La Cámara Federal confirmó que el ex secretario de Finanzas Daniel Marx deberá afrontar un juicio oral y público acusado de “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública” por presuntamente haber manipulado la designación de un grupo de entidades financieras para intervenir en el denominado “megacanje” de la deuda externa, decidido sobre las postrimerías del gobierno de la Alianza.
La Sala Segunda de la Cámara rechazó dos planteos de la defensa de Marx, a cargo del abogado Carlos Beraldi, contra la prosecución de la causa y su elevación a juicio oral, y confirmó que el tribunal oral federal número uno deberá seguir adelante con la preparación del proceso.
En la misma causa ya está procesado el ex ministro de Economía Domingo Cavallo, y el fiscal federal Federico Delgado pidió al juez Marcelo M artínez de Giorgi que haga lo propio con el ex presidente Fernando De la Rúa.
Marx está acusado por la presunta “manipulación de la elección de quienes habrían de participar en tal operación”, un consorcio de entidades financieras integrado por el Banco Francés, Banco Galicia, Credit Suisse First Boston, Grupo Santander Central Hispano, HSBC, J.P.Morgan y Salomon Smith Barney “en el marco del canje de deuda pública llevado a cabo en el año 2001”.
Según la Cámara Federal, Marx “es imputado como partícipe de un proceso de negociaciones que culminó con una ilegítima designación de sus participantes”.
Según documentación a la que tuvo acceso Agencia DyN, Marx había planteado que la causa no podía seguir adelante porque aún quedan instancias de apelación pendientes.
Pero los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah replicaron que “la subsistencia de vías de impugnación extraordinarias interpuestas por el imputado no impide que se sustancie la etapa de crítica instructoria”, es decir el juicio oral.
“Requerir que lo actuado durante la instrucción sea avalado sucesivamente en cuatro instancias de contralor jurisdiccional desnaturalizaría la esencia fundamentalmente preparatoria de esta etapa, atentaría contra el ejercicio adecuado y eficaz de la administración de justifica y afectaría la garantía constitucional de defensa en juicio comprensiva del derecho de toda persona encausada a ser juzgada en un plazo razonable”, sostuvieron.
El artículo 265 del Código Penal establece que “será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”.
Carmen Coiro