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Graves deficiencias en el órgano anticorrupción de la CABA

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¿Y la responsabilidad de Rodríguez Larreta?
¿Y la responsabilidad de Rodríguez Larreta?

La ONG Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional publicó en las últimas horas un informe sobre el funcionamiento del órgano anticorrupción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado “Autoridad de Aplicación Ley Ética Pública Nº 4.895”.

 

En el mismo se advierte que, a poco más de 5 años de sancionada la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, el área anticorrupción del GCBA sólo ha recibido 8 (ocho) denuncias y no ha impulsado ninguna investigación o denuncia de oficio, en el ámbito de su competencia.

Asimismo, en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sólo se ha intimado a una ínfima cantidad de funcionarios morosos en la presentación de su declaración jurada, elemento indispensable para analizar la conducta de los servidores públicos.

Nótese, asimismo, la discrecionalidad con que se practican estas intimaciones: los únicos intimados son Comuneros que adeudan declaraciones juradas de 2018, pero no se ha intimado a un ex Ministro, que adeuda su declaración y forma parte del listado de los 300 morosos correspondientes al mismo año.

También se destaca que el área anticorrupción no ha dado cabal cumplimiento, junto con el Ministerio de Educación de la Ciudad, al establecimiento de la Ética Pública como contenido específico en todos los niveles de la educación porteña.

Finalmente, surge del informe que el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incumple la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, al no designar por concurso y con mandato por cuatro años, al titular de la autoridad de aplicación de dicha legislación. Contrariamente a lo que la norma establece, Rodríguez Larreta lo ha designado por Decreto Nº 241/2017, con carácter transitorio y sin que haya mediado concurso de oposición y antecedentes. Es decir, un funcionario que puede ser removido en cualquier momento por un decreto, por decisión exclusiva del principal funcionario al que debe investigar: el Jefe de Gobierno.

La falta de independencia del órgano anticorrupción de la Ciudad explica, en gran parte, la exigua labor desarrollada en lo que hace a la aplicación de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 4895. Otra parte, la explica la prácticamente nula difusión que el GCBA –tan proclive a hacer publicidad de actividades carentes de relevancia- lleva adelante respecto del citado organismo, cuya existencia, salvo contadas excepciones, no es conocida por los porteños.

 

2 comentarios Dejá tu comentario

  1. Apra, espacio publico, AGC, Educación, etc ningun funcionario (gerentes son ahora) de primer y segunda linea puede justificar gastos o propiedades. Mas la cantidad de direcciones fantasma y ñoquis. El dia que se haga una limpieza mas o menos no queda nadie.

  2. también se aprecia un gran incremento de "abogados apoderados" del gob que inician causas a troche y moche, tan patéticos y miserables que los damnificados reciben información en un papel doblado que reparte un agente de los estudios buitres, a mano para reducir gastos

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