Con relación al comunicado de la víspera de la AFSCA, los trabajadores de FM Identidad desean formular algunas precisiones:
En la parte final de dicho comunicado de prensa la AFSCA señala: “En cuanto al posible traspaso de los contenidos de la productora Vorterix Rock a la frecuencia 92.1 Mhz, Rollandi enfatizó que “la función de la AFSCA es regular sobre las condiciones de titularidad de las licencias, por lo tanto no regula bajo ninguna circunstancia, contenidos ni programaciones”.
Si bien esta afirmación pareciera resguardar la libertad de opinión, en nuestro caso podría encubrir una posible transferencia de la licencia en incumplimiento del art. 41 de la Ley de Medios. En efecto, dicha norma señala que las transferencias sólo podrán hacerse en forma excepcional y cumpliendo tres requisitos:
1) Transferencia como máximo del 49 % del paquete accionario.
2) Que tal operación sea necesaria para la continuidad del servicio.
3) Aprobación previa de la AFSCA.
Cuando el artículo dice “continuidad del servicio” es evidente que no se refiere a que la antena, que la frecuencia siga funcionando, sino que alude a la radio en sí. De lo contrario sería una burla y el legislador no quiso burlarse. El servicio son los programas, los estudios, los oyentes, los auspiciantes y los trabajadores. En eso sí la AFSCA debe intervenir porque la ley la obliga. Si no continua el servicio no puede haber transferencia. Y en nuestro caso ha habido un vaciamiento: se despidió al director artístico y a la gerenta de ventas, a los operadores y hasta al personal de limpieza, se levantaron todos los programas, se informó al locador que devolverían el inmueble donde funcionan los estudios y se informó al ingeniero que custodia la antena que debía devolver la llave de la torre de transmisión. ¿Alguien puede pensar, en estas condiciones, que habrá continuidad del servicio? Claramente ha habido un vaciamiento de la empresa, de la radio, del servicio.
De modo tal que no debe confundirse regular contenidos con continuidad del servicio. La AFSCA no debe regular contenidos pero si debe velar por la continuidad del servicio, es decir de la empresa.
En segundo lugar ha quedado más que claro que la aprobación previa de la AFSCA no existe. Y la ley prevé una sanción clara para el caso de incumplimiento de este requisito: caducidad de pleno derecho de la licencia adjudicada.