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Cómo el kirchnerismo destruyó a sus vices

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EL RÉGIMEN K POR SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES
EL RÉGIMEN K POR SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES

El actual ministro de Justicia, Julio Alak, sostuvo en una oportunidad respecto de Julio Cobos, que "En su carácter de vicepresidente, integra el Poder Ejecutivo y no hay antecedente en 200 años de historia de que un vicepresidente, a tres meses de la elección presidencial, se haya transformado en el líder de la oposición" 

 

Este criterio fue sostenido también por la Presidenta, al tiempo de designar a dedo a quien fuera su reciente candidato a vice, hoy Vicepresidente electo.

Sin embargo, este modo de entender la función del vicepresidente es errónea, y su difusión a través de distintos funcionarios públicos de alto rango evidencia una actitud malintencionada tendiente a confundir a la ciudadanía.

En efecto, de ninguna manera puede sostenerse que el Vicepresidente de la Nación integra el Poder Ejecutivo Nacional. Sí es el reemplazo natural, en caso de ausencia del primer mandatario. En definitiva, es un mero suplente, que asume la Presidencia temporalmente, sólo en circunstancias excepcionales.

A tal punto el Vicepresidente de la Nación no integra el Poder Ejecutivo, que ni siquiera tiene la facultad de refrendar decretos presidenciales, como sí la tienen el Jefe de Gabinete y los Ministros —quienes tampoco integran dicho Poder, que por definición es unipersonal— sin cuya firma las decisiones del Poder Ejecutivo carecen de validez.

La función permanente, no excepcional, que tiene el Vicepresidente de la Nación, es la de presidir el Senado. En definitiva, el Vicepresidente sí integra un Poder, que no es el Ejecutivo, sino el Legislativo.

Ahora bien, el hecho de que desde dicho poder se pueda llegar al Ejecutivo en determinadas circunstancias, como ha ocurrido, no sólo con vicepresidentes, sino en ausencia de éstos con legisladores nacionales, (por ej: luego de la renuncia de Fernando De La Rúa) no implica que dichos funcionarios revistan el carácter de integrantes del Ejecutivo.

Para que quede claro, no se pueden integrar dos Poderes al mismo tiempo, fundamentalmente por el principio republicano de la división de poderes. Por esta misma razón, es ilógico —desde una óptica republicana— exigir al vicepresidente que actúe como un apéndice del Ejecutivo, más aún en el ejercicio de funciones legislativas. De lo contrario, no se entendería por qué motivo se le asigna al vicepresidente el voto de desempate.

En efecto, si esta atribución no tuviese como fundamento reconocer el derecho a expresarse en forma autónoma de quien ha sido elegido por toda la ciudadanía, en distrito único para presidir el Senado, el desempate estaría constitucionalmente en manos del presidente de la nación o de un delegado designado por éste.

La puesta en escena mediante la cual una candidata a Presidenta en ejercicio de la primera magistratura, revela quien la acompañará en la fórmula ante la sorpresa de sus aplaudidores —como si otorgara un premio o una condecoración— fue el primer paso para condicionar, menoscabar y desnaturalizar el ejercicio autónomo de la vicepresidencia por parte de su compañero de fórmula, y actual vicepresidente electo.

El segundo paso, ocurrió hace poco, cuando luego de una broma clasista y discriminatoria, Cristina Kirchner pretendió mitigar su agresividad contra Amado Boudou afirmando que “Fue una bromita, ché. Si te puse de vicepresidente y vivís en Puerto Madero”. Es claro que la primera magistrada decidió que Amado Boudou fuese candidato a vicepresidente, pero no es menos cierto que no es ella, sino el pueblo, quien “puso” a Amado Boudou en la vicepresidencia por medio del sufragio.

Años atrás, este pensamiento absolutista ya se había esbozado cuando el propio Néstor Kirchner señaló que Cristina le había recriminado en relación a Julio Cobos: “¿qUé vicepresidente me pusiste, Néstor?”.

A pocos días del juramento que debería tomar Julio Cobos a la presidenta y a Amado Boudou, distintos dirigentes oficialistas lanzaron una ofensiva para que el actual vicepresidente incumpla con este deber constitucional. Y Cobos, por su parte, lejos de defender las atribuciones de su cargo, ofrece dar un paso al costado mientras se lo pidan formalmente.

¿Está la Constitución por encima de todo, o debe ceder ante los caprichos o rencillas de los gobernantes? ¿No es más fácil respetar la Constitución que poner condicionamientos o ejercer presiones para lograr su incumplimiento?

En definitiva, pareciera que el discurso que se baja desde el Estado es que la autoridad presidencial prevalece ante todo y en cualquier circunstancia, aún contra las funciones que la Constitución Nacional asigna a otros poderes y a otros funcionarios. Y esto es grave, porque una sociedad que aún no ha cumplido treinta años de democracia, lejos de ser subestimada o desinformada, necesita líderes que profundicen, expliciten y respeten la plenitud del sistema representativo, republicano y federal.

Después de todo, si bien es cierto que las autoridades son legítimas en tanto es el pueblo quien las elige para cumplir un período de gobierno, no es menos cierto que la Constitución y las leyes a las que deben sujetarse las sucesivas autoridades electas, son también producto del mandato popular.

 

José Magioncalda

 
 

15 comentarios Dejá tu comentario

  1. El ayudante de campo tiene que seguir la sintonía del DT. Si en algo no está de acuerdo, lo debe conversar con el Jefe del cuerpo técnico, siempre con el fin de mejorar los resultados. Si hay diferencias insalvables el ayudante de campo debe renunciar. No debe quedarse en la banca para cobrar un sueldo, mucho menos para revelarle la estrategia a los adversarios. Códigos muchachos, ¡códigos! Abrazo de gol.

  2. que verguenza, nos gobeirnan unos ineptos, pero bue, la mayoria quiere este circo, y habra que actuar hasta que caiga el telon, total, siempre pasa lo mismo, me lo cuentan desde que nací... nada nuevo bajo el sol, lastima, lo que heredamos y lo que heredaremos a los futuros Argentinos

  3. EL PODER EJECUTIVO NACIONAL ES UNIPERSONAL Y ESTA EJERCIDO POR EL CIUDADANO ELECTO COMO PRESIDENTE DE LA NACION. EL VICE ES PRESIDENTE DE LA CAMARA DE SENADORES Y REEMPLAZANTE NATURAL DEL PRESIDENTE EN CASO DE AUSENCIA, ENFERMEDAD, O ALGUNA OTRA CIRCUNSTANCIA QUE IMPIDA AL PRESIDENTE EL EJERCICIO DE SU FUNCION. LA FUNCION DEL VICE ES UNA FUNCION UN POCO ATIPICA POR COMPLETO, PUES SI BIEN PRESIDE LA CAMARA DE SENADORES LA CONSTITUCION NO LE OTRA FUNCION SALVO LA DE DESEMPATE EN CASO DE EMPATE EN LA VOTACION DE LA CAMARA. SI EL VICE PRESIDENTE TUVIESE QUE VOAR SIEMPRE DE ACUERDO A LOS PROYECTOS DEL EJECUTIVO, LA CONSTITUCION NO NECESITARIA DARLE LA FACULTAD DE DESEMPATE, DIRIA SIMPLEMENTE QUE EN CASO DE EMPATE EN LA VOTACION SE DARA POR APROBADO EL PROYECTO DEL EJECUTIVO, PERO SI LE DA LA FACULTAD DE DESEMPATE, EL VICE PUEDE DESEMPATAR A FAVOR O EN CONTRA DEL PROYECTO DEL EJECUTIVO, SIN QUE ESO SIGNIFIQUE COMO TOMARON LOS KK UNA TRAICION, SINO SIMPLEMENTE ESTA CUMPLIENDO UN ROL QUE LE DA LA CONSTITUCION. CUANDO SCIOLI FUE VICE PRESIDENTE EN UN MOMENTO LO AISLARON, A COBOS LO DEFENESTRARON Y A BOLUDU LE AUGURO ALGO MAS DE PROTAGONISMO PUES SERA UN VICEPRESIDENTE QUE LO UNICO QEU SABRA HACER ES DECIR, PENSAR, Y ACTUAR BAJO LOS DESIGNOS DE LO QUE DIGA, PIENSE O ACTUE CRISTINA.

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