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El escándalo de las falsas denuncias

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DENUNCIA CONTRA EL EX ASESOR DE MENORES ALEJANDRO MOLINA
DENUNCIA CONTRA EL EX ASESOR DE MENORES ALEJANDRO MOLINA

Defensoría Gral de la Nación

 

Defensoría Gral de la Nación-Callao 970 
Dr. Miguel Angel Romero

    Néstor Ricardo Charpentier por derecho propio, argentino, estado civil casado, Lic. Computador Científico,  T.E.: 4542-8326/15-4945-7916, en mi carácter de padre de los menores Kevin Christian Charpentier, Julián Paul Charpentier y Natasha Desiree Charpentier, en pleno uso de mi patria potestad , a UD con todo respeto me presento y digo:

ANTECEDENTES:

    Hace cinco años que estoy desvinculado de mis dos hijos varones por decisión del Dr Lucas Cayetano Aon del Juzgado 25 apoyado por los dictámenes del Dr Alejandro Molina y la Cámara de Apelaciones Sala E por haber cometido el tremendo delito de bañarlos. He sido sobreseído en dos oportunidades y recientemente absuelto con fallo unánime del  Juzgado Oral nro. 4 en la  causa  1713 , confirmada por Causa 5327 en Casación: Sala 2 el día 12/10/2004, determinando que los hechos no ocurrieron.

    Por iniciativa del Tutor Ad litem de mis hijos se ha resuelto realizar un tratamiento terapéutico para la revinculación, luego de cinco años de lavado de cerebro de la madre permitido por el Dr Molina. Sin embargo, ante la apelación, éste volvió a insistir caprichosamente en un peritaje psicológico mío que ya fue hecho en sede Penal y restringió nuevamente el contacto hasta que el Juez lo decida oportunamente
    Actualmente tengo una beba de cinco meses de mi nuevo matrimonio.

OBJETO:

    Vengo por la presente a denunciar lo siguiente:
    El día 23/8/2004 al enterarme que una Audiencia de las partes no iba a ser llevada a cabo, como se me había dicho, me presenté en la Defensoría de Menores de Cámara para entrevistarme con el Dr Alejandro C. Molina.
    Hablando sobre los pormenores de mi causa por las visitas de mis hijos y el inminente tratamiento terapéutico para lograr la revinculación utilizó dos frases que quedaron grabadas en mi memoria:

1)     'Después de todo a su ex mujer la eligio usted'

2)     'Usted no debió haber bañado a sus hijos, eso es tarea de la mujer' ’A mi no me hubiera pasado’

    Dado que seguir las instrucciones de la frase 2 al pie de la letra me ha provocado desavenencias con mi actual esposa al negarme a bañar a nuestra beba de 5 meses, me presenté el día 10/11/2004 solicitándole una entrevista para que nos clarificara a ambos los conceptos por él vertidos. Esta me fue negada y la solicitud no recibida por el Oficial Eduardo Corneo a pesar de insistirle en el sentido de que estaba en juego el bienestar de una menor y provocado por expresiones del propio Defensor de Menores. 
    Quisiera recalcar:
    Solicité la entrevista para que dos buenos padres podamos ejercer con responsabilidad nuestra paternidad en concordancia con los preceptos del mayor responsable de la minoridad en Capital Federal.

De las frases vertidas por el Dr Molina:.

1)     Quisiera saber los exactos alcances de esta frase, es decir si se aplicaría para cualquier elección que uno haga y si se aplica también con el otro sexo, es decir si a mi ex concubina le diría lo mismo. O si cuando transito por una calle y me chocan debo asumir que la culpa es mía por elegir esa calle. O si sufro un secuestro no debo esperar que nadie actúe dado que yo elegí pasar por ese lugar etc, etc.. Me preocupa sobremanera también estar pagando impuestos para gente que tiene claro que no debe hacer absolutamente nada, dado que según su concepto la culpa la tiene uno por existir.

2)     Quisiera que me diera el siguiente dato: en qué artículo de la Constitución Argentina o en su defecto en qué Ley se estipula esto que él afirma y cualquier otra restricción que haya para el hombre, pues no quisiera estar inflingiendo la ley por cuanto ahora que soy papá de una bebita de cuatro meses, por momentos la veo desnudita cuando la madre la cambia. Soy un ciudadano que intenta respetar la ley y mi abogado evidentemente desconoce esta que él parece conocer muy bien, a pesar que no he podido encontrar su texto en ninguna parte.

De la gravedad que encierran estas expresiones:

    Luego de escuchar estas frases alcancé a entender en toda su magnitud el porqué de la destrucción de mi familia y de otras tantas como la mía que pasan por el fuero Civil. Ellas encierran lo que hace habitualmente la autoridad competente en el tema de menores cuando es necesario que actúe: ABSOLUTAMENTE  NADA, o lo que es peor: permitir que la delincuencia obre a sus anchas, dado que el culpable no es el delincuente sino la persona que se cruza con él.
    El asesor de menores parece tener el concepto de que la mujer es un ser irresponsable e irracional menoscabándolo a tal extremo de asemejarlo con un animalito domestico que si uno lo elige mal y lo muerde, el culpable es uno por haberlo elegido. Por lo tanto todo lo que haga este ser esta justificado por su irracionalidad.
    La segunda frase encierra algo aun peor: no sólo es una clara discriminación por sexo sino que encierra la ‘apología del delito de falsa denuncia’ al ser ‘culpable de ingenuidad’ el que bañe a sus hijos, y por lo tanto, protege al denunciante falso.
    Sin embargo, no extraña al suscripto que el Dr. Molina se haya expresado con este tenor dado que lo mismo puede notarse en sus últimos dictámenes que adjunto a la presente

Note Ud que:

    A pesar de la opinión bien fundamentada por el Tutor y la abundante Jurisprudencia existente en cuanto a nunca impedir el vinculo entre padre e hijo el Dr Molina insiste en la desvinculación permanente en su informe de Fs 1303 cuando aun no se había dictado mi absolución en Penal para luego afirmar en fs1358 Pto II que esta absolución no alcanza y luego recomendar nuevamente el psicodiagnóstico del pto III que provoca la resolución de la Cámara Sala E del 24 de agosto de 2004 insistiendo nuevamente en un psicodiagnóstico que ya fue cumplimentado en sede Penal y admitido por el Juez Aquo a Fs 1112 dado que cumplió con los mismos alcances. Todo esto a pesar de que este estudio fue ordenado discriminatoriamente por la lic Vidal del Hospital Argerich a la que ya he denunciado en el Ministerio de Salud por su falta de ética y Mala Praxis y he reclamado insistentemente, sin resultado, que presente los videos de la Cámara "Gesell" que justifiquen su informe y ratifique sus frases inventadas.
    En una palabra, la orientación legal del asesor de Menores en el sentido que el padre es un mero espermatozoide con la sola función de pagar Cuotas alimentarias se denota en cada dictamen suyo. No contento con la destrucción de mi primer familia, ahora intenta destruir la segunda.
    Alcanzo a comprender ahora el porque el Dr Molina pregunta a cada padre con estos problemas si está haciendo terapia: Solamente haciendo una buena terapia se pueden soportar sus dictámenes irracionales y dictatoriales orientados a la destrucción de la familia y la tortura de las personas.
    Pregunto a Ud Dr Romero: ¿Las dictaduras unipersonales no habían terminado con el libro ‘Nunca Más’?, o¿ debo pensar que aun quedan resabios de esa época que hacen que mis hijos hayan perdido su identidad como los que frecuentemente recuperan las Abuelas de Plaza de Mayo?
    ¿Es que acaso cada vez que un ciudadano forme una familia y tenga la desgracia de caer en ese fuero Judicial los funcionarios harán lo posible por destruirla?¿La función de estos señores no es resguardarla?
    Luego de soportar estoicamente durante cinco años la falsa acusación sobre mi, ver como se destruyen mis afectos mas preciados y la salud mental de mis hijos ‘para protegerlos’(¿¿??¡¡!!) ahora pregunto: ¿de quien o de que fueron protegidos mis hijos en este lapso? ¿ en manos de quien se los dejo?¿ acaso para cubrir un delito lo que debe hacer un delincuente es denunciar primero a la victima?.
    Quiero recalcar a Ud que a partir de hoy viviré con el temor de la posible represalia que realizara este señor en mi perjuicio y por ende de mis hijos cuando alguna de mis causas pase por sus manos, pero hay dos cosas que él no ha contemplado:

1.      Cuando alguien lo ha perdido todo por las injusticias, no le da importancia a una más.

2.      Creo que no se puede permitir bajo ningún concepto que volvamos a sentir el peso de una bota sobre nuestras cabezas.

Petitorio:

1.      Se tenga por presentada la presente denuncia.

2.      Se haga lugar a la prueba ofrecida.

3.      Se investigue a fondo todo lo mencionado

4.      Se resuelva, oportunamente, las sanciones  por mal desempeño de sus funciones, o lo que corresponda..

    Por razones de orden económico me veo imposibilitado de aportar todo el material fotocopiado de la sentencia y Actas mencionadas, que se encuentran en los expedientes y pueden ser constatados por Ud.  
   
En caso de resolver que la Defensoría Gral. de la Nación no es el ámbito competente al que debo recurrir para que el asesor de menores de mara no ejerza su función a modo de dictadura, se me indique y asesore ante quién o quiénes debo presentarme..
 
    Confiando en su sensatez y en Dios, saluda a UD. Muy atte.

Néstor Ricardo Charpentier
LE 8.522.544
http://nestorcha.blogspot.com/

 

 

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