El pasado 14 de agosto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decretó la ilegalidad de la designación a dedo de la Fiscal Alejandra Cordone Roselló por parte de la Procuradora General de la Nación, Dra. Alejandra Gils Carbó.
Sin perjuicio de la grave decisión adoptada, la Corte dejó en claro que los actos llevados a cabo por Cordone Roselló hasta la fecha del fallo que declara ilegal su designación, son válidos por razones de “seguridad jurídica”. Decisión, esta última que desvirtúa los dichos de Cristina Kirchner respecto de los denunciantes de la Procuradora, al sugerir que buscaban proteger a diverso tipo de delincuentes en cuyos procesos de condena habían intervenido los fiscales ilícitamente designados.
Para más datos, Cordone Roselló es integrante, junto a Gils Carbó, de la secta judicial denominada “Justicia Legítima” y ha firmado al menos una solicitada invocando su carácter de “Procuradora ante la Corte”, cargo que ocupara como adjunta de Gils Carbó.
Oportunamente, el Senador (UCR) Mario Cimadevilla había denunciado penalmente a Gils Carbó por cometer delito de violación de los deberes de funcionario público, al designar ilícitamente a un importante grupo de fiscales. Por su parte, la ONG Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional, había denunciado a 39 fiscales, por delito de usurpación de dichos cargos, en virtud de las designaciones ilícitas que efectuara Gils Carbó.
Ambas causas penales tramitan actualmente ante el Juez Casanello, quien, en principio, había querido archivarlas. No obstante ello, la oportuna apelación del Fiscal Marijuán y un ejemplar fallo de la Cámara, lograron evitar el cierre de los expedientes.
Asimismo, el caso que analizó la Corte corresponde a la impugnación que un particular y una empresa, efectuaron respecto de la intervención de la Dra. Cordone Roselló, como fiscal, en un juicio entre particulares.
La Dra. Cordone Roselló es una de las 39 fiscales denunciadas por Ciudadanos Libres, y se encuentra en similar situación que sus otros colegas denunciados.
De esta manera, lo decidido por la Corte, resulta un precedente interpretativo relevante para determinar si tanto los fiscales designados a dedo, como la propia Gils Carbó, han incurrido en delitos.
José Lucas Magioncalda