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Novedades en el aplicativo para pago de Ganancias y Bienes Personales

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TEMAS DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA
TEMAS DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA

Mediante la Resolución General 3291, la Administración Federal de Ingresos Públicos introdujo cambios para la determinación e ingreso del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, para personas físicas y sucesiones indivisas, justificando los mismos al “avance alcanzado en el desarrollo de los procesos informáticos, así como razones de administración tributaria".

 

Dichos cambios se vinculan con la nueva versión del aplicativo unificado por el cual se confeccionan las declaraciones juradas, tanto originarias como rectificativas que se presenten de ahora en mas.

El programa de referencia contempla varias innovaciones entre las que se cuentan, tanto para sujetos pasivos como para sucesiones indivisas, los campos “Ultimo ejercicio fiscal por cese de actividades/sucesiones indivisas”, “Ejercicio irregular”, “Primer ejercicio fiscal”, “cantidad de meses”, “Préstamos hipotecarios” e “Importe neto del inmueble”. Esto último, con el objeto de informar cuáles son los bienes destinados a casa-habitación sobre los que pese una hipoteca.

Los montos correspondientes a deducciones personales del impuesto a las Ganancias para los períodos fiscales 2010 y 2011, conforme lo establece la Ley Nº 26.731 y la deducción por servicio doméstico, fueron actualizados.

Asimismo, en la “Determinación del Impuesto y Detalle de donaciones en dinero o en especie”, se ha añadido una opción que permite detallar los diferentes tipos de donación y su respectiva descripción.

Para las participaciones societarias, se solicita el detalle de actividades, tanto principales como secundarias, y en caso de tratarse de fideicomisos, se han habilitado las opciones que permiten cargar los datos correspondientes.

Se ha incluido además, el campo “Concepto de la operación” para la determinación del saldo de Ganancias para personas físicas - Detalle de impuestos análogos pagados en el exterior, que permite especificar la índole de la renta por la que se practicó la retención en el exterior.

Por último, también se ha previsto la incorporación del detalle de locatarios cuando se trate de inmuebles cedidos en alquiler y el desglose de renta por país toda vez que se informen ingresos provenientes del exterior.

 

Nidia Osimani
Twitter: @nidiaosimani

 

1 comentario Dejá tu comentario

  1. AFIP debería tomar personas reales, no fideicomisos, sociedades truchas, analizar los capitales reales de las personas cuando forman sociedades, (EXIGIR EL CAPITAL EN MONEDA, NO EN PAPELES, CUYOS DEPÓSITOS ESTÉN EN EL BANCO CENTRAL, CON NOMBRES Y PORCENTAJES DE CADA UNO DE LOS ACCIONISTAS, A LOS CUALES SE LES PUEDA PEDIR CUENTAS DE SUS INVERSIONES), cada vez embarran más con número leyes y resoluciones, y cada vez tenemos más delincuentes económicos, QUE QUIEBRAN RETIRAN SUS CAPITALES Y AQUÍ NO PASÓ NADA, los que no pueden zafar del impuesto a las ganancias son los empleados que cobran un poco más y cuando les dan un aumento se lo retienen con el impuesto a las ganancias, ese dinero de impuesto al IDIOTA QUE TRABAJA, SIRVE PARA MANTENER A TODOS ESOS TRUCHOS.

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