/96 otorgó permiso definitivo e irrestricto de
pesca a favor de Navemar Austral SA para el buque Austral I (fs. 81)”. Por todo
lo expuesto queda en claro que la transferencia es viable, pero el permiso de
langostino sería nulo, siendo el Austral I un barco tangonero langostinero, el
tema tiene especial importancia (...)
Nota: El buque mencionado esta pescando sin cuestión alguna, quienes garantizan
esta metodológica depredación son las actuales Autoridades pesqueras Nacionales.
Congelador Mar Dos. Cuando este barco se incorporó a la flota se le otorgó un
permiso de pesca sin merluza ni langostino y limitado al Sur del paralelo 47°.
Luego lo adquirió Argenova a la quiebra de Mar Lauquen SA y solicita
transferirle el permiso irrestricto del Fuji en concepto de complemento de
bodega (figura jurídica inexistente). En primer lugar se debe señalar que FALTAN
los expedientes de los permisos originales del Fuji y del Congelador Mar Dos.
Además en este expediente también faltan fojas que fueron retiradas por la
empresa armadora. Por otra parte y al igual que en otros casos similares la
DNPyA señala que como se trata de un complemento de bodega no se genera aumento
en el esfuerzo de pesca, lo cual es totalmente absurdo y sirvió para autorizar
transferencias entre buques totalmente disímiles como estos. Se le aplica a la
transferencia la Res. 985/94 tomándose el límite de la mejor captura histórica
del Fuji que correspondería al año 1994 con 3.894 TN. De este modo la Res.
742/97 aprueba la transferencia otorgándole al Congelador Mar Dos un permiso sin
merluza ni langostino para el sur del 47° más un cupo irrestricto de 3.894 TN
para todo el mar argentino. Posteriormente surge una diferencia entre los datos
declarados por el Fuji en los partes de pesca provinciales y los nacionales que
se utilizaron para asignarle el cupo correspondiente. Se abre una investigación
y se llegan a las siguientes conclusiones: "1) Los partes de pesca entregados a
la Dirección Nacional serían falseados en razón de los datos aportados a fs. 62
por Prefectura Nacional (listado de Capitanes y Patrones), ya que en ninguno de
los casos coincide el Capitán que figura en los mismos con el consignado por la
Prefectura. Señala que en los Partes de Pesca entregados a la provincia los
datos son coincidentes con los aportados por Prefectura Nacional. 2) A fs,
123/176. Se adjuntan copias de manuscritos firmados por personal del SENASA, en
los que consta una captura supuestamente realizada por el buque de la referencia
equivalente a 3.204.020 kg para el año 1994, cifra que no coincide con lo
consignado en los Partes de Pesca que fueran presentados por ante esta Dirección
oportunamente. Asimismo es de considerar que la documentación referida lleva la
firma de personas de imperceptible presencia durante la operatoria de los buques
pesqueros, ya que quien suscribe no ha conocido en sus reiteradas visitas al
mencionado puerto. 3) A fs. 97/ 113, se adjuntan supuestos documentos internos
de la empresa, en los que se advierte un pormenorizado detalle de productos
provenientes de ignotos buques e información adicional incomprensible para quien
no maneja los códigos utilizados. 4) En su descargo la empresa argumenta que las
diferencias en las cantidades consignadas en los Partes de Pesca entregados a
las distintas autoridades (nacionales o provinciales) se deben a que en los
Partes entregados a la provincia figuran sólo las capturas logradas en aguas de
jurisdicción provincial. Este argumento no coincide con los datos consignados en
los referidos documentos, en los que figuran posiciones de captura que
corresponden a la jurisdicción nacional, ya que se encuentran muy lejos de las
tres millas correspondientes a las aguas provinciales". Las actuaciones siguen
adelante llegándose a la conclusión que los partes nacionales habrían sido
falseados para aumentar las capturas, sin embargo el Director de Pesca, Jorge
Quincke emite un dictamen donde decide dar por finalizada la investigación por
no encontrar elementos suficientes para impugnar los partes de pesca "máxime
cuando en aquella oportunidad con las herramientas de control adecuadas,
aparentemente no las utilizó al momento de producirse la descarga o no accionó
en su oportunidad si tal situación irregular se hubiese comprobado." Es decir
que el propio funcionario responsable del área emite el dictamen absolviéndose y
diciendo que la administración, o sea el mismo, tiene la culpa por no haber
controlado oportunamente las descargas. Luego ese mismo funcionario suscribe el
permiso definitivo con 3.894 TN de cupo irrestricto. Estas irregularidades son
de suma gravedad y de por si causales para dictar la NULIDAD del permiso de
pesca y accionar judicialmente contra la empresa armadora por falsedad de sus
declaraciones juradas. Pero además existen otra irregularidad de igual jerarquía
que no se mencionó, como por ejemplo que el Fuji es un barco Palangrero. Por lo
tanto no debió autorizarse la transferencia de su permiso a un arrastrero. Al
respecto existen antecedentes donde la autoridad negó el cambio de arte de pesca
en un mismo barco, aduciendo que se trataría de un nuevo permiso. Además habría
que verificar si el Fuji no estuvo inactivo por más de 180 días antes de pedir
su reemplazo el 14/8/97 ya que nada se investigó al respecto.
Al igual que los poderosos genocidas de ayer, al finalizar
sus mandatos, serán juzgados porque su política aplicada es generadora de hambre
y genocidio.
Roberto Maturana
Oficial de Marina Mercante-Investigador
http://www.revistapuerto.com.ar/RP_Noticia_Detalle.php?id=110