La Constitución Nacional garantiza a la Ciudad de Buenos Aires un “régimen autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción”. En este contexto y, a partir del dictado de la denominada “Ley Cafiero” —en algún punto restrictiva de la autonomía local— y de posteriores acuerdos entre la Ciudad y la Nación, se han ido traspasando a la Ciudad funciones que detentaba la Nación, sobre todo en materia jurisdiccional.
La Ciudad de Buenos Aires cuenta hoy con su propia Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario —que entiende en todos aquellos conflictos en los que la Ciudad es parte— y con una Justicia, en sus inicios contravencional, que ha incorporado progresivamente competencias penales que antes pertenecían a la Justicia Nacional.
Ahora bien, este es un proceso lento, que culminará, algún día, con el traspaso completo de la Justicia Penal Nacional, así como de la Justicia Nacional en lo Civil, Comercial y del Trabajo, que si bien tienen competencia en la Ciudad de Buenos Aires, hoy están en la órbita de la Nación. Este proceso autonómico, además de lícito, es perfectamente lógico.
Como ilógico es que, jueces elegidos por la Nación, decidan sobre contratos, relaciones laborales, comerciales, familiares, entre muchas otras cuestiones no federales, de personas que viven en la Ciudad de Buenos Aires. Esta situación que calificamos como ilógica es, también, claramente discriminatoria respecto de los porteños, ya que los ciudadanos de los demás estados locales son juzgados respecto de cuestiones locales por jueces designados sin ninguna intervención nacional.
No obstante lo dicho y, al igual que los fueros locales, la mayoría de los tribunales nacionales con competencia en la Ciudad, utilizan históricamente al Banco de la Ciudad de Buenos Aires para la realización de depósitos judiciales. En este contexto, el proyecto de ley de la diputada Diana Conti constituye un retroceso en la marcha de la Ciudad de Buenos Aires hacia su autonomía plena, dado que se pretenden transferir al Banco de la Nación Argentina todas las funciones de banca judicial vinculadas a la Justicia Nacional, hoy en manos del banco público porteño, cuando dichos tribunales están constitucionalmente destinados a pasar la órbita del estado local.
El proyecto en cuestión, además de significar la destrucción por desfinanciamiento de un banco público que desde hace muchos años y con diferentes administraciones se maneja con aceptables niveles de eficiencia, sostiene —en una parcial interpretación de la normativa vigente— que la justicia nacional con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “está lejos de ser justicia local”.
Sin dudas, es esta frase una declaración de principios kirchnerista, esbozada para sostener una iniciativa que sólo persigue perjudicar, no ya al circunstancial gobierno de Mauricio Macri —responsable de otros desfinanciamientos de áreas sensibles como salud y educación— sino a una ciudadanía porteña que en forma reiterada y contundente ha demostrado su rechazo al Régimen K.
José Lucas Magioncalda
Especial para Tribuna de Periodistas