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Insólito: sobreseyeron al proveedor de “Carbón Blanco” por el paso del tiempo

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Delfín Castedo, asesino de Liliana Ledesma
Delfín Castedo, asesino de Liliana Ledesma

Por una sumatoria de errores de jueces y fiscales, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 La Plata debió absolver al proveedor de cocaína del argentino que más kilos traficó hacia Europa. Por esos yerros de los investigadores, el abogado del acusado fue a lo más seguro: en vez de intentar demostrar que su cliente, Delfín Reynaldo Castedo, no tuvo nada que ver con Carlos Salvatore, cerebro de «Carbón Blanco», planteó directamente su sobreseimiento por el paso del tiempo. Y el 12 de febrero los jueces Alejandro Daniel Esmoris, Nelson Javier Jarazo y Esteban Carlos Rodríguez Eggers tuvieron que darle la razón.

 

El Tribunal Oral Criminal Federal (TOCF) de Resistencia sentenció el 17 de septiembre de 2015 a Salvatore a 21 años de prisión por enviar en 2012 unos 1057 kilos de cocaína a Portugal: dos fueron descubiertos ya en el puerto de Lisboa y el otro fue interceptado en Buenos Aires. El traficante murió en 2018. Para ese momento sumaba imputaciones y procesamientos por otros 3749 kilos desde Barranqueras, Rosario, Zárate y Campana, en Argentina, hacia Valencia, Bilbao y Lisboa, en España y Portugal.

Un año después, el 22 de julio de 2016, los gendarmes detuvieron a Castedo en Ituzaingó. El juez de Tartagal Nelson Aramayo lo acusaba de ser el autor intelectual del crimen de Liliana Ledesma ocurrido el 21 de septiembre de 2006 en Salvador Mazza luego de que ella lo señalara como el instigador del asesinato de su marido traficante Gilberto Villagómez Arancibia. Por su parte, los fiscales Eduardo Villalba, José Luis Bruno y Diego Iglesias sospechaban que Castedo era el histórico proveedor de cocaína de Salvatore.

Esa sospecha se fortaleció luego de que en una investigación contra Andrés Mauricio Sánchez Gálvez, una persona bajo reserva de identidad declaró en 2017 que «Delfín era quien proveía los estupefacientes a Salvatore» desde «una finca en Salvador Mazza lindante con Bolivia». En realidad eran dos: El Pajeal y El Aybal. En consecuencia, el juez Federico Villena abrió un expediente paralelo.

A partir de la información aportada por el testigo protegido, los fiscales Cecilia Incardona y Diego Iglesias señalaron a Castedo como el proveedor de cocaína de los 252 kilos que Salvatore hizo cargar entre bolsas de carbón vegetal enviadas el 30 de marzo de 2005 a Valencia; los 668 kilos del 8 de abril de ese año también con destino final hacia ese puerto español; y los 128 kilos escondidos hasta el 25 de junio en un motorhome en Capilla del Señor. Entonces, el magistrado lo indagó el 30 de noviembre de 2017.

El juez elevó a juicio el expediente contra Castedo como «coautor de los delitos de contrabando de sustancias estupefacientes agravado por haberse cometido por tres o más personas en dos hechos y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada que concursan realmente entre sí», pero no por la «asociación ilícita» que fue «Carbón Blanco».

Por eso, el abogado Mariano Álvarez planteó la prescripción de los delitos al advertir que a Castedo lo juzgarían por tres hechos que habían sucedido más de doce años antes, es decir prescriptos incluso al momento de la indagatoria, porque «la escala penal prevista para el delito de contrabando de estupefacientes era de doce años». Los investigadores habrían podido interrumpir el conteo de la prescripción si lo hubieran imputado por «asociación ilícita», delito considerado continuado hasta la detención de Salvatore en 2012, pero como Castedo tenía varias causas abiertas en diversas jurisdicciones eso habría significado violar la garantía constitucional del non bis in ídem: juzgarlo dos veces por un mismo hecho.

Las únicas dos posibilidades era que el primer juez de «Carbón Blanco» en Chaco determinara a tiempo que Castedo había sido el proveedor de Salvatore o que un solo juez investigara todos los hechos relacionados con aquel caso. No sucedió ninguna de las dos.

Mientras tanto, el TOCF de Resistencia sentenció el 8 de marzo de 2019 a Silvia Susana Vallés Paradiso y Santiago Vallés Ferrer, viuda y suegro de Salvatore, a 7 años de prisión y a su socio Ricardo Gassan Saba a 9 años por lavar activos de «Carbón Blanco» y decomisó 115 cuentas bancarias, 81 inmuebles, 25 autos, 69.642 pesos, 74.571 dólares y 8.145 euros.

En un segundo tramo de la investigación por lavado, el juez Miguel Aranda y el fiscal general Federico Carniel procesaron en diciembre de 2019 a Sergio Daniel Salomone, la pareja Analía Viviana Tejero, Eduardo Antonio Macri, Gabriel José Morón, la pareja Gladys Peregal y el hijo Ariel Morón. Y en febrero ordenaron detener a Leopoldo Daniel Carrena.

Sin embargo, en La Plata, no pudieron avanzar contra Castedo: el fiscal de juicio Marcelo Molina consideró procedente el planteo del abogado. Por su parte, Esmoris, presidente del tribunal, señaló como fallas de los investigadores no haber unificado las causas de «Carbón Blanco», es decir todos los envíos de cocaína a Europa vinculados con Salvatore y Castedo, avaló el pedido del letrado y, como sus pares Jarazo y Rodríguez Eggers, resolvió sobreseer a Delfín por el paso del tiempo.

Sin embargo, Castedo continuará detenido en Ezeiza. Todavía tiene tres causas pendientes. El caso Sánchez Gálvez, del juzgado de Lomas de Zamora, donde el testigo protegido lo acusó al pasar de ser el proveedor de Salvatore-, que se dividió en dos: la inicial, por el secuestro de 113 kilos de cocaína en un estacionamiento de la avenida 9 de Julio; y la conexa, por el lavado de activos de miembros de la banda, que terminó en la absolución del empresario colombiano Jesús Antonio Yepez Gaviria porque la Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó la elevación a juicio fuera de tiempo.

La segunda, en Salta, por los delitos de «asociación ilícita y lavado de activos», por el que este año debería sentarse en el banquillo.

La tercera, en Orán, como instigador del crimen de Ledesma aunque el tribunal, llamativamente, lleva ya dos años sin comenzar el juicio.

 

3 comentarios Dejá tu comentario

  1. No fui a lo más seguro. Fui a lo que correspondía. La prescripción es una cuestión de orden público ineludible. Igual, de toda la incorporación por lectura previa al debate surge que castedo no tiene nada que ver en el expediente y que ya hay una persona condenada en su lugar (en una de las tantas carbón blanco). Cuando quieras te paso todos los elementos Agustín. Saludo atte.

  2. Perón mi ignorancia pero no entiendo porque si la persona está absuelta sea x lo que sea, la prensa sigue diciendo que es proveedor si eso no se llegó a discutir. Además dicen que todavía no tuvo juicio por liliana ledesma pero al mismo tiempo, debajo de la foto que abre la nota dice asesino de liliana ledesma. No entiendo. Gracias

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