La Cámara Nacional de Casación Penal apartó a uno de los
jueces que debía llevar adelante el juicio oral denominado “Southern Winds 2”,
un remanente de la causa en la que se investigó el envío de unos 60 kilos de
cocaína a España a través de un vuelo de la desaparecida compañía aérea
argentina en setiembre de 2004.
La Sala Uno de la Casación apartó al juez del tribunal en lo Penal Económico
número tres Luis Imas, pues entendió que podría haber “prejuzgado” en relación
con uno de los imputados en el segundo juicio, el ex operador del escáner del
aeropuerto de Ezeiza Maximiliano Wilsen.
No obstante, la Casación confirmó a los otros dos integrantes del tribunal oral,
Jorge Pisarenco y Enrique Schelgel, a quienes el abogado defensor de Wilsen,
Alberto Fornaro, también había recusado.
Según un fallo al que tuvo acceso Agencia DyN, los jueces de la Casación Juan Fégoli,
Raúl Madueño y Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso, admitieron el planteo sólo
contra el juez Imas pues en el primer juicio por las “narcovalijas” había
“adelantado opinión” sobre el rol que le cupo al operador del escáner, quien por
entonces se encontraba prófugo de la Justicia.
En aquella oportunidad, en su voto en disidencia, el juez Imas "no sólo hizo
mención del imputado Wilsen sino que señaló que su aporte resultó esencial" para
la comisión del delito, señaló el tribunal de Casación.
Concretamente, Imas aludió en aquel primer juicio al “aporte también esencial
del operador de TAS (Wilsen, prófugo)".
"Surge del párrafo transcripto que el magistrado se ha formado una convicción
que puede generar en el imputado Wilsen un temor razonable sobre la
imparcialidad del doctor Luis Imas, por lo cual habrá de hacerse lugar a la
recusación intentada sólo a su respecto", resolvió la Casación al apartarlo del
segundo juicio oral, aún en fecha por determinar.
En cuanto a los otros dos integrantes del Tribunal Oral en lo Penal Económico
(TOPE) número tres, los jueces de Casación consideraron que “la suerte del
imputado (Wilsen) no está sellada de antemano pues goza en plenitud de su
derecho de defensa, ya que puede controvertir estas pruebas y cualesquiera otras
que aparezcan y someterlas libremente al contradictorio" El TOPE 3 condenó el 21
de diciembre de 2007 como “coautores del delito de contrabando agravado por el
número de personas intervinientes y por tratarse de una sustancia estupefaciente
que por su cantidad se encontraba inequívocamente destinada a su
comercialización” a cuatro personas, en tanto que absolvió a otras cuatro.
El tribunal condenó al colombiano Juan David Aristizabal Tabares ("trasladó el
material estupefaciente al aeropuerto de Ezeiza"), a Walter Beltrame ("requirió
el envío de las maletas conteniendo la droga en el vuelo 6420 de la empresa
aérea SW para la que trabajaba”), y al matrimonio español integrado por José
Ramón González Villar y María Elena Tomil batan ("haber sido los destinatarios
de las maletas que contenían la sustancia ilícita y que arribaron al aeropuerto
de Barajas en el vuelo de SW").
En la causa resultaron absueltos Fernando Arriete, Claudio Baudino, Ariel
Tamburrini y Guillermo Sardi.
A Wilsen "se le atribuye haber operado en el aeropuerto de Ezeiza el escáner de
rayos x por donde habrían pasado las valijas conteniendo la droga antes de ser
despachadas rumbo a España. En esa ocasión habría omitido retener el equipaje
para que las fuerzas de seguridad efectuaran un control más exhaustivo".
En julio del año pasado, Wilsen, sobre quien pesaba una orden de captura dictada
por el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky desde dos años antes, se
entregó ante Ezequiel Berón Astrada, el juez que en ese entonces estaba al
frente del remanente de la investigación.
Poco después fue procesado con prisión preventiva.
Carmen Coiro