Ya hemos hablado oportunamente de la inconstitucionalidad e ilegalidad de las actuales restricciones al "mercado único y libre de cambios".
De lo que no se ha hablado es de cómo han hecho algunos para eludir el cepo cambiario. Cuando esta medida se sostenía únicamente en decisiones de la AFIP, hubo quienes reservaron pasajes al sólo efecto de que se les autorizara la compra de dólares.
Una vez adquiridos los billetes extranjeros, la maniobra consistía en dar de baja las reservas —operación que no implica costo alguno— y atesorar los dólares adquiridos a precio oficial y en el mercado lícito.
Ahora bien, el vacío legal que permitía esta forma de eludir el cepo cambiario ha llegado a su fin. La Comunicación 5318 dictada por el Banco Central el 5 de julio pasado, percatándose de esta situación, obliga al adquirente de moneda extranjera con fines turísticos a reingresar las divisas adquiridas con la correspondiente devolución de su valor en pesos —si el viaje no se realizara— otorgándole para ello un plazo de cinco días hábiles.
Sin embargo, el incremento de la brecha entre el dólar oficial y el denominado dólar "blue", torna cada vez más atractiva la búsqueda de nuevos atajos. Como ejemplo, va este caso imaginario: un señor declara la necesidad de hacer un viaje al exterior y hace las reservas correspondientes.
Consecuentemente, se le permite el acceso al mercado oficial de cambios. Adquiere en dicho mercado los dólares que el Estado le autoriza. Luego: la inseguridad.
El señor denuncia ante la autoridad policial que le han sustraído los dólares recientemente adquiridos. En realidad, los dólares ya los puso a resguardo. Y el Estado no podrá exigirle que reintegre los billetes verdes dado que, en los papeles, ya no los tiene.
¿Riesgos? Que se le pruebe al ahorrista clandestino la comisión del delito de falsa denuncia y, luego de un largo proceso, que se lo condene al cumplimiento de una pena excarcelable o al pago de una multa. En definitiva, un riesgo casi teórico, por lo difícil que resultaría acreditar que la sustracción no existió. Un riesgo que sin duda tomaría quien decidiera ponerse en la absurda situación de delinquir para poder acceder al mercado oficial.
La presente nota no persigue difundir o sugerir modalidades ilícitas de acceso al mercado de cambios. Es convicción del autor que la ilegalidad del Estado no debe ser contrarrestada con el accionar ilegal de la ciudadanía. Y no es otro que el Poder Judicial quien debe ajustar a derecho a las autoridades públicas.
Lo que sí se intenta demostrar en estas líneas es lo absurdo de las restricciones cambiarias, restricciones que nunca alcanzan y que cada vez necesitan de nuevas y mayores restricciones. Restricciones que desnaturalizan lo que la propia Comunicación 5318 del BCRA todavía denomina en su encabezado "mercado único y libre de cambios" (¿único? ¿Y el "dólar blue"?; ¿Libre? Sólo el mercado negro).
El absurdo es, precisamente, pretender reglamentar las cosas contra su propia naturaleza.
José Lucas Magioncalda
Especial para Tribuna de Periodistas