El pederasta Guillermo Ernesto “Memo” Gray, de 64 años de edad, condenado a 10 años de prisión efectiva el día 04/05/2021 por abuso sexual a su nieto David de 3 años de edad, pide, ahora esgrimiendo dudosos certificados médicos, la concesión de prisión domiciliaria. La solicita, aún sin que la Cámara Penal se haya expedido sobre los fundamentos de la sentencia que lo encontró culpable de delitos aberrantes contra el niño.
Tanto la Fiscal del Juicio como el Tribunal de Enjuiciamiento, determinaron la existencia de peligros y riesgos procesales en la causa.
El audaz requerimiento de la prisión domiciliaria estuvo a cargo de estos abogados:
Nadia Edith Orce, hija de un represor sangriento y enfervorizada defensora de la represión ilegal, exige trato humanitario.
La Fiscal de Cámara, Marta Jerez de Rivadeneira tiene en sus manos la decisión de cortar el espiral de perversión del delincuente, evitando la sensación de frustración e impunidad que provocaría dicho beneficio impropio en el niño abusado y la exposición, con el “arresto domiciliario” de varios nietos pequeños que circulan diariamente por su domicilio.
Para mayor burla, Gray propone regresar a la propia Escena del Crimen en la que sometiera reiteradamente al Niño
A pesar de que la sentencia determina prisión efectiva en la cárcel de Villa Urquiza y establece su peligrosidad, Gray nunca fue enviado hasta ahora a la cárcel, sino que se encuentra protegido en las dependencias de una Comisaria de Barrio Norte de Tucumán.
El niño recién comienza a sentir que se hizo Justicia con su violador, teóricamente, tras las rejas y ya las autoridades están debatiendo la posibilidad de favorecerlo con arresto en la comodidad de su domicilio junto a su esposa, hijos y nietas, debilitando con esto, el propio Veredicto de Condena en las narices de la víctima y propiciando su fuga.
El condenado tiene el suficiente poder económico y familiares en varios países incluidos Brasil y Estados Unidos, razón por la cual existe un peligro Real de Fuga, más aun teniendo en cuenta que huyendo le quedan alternativas comunicacionales, en cambio quedándose en su domicilio, deberá soportar, no tan sólo la pena judicial sino el escarnio público que vive como consecuencia de la trascendencia provincial y nacional de la causa, que ha suscitado fuerte indignación popular.
Dadas las claras relaciones políticas, sociales y religiosas que Gray ha demostrado tener en el ámbito provincial y en especial en el Poder Judicial, una prisión domiciliaria podría permitirle influir u obstaculizar causas que aún tiene pendiente su hija, Mónica Gray Almonacid, progenitora del niño víctima, que brindo testimonio a favor de la defensa del pederasta y en contra de su hijo, que la acusó en Cámara Gesell de estar presente en el lugar de los hechos cuando ocurrían.
Los pederastas tienen un grado altísimo de reincidencia y en el concierto internacional, ningún país ha logrado una reinserción controlada de este tipo de delincuentes.
En este sentido Guillermo Ernesto Gray, ha logrado tal grado de naturalidad de este tipo de violencia, dentro de su entorno familiar, como las que se puede observar en el Facebook de su esposa, cuando al exteriorizar su alegría por el primer cumpleaños de su nieta y sin ningún tipo de crítica por parte de su pariente, el pederasta, refiriéndose a la nena escribe la frase: “Es mi novia!!!”.
La Argentina en general y en particular la provincia de Tucumán, está atenta a la opinión de la Sra Fiscal Marta Rivadeneira y más aún, de las decisiones que sobre el particular tomen los Jueces de la Cámara Conclusional Sala I, Dres. Kassar, Bahler y Paez de la Torre, sobre el insólito pedido de arresto domiciliario de un reciente condenado por delitos sexuales que se mostró desafiante durante todo el Debate Oral y que busca ahora, sustraerse rápidamente, de la condena, antes que el propio Tribunal la fundamente.
Está en riesgo el Estado Nacional por incumplimiento de compromisos internacionalmente asumidos en la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que forma parte del Artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.