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Scioli, víctima del mejor mérito kirchnerista

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COPARTICIPACIÓN, COBARDÍAS Y CELOS POLÍTICOS
COPARTICIPACIÓN, COBARDÍAS Y CELOS POLÍTICOS

El gobierno nacional, además de ser uno de los más inoperantes y corruptos de la historia, tiene un mérito en el que seguramente nadie lo iguala: son los campeones de la “mala leche”.

 

Si hay alguien que es víctima de esta cualidad en particular y quien seguramente encabeza la lista —máxime por ser del mismísimo Frente Para la Victoria— es Daniel Scioli.

En esta ocasión, el Gobernador de la provincia de Buenos Aires tuvo la osadía de decir que "la coparticipación en algún momento se tendrá que volver a discutir".

Lógicamente, y como no podía ser de otra manera, los esbirros de Cristina Ferández salieron al cruce de tan temeraria opinión del otrora vicepresidente, y fue Amado Boudou, quien se despachó con una catarata de declaraciones que fueron desde "un acto de efectismo mediático" hasta “es un acto de cobardía política”.

No hay dudas de que el tema de la coparticipación es algo que realmente se debería modificar, ya que no solo no es equitativo, sino perverso; pero lo peor de este sistema es que permite al gobierno nacional extorsionar a gobernadores e intendentes.

Evidentemente, el vicepresidente omite otras cuestiones, como por ejemplo que, además de Scioli, ya son varios los gobernadores que reclaman por lo mismo, como Eduardo Fellner, De la Sota, Antonio Bonfatti y Mauricio Macri, entre otros.

Sin embargo, el inefable funcionario nacional desconoce algo realmente grave: la reforma del sistema de coparticipación está previsto en la reforma constitucional de 1994, que dicho sea de paso, tanto Cristina Fernández como Néstor Kirchner promovieron y defendieron con uñas y dientes.

En un artículo de 2009 publicado por el Dr. Jorge Horacio Gentile, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional y de la Universidad Católica de Córdoba, lo explica claramente:

"La Constitución de 1853 dispuso que el gobierno federal se financie con los derechos de importación y exportación y las tarifas de aduana. Pero desde 1891 el Congreso aprobó distintas leyes que agregaron a estos los llamados impuestos internos, que gravaban las ventas de distintos productos, y que, hasta entonces, eran recursos pertenecientes a las provincias”, comienza.

“Un decreto del gobierno militar en 1831, que una ley ratificó, creó el impuestos a los réditos (hoy impuesto a las ganancias), por el que el gobierno nacional gravaba el ingreso de las personas, que, según la Constitución, era también de resorte provincial. Así es como el gobierno federal se apropió de recursos fiscales de las provincias, y para que estas normas no sean declaradas inconstitucionales, se dispuso que regían por tiempo determinado (aunque se prorrogaron luego hasta hoy) y se coparticipaba a las provincias, distribuyéndoles un porcentaje de lo recaudado. La última ley de coparticipación, dictada en 1988 en forma provisional durante la presidencia de Raúl Alfonsín, es la que regía cuando se reformó la Constitución de 1994, y está vigente todavía. El régimen de coparticipación, además de aumentar los recursos del gobierno central en desmedro de las provincias y sus municipios, desalentó la recaudación de los tributos locales”, explica Gentile.

“En la reforma constitucional de 1994 en vez de terminar con este sistema, se dispuso que debía dictarse otra ley convenio, de coparticipación federal, en base a acuerdos entre la Nación y las provincias; que tenían que aprobar el Congreso, por iniciativa del Senado y con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de ambas Cámaras, las Legislaturas de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires; antes de terminar el año 1996. Esta ley nunca se dictó”, apunta.

Sin embargo, como si todo esto no fuera suficiente, Boudou parece ignorar que la reforma del sistema de coparticipación era una de las principales mediadas que prometía el propio Néstor durante su campaña presidencial, allá por el año 2003.

Esto demuestra, a las claras, el kirchnerismo no solo es el abanderado de la corrupción y la inoperancia, además es el campeón de la mala leche, y no quedan dudas de que con esto queda perfectamente demostrado.

 

Pablo Dócimo

 
 

13 comentarios Dejá tu comentario

  1. LA VIEJA DEUDA DEL PARLAMENTO ARGENTINO El régimen de Coparticipación Federal de impuestos es un mecanismo destinado a transferir recursos que son recaudados por la Nación hacia los estados Provinciales. Este sistema tiende a garantizar una mayor estabilidad de los sistemas financieros provinciales mediante un flujo regular de fondos; garantizar la igualdad en el tratamiento para todos los habitantes del país, facilitando la distribución de los recursos obtenidos y mejorar el funcionamiento de los mecanismos distributivos, así como el control de los fondos remitidos. Respecto de la evolución histórica de este procedimiento, es sabido que hasta el año 1890, la nación se encargaba de recaudar los impuestos aduaneros, y los estados provinciales, percibían los impuestos internos. En el año 1891 aparecen los primeros impuestos internos nacionales, y por tanto surgen los conflictos en materia impositiva entre la nación y los estados provinciales. A partir de entonces existe una concurrencia de fuentes de los impuestos a la producción y a los consumos recaudados por los diferentes poderes. En el año 1935 se sanciona la primera ley de Coparticipación Federal, y al mismo tiempo el impuesto a las ventas y la prórroga del entonces llamado impuesto a los réditos. En ese momento la ley 12.139 implementa el régimen de unificación de impuestos internos y nace la idea de coparticipar tanto los impuestos directos como los indirectos, que mediante la ley 12.956, sancionada en 1947 y modificada en el año 1958 por la ley 14.788, determina que la aplicación y recaudación de tales impuestos corresponde a la nación, distribuyéndose lo recaudado entre ella y las provincias, mediante la aplicación de porcentajes. En el año 1973 se sanciona la ley 20.221 Ley convenio de coparticipación de impuestos nacionales a los réditos, las ganancias eventuales, las ventas, impuestos internos, a las tierras aptas para el desarrollo y explotación agropecuaria, impuestos sustitutivos del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, entre otros gravámenes. Estas normas representan la primera unificación legal de los regímenes sancionados, y establecen la necesidad de tener en cuenta un criterio devolutivo y distributivo en la normativa de Coparticipación Federal de impuestos. Se planteaba un sistema único de distribución de impuestos, a la vez que se proponía un trato preferencial para la distribución a las provincias. En el año 1988 se sanciona la ley 23.458, con una cláusula de prórroga automática hasta la aprobación de un nuevo cuerpo legal; pero los porcentajes que se establecen a través de esta norma constituyen lo que la doctrina denomina “Laberinto de la Coparticipación”. En 1996 fue sancionada la ley 24.629 (Ley Cafiero) que buscaba llevar transparencia a la ejecución presupuestaria nacional y marcar los lineamientos para la Reorganización Administrativa del Estado, pero la dirección original planteada por esta norma se vio alterada al sufrir más de 200 modificaciones. En 1999 es sancionada la ley 25.152 (Ley de Solvencia Fiscal) con el objetivo central de sujetar el gasto público al crecimiento de la economía, aunque con el Presupuesto de 2001 (ley 25.401) sufrió algunas modificaciones. Además de autorizar un déficit fiscal anual no superior al 2% del PBI, esta ley fijaba sanciones penales para los funcionarios que gastasen más de lo permitido. Así se llega al 25 de Agosto de 2004 cuando es sancionada la ley N° 25.917 (Ley de Responsabilidad Fiscal) que tiene por objeto establecer reglas generales de comportamiento fiscal y dotar de mayor transparencia a la gestión pública, para lo cual creó el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Señores Legisladores de la Nación: ¿Cuántas pruebas más, cuantos ensayos tendremos que superar para que la República Argentina tenga por fin una ley justa para todas las provincias?

  2. Para que exista la ley debe haber un Poder que la haga cumplir. Para que haya un Poder que haga cumplir la ley debe haber hombres éticos que no se compren ni se vendan. No parece ser la Argentina el lugar ideal para hablar de LEYES.

  3. PARA JUAN CARLOS !!!!. Tenes toda la razon. Hace una punta de años, Sarmiento escribio que: " La Argentina es y sera unitaria, aunque el rotulo de la botella diga lo contrario". Tenia razon.

  4. ACA NINGUN GOBIERNO PAGA TODAS SUS IRRESPONSABILIDADES DE HACER NADA. A MI NO ME IMPORTA SI EL MANCO CON TODO RESPETO ES DESPRECIADO POR EL ENTORNO SETENTISTA. EL PSEUDO MOTOKERO BUDU QUE PAGUE LAS INFRACCIONES QUE DEBE. LA KRESTINA LEVANTA UNA BANDERA DE LIBROS VENCIDOS POR LA HISTORIA HUMANA QUE DE DERECHOS SOLO QUEDAN MAS EXCLUIDOS, IGNORANTES, INDIFERENTES Y BUFONES DE UNA CORTE MUERTA. LOS GOBIERNOS EN VEZ DE HACER LA MEJOR HISTORIA, COPIAN COMO HACER LA HISTORIA DE SIEMPRE.

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