Hans Kelsen fue un filósofo del derecho de origen austríaco fallecido en California en 1973. Nos enseñó a casi todos los abogados contemporáneos a determinar la estructura jurídica de un estado soberano y su relación con las demás naciones del mundo. Generó una teoría esencialmente práctica mediante una pirámide de normas en el marco de cada nación, cuya Constitución funcionaba como ley suprema. Nos ilustramos con Kelsen lo suficiente para absorber que el orden jurídico internacional se presentaba como otro conjunto de normas diferente al de cada nación. La profundización de estos conceptos tan generalizantes y profundos ha llevado a los juristas a escribir impensables cantidades de volúmenes enriqueciendo el saber de los abogados desde el primer día que nos acercamos a la facultad de derecho y aprovechar sin darnos cuenta una formación filosófica básica y sustentable para aplicar hasta en la más elemental reflexión jurídica.
Se me ha ocurrido pensar en la responsabilidad académica de los profesores de filosofía del derecho o del derecho internacional público cuando algunos de sus alumnos -accediendo a cargos relevantes de la función pública- incurren en lapsus demasiado alejados de la lógica elemental del derecho, cuando demuestran que los “estudios cursados” en la facultad habilitante no le han alcanzado para percibir el conocimiento primordial de las instituciones y principios de la ciencia jurídica.
La doctora Fernández de Kirchner ha declarado en territorio argentino la necesidad de apelar una decisión de la Corte Suprema de Justicia en “tribunales internacionales” y agregó desde la ciudad de New York textualmente y refiriéndose a un caso de jurisdicción local: “siempre se puede apelar en un país democrático…”
La señora presidenta puede haber pensado que la Corte “Suprema” de la nación argentina sufre una atrofia o disminución en su competencia integral mientras esta república se encuentre en situación de “estado de jure” bajo un régimen democrático, por contraposición al vituperable “estado de facto” durante el cual -sugiere tácitamente la doctora Fernández- se le podría reconocer una supremacía de inapelabilidad al más alto de los tribunales de cualquier dictadura. La frase es muy clara y digna de reafirmar para que no queden dudas: “siempre se puede apelar en un país democrático…”, lo dijo convencida como si en la democracia todo se pudiere, incluso no permitir a la CSJ ejercer su derecho soberano y apelar sus sentencias en otra parte, talvez erróneamente se refiera a La Haya o Costa Rica. Ello significaría que los militares del Proceso de Reorganización Nacional gozaban de una Corte “Suprema” realmente suprema, vale decir, situada en la posición más alta o por encima de todos, que no tiene superior en su línea, mientras los regímenes democráticos cobijan en su seno un supremo tribunal recortado, pues la titular del Poder Ejecutivo o el gobernador Peralta manifiestan poder apelar sus sentencias en tribunales internacionales o anularlas de un plumazo bajo la calificación del "imposible cumplimiento".
Antecedentes históricos no les faltan a la presidenta de los argentinos, al gobernador santacruceño y a cierto poderoso diputado para asumir estas curiosas verónicas jurídicas contrarias al art. 31 de la C.N. En el derecho indiano se recibían las órdenes del rey de España para los encomenderos y éstos gozaban de la pintoresca facultad de acatarlas y al mismo tiempo rechazarlas invocando su imposible ejecución. También entre las figuras circenses, Hebe Bonafini acompañada del sindicalista judicial Piumato amenazaron con tomar el Palacio de Justicia. Se encuentran más precedentes en las biografías de Federico II de Prusia, Mussolini, Hitler, Stalin, Castro y Chávez por orden cronológico.
De cualquier manera se hace menester que la presidenta señale cual sería el tribunal internacional competente para decidir si el procurador provincial Eduardo Sosa fue despojado de su cargo inamovible mediante una maniobra espúrea de algún gobernador del pasado cercano -temeroso desde muchos años atrás- que Sosa le revise el caso de una “megafuga” de caudales públicos al extranjero o si esta denuncia no fue otra cosa que una mera difamación corporativo-mediática.
El Twitter por donde se manifiesta la presidenta debe presentar severas fallas o talvez la mano misteriosa de los monopolios es la que logra confundir a la señora al afirmar que el juez de La Plata Elvio Sagarra “es un juez de la provincia de Buenos Aires y, por lo tanto, es incompetente: no puede tomar medidas contra medidas de un gobierno nacional…”. Se hace evidente que los intereses de los medios concentrados deben incidir en la comisión de los garrafales errores. El doctor Sagarra es un juez "federal" con sede en la ciudad de La Plata por lo tanto también integra el “gobierno nacional” y su competencia es plena para la medida cautelar a favor de la existencia de la empresa Fibertel, circunstancia que yo particularmente celebro pues me siento amparado por la decisión del magistrado en mi carácter de usuario directamente vinculado por un contrato de servicio con esta empresa catalogada como “no empresa” por una resolución del ministerio del arquitecto De Vido o del señor Guillermo Moreno, ambos sin potestad jurisdiccional ni competente para privarnos y perjudicarnos a más de un millón de usuarios satisfechos de los servicios de Fibertel, empresa que, a nuestro juicio, funciona mucho mejor y más seriamente que Indec, Oncca, Aerolíneas Argentinas, Enarsa, el Canal 7, el neofútbol propaganda electoral y tantos otros órganos de la burocracia estatal. Por lo menos Fibertel nos cobra el costo estricto de su buen servicio y no nos hace perder miles de millones dólares a los cuarenta millones de argentinos.
Ernesto Poblet
DNI 5.859.976
epoblet@fibertel.com.ar