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Canje de deuda: rechazaron amparo de Pino Solanas

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UNA MALA NUEVA
UNA MALA NUEVA

Finalmente, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, rechazó la acción de amparo presentada por varios diputados nacionales, entre ellos Fernando "Pino" Solanas, contra el decreto presidencial que autorizó el canje de deuda, confirmaron fuentes tribunalicias.

 

El magistrado afirmó que los legisladores, como tales, no están habilitados a actuar en juicio en razón del cargo que detentan, ya que sus funciones sólo los facultan a desempeñarse, con ese carácter, en el Congreso Nacional.

La acción fue promovida por Solanas, Claudio Lozano, Victoria Donda, Miguel Bonasso, Alcira Argumedo y Liliana Parada, quienes, junto con el ex Defensor del Pueblo porteño, Antonio Cartaña, pidieron que se declarara la inconstitucionalidad del decreto 1953/09.

Los demandantes reclamaron a la justicia que ordenara al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) suspender "cualquier tipo de negociación", hasta que se definiera la legitimidad de las obligaciones contraídas con los tenedores de bonos que quedaron fuera del canje efectuado en 2005, denominados "holdouts".

Los legisladores expusieron que la deuda externa argentina es actualmente materia de tres investigaciones que tramitan en la justicia federal penal, en cuyo marco se habría determinado la ilegitimidad parcial del endeudamiento en el período 1976/1983.

Marinelli consideró que, antes entrar a analizar el "fondo de la cuestión", debía resolver si los demandantes podían promover la acción de amparo con las características como la plantearon.

Basado en fallos de la Corte Suprema de la Nación, el juez concluyó que "los legisladores carecen de legitimación, en razón del cargo que detentan, para actuar en juicio, porque esa calidad sólo los habilita como tales en el ámbito del órgano que integran y con el alcance otorgado a tal función" por la Constitución.

"Tampoco se advierte -agregó el magistrado- que mediante el decreto (impugnado) se esté cercenando a los accionantes el ejercicio de sus atribuciones como legisladores".

Por tales motivos, el juez rechazó "in limine" (de plano, sin tramitarla) la acción de amparo, y ordenó el archivo del expediente.

Una mala noticia para este martes.

 

Ana Grillo

Fuente Télam

 

2 comentarios Dejá tu comentario

  1. la verdad que pino es un invento de los k, solo para polarizar votos que jamas van a ir a los k, miren los diputados de su bloque, votan todos los proyectos del gobierno

  2. Que hagan la denuncia como Ciudadanos y no como Legisladores. Ante todo son ciudadanos. No tiene porqué entrar en la "lotería" de una votación en el Congreso. Un voto mayoritario, no detrmina ni de cerca si hay algo le´gitimo o ilegítimo. Solo "gana" el que más legisladores cosecha en la votación y ningún Juez puede impedir que un Ciudadano que posee información comprobable que puede servir como prueba o al que dicha información o documentación, le genera dudas o sospechas sobre la legitimidad de la deuda pública (el ciudadano paga impuestos y con su esfuerzo la deuda), no puede ser obviado por ningún Juez. Solo si el proceso estuvo mal encarado y aún así; si la falla estuvo en el procedimiento; el Juez ya está en conocimiento del posible delito y nada lo exime de hacer él la denuncia correspondiente ante quien corresponda, sobre lo que llegó -aún equivocada o erróneamente-. De no hacerlo, será cómplice por obstrucción de Justicia u ocultamiento intencionado de información o pruebas o -sencillamente-; por ser parte del "negocio".

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