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Los límites del derecho a la asistencia

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UNA MIRADA INTEGRAL A UN TEMA POLÉMICO
UNA MIRADA INTEGRAL A UN TEMA POLÉMICO

La asistencia es un derecho. Toda sociedad que, por las características que adopta para su funcionamiento, primero pauperiza y excluye a buena parte de sus miembros, debe asumir maduramente su responsabilidad por el daño ocasionado y disponerse a adoptar profundas medidas reparatorias. Y debería hacerlo por la vía del derecho pleno, o bien —mientras tanto— mediante políticas sociales que tiendan a neutralizar el deterioro de las condiciones de vida de la población, a la par de ir creando las condiciones para contribuir a la consolidación de un orden social más justo y equitativo.

 

El derecho a la asistencia, no cambia la naturaleza de las relaciones sociales vigentes en la sociedad. Pero sí debilita la lógica de quienes defienden la continuidad de sociedades inequitativas, y —a la vez— ética y estratégicamente contribuye a la reparación de los problemas sociales, en la perspectiva de ir construyendo alternativas más sólidas para un funcionamiento social más digno y más humano.

Reconocer el derecho a la asistencia implica la aceptación de que las personas a ser asistidas, básicamente carecen —por las condiciones del funcionamiento social— de posibilidades para un adecuado despliegue de sus potencialidades que, entre otras cosas, les permita satisfacer autónomamente sus necesidades. Familias sin los medios suficientes para la reproducción de su vida, con problemas de empleo, con ingresos degradados, con problemas habitacionales, de salud, de escolaridad, no pueden más que tender a repetir esas condiciones en las generaciones siguientes.

Interferir e interrumpir ese proceso social negativo, constituye una responsabilidad ética impostergable, pero —además— implica asumir una imprescindible opción de fortalecimiento de la democracia, en tanto una verdadera democracia no puede reconocerse como tal con graves niveles de pobreza y exclusión.

Además, las propias contingencias de la vida pueden conducir a cualquier persona a padecer accidentes que le generen discapacidades puntuales, cuya atención y protección posterior es menester que sea asumida por las instituciones específicas de todo Estado moderno.

En 1961, el médico argentino Regino López Díaz, Director Nacional de Asistencia Social, afirmaba: “Es nuestra aspiración común que este país no tenga necesidad de un organismo encargado de la asistencia social”. ¡Cómo no coincidir con esa aspiración! Pero resulta que a 56 años de haber sido formulada, todavía no sólo no se concretaron los cambios que hicieran innecesaria la asistencia, sino que se produjo un significativo aumento de la pobreza y de la desigualdad social.

También el economista sueco Gunnar Myrdal, que obtuvo el premio Nobel de Economía en 1974, manifestaba en 1968: “Mi ideal es que se lleven a cabo reformas sociales tales —en los vastos campos de la distribución del ingreso, la vivienda, salud pública, educación, el enfrentamiento de la delincuencia, etc.— que el Servicio Social se vuelva más bien innecesario o se transforme en algo muy especial, algo individualizado y especializado, mientras no sea simplemente la administración de la legislación social.” Pero esas “reformas sociales” (que también nosotros deseamos, profundas y lo antes posible) no se cristalizaron a cabalidad. Y la asistencia, entonces, continúa siendo necesaria.

Las políticas de asistencia son insuficientes, pero hay algo mucho más insuficiente aún: la ausencia de políticas de asistencia. Desconocer el derecho a la asistencia es precisamente el posicionamiento que asumen los gobiernos conservadores, que tienden a recortar los recursos destinados a la acción social, desertando de esta responsabilidad estatal o bien transfiriéndola hacia modalidades de beneficencia y de voluntariado, optativas y además escasas, a ser encaradas por sectores privados (empresariales, religiosos, filantrópicos).

Defender la idea de la asistencia como derecho, exige también diferenciar esta concepción de aquellas alternativas que, con lamentable frecuencia, transforman la asistencia en un recurso para la construcción de relaciones clientelistas, generando dependencia y sumisión. Toda persona o grupo que recibe algo (por la vía del no derecho), siempre queda en deuda con el que se lo da. En ese caso, el que recibe debe a quien da. Por el contrario, los derechos implican el reconocimiento de ciudadanía plena para toda la población, fortaleciendo la autonomía y neutralizando la discriminación y la diferenciación social.

Comprender esta ecuación, nos debe impulsar a revalorizar la concepción de derechos, que es la que construye democracia en serio. Y nos podrá ayudar a alejarnos de la desgraciada descripción que contiene aquel proverbio africano, que afirma que “la mano que recibe está siempre debajo de la mano que da.”

 
 

7 comentarios Dejá tu comentario

  1. Ana, gracias,por cada palabra, que ya lo tuyo es una verdad latente, visible, palpable. Gracias ANA por decir lo que piensa todo un mundo. Existe sin lugar a dudas la mente universal. Somos muchos los que pensamos igual. Es el sentido comun, es lo que flota en el aire, lo que la gente percibe, con o sin sus bolsillos.Con o sin grietas Hay algo llamado decencia y etica, estructura espiritual y emocional, donde los bolsillos,sufridos por falta de dinero o no, empiezan a ser secundarios. Existe en el ser humano decente y sobrio algo llamado codigos, intuicion moral, imaginacion moral. Y de eso los argentinos tenemos mucho, bien guardado, pero como que lo estamos sacando de donde sea para ponerlo a funcionar.

  2. Gracias Alayon, Gracia Tribuna, Coincido con ANA. Excelente. Como dice otro comentario llevamos 70 años con esta patraña. Asi nos va.. Salu2

  3. Estamos en un tiempo de transición, que no puede extenderse sin límites, que debe trabajarse con Políticas sociales, manejadas desde el diseño, por los profesionales que forman las universidades argentinas. Basta de improvisar, es un tema muy complejo. La pobreza no es un estado insalvable cuando se atiende científicamente, con manejo de presupuestos transparentes, líneas de prestaciones sólidas y por fundamentos legales, y cuando se aplica coordinadamente con las otras prestaciones profesionales que pasan a ser auxiliares de métodos de aplicación.

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