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Fui a arreglar un celular y terminé siendo estafado: el caso MDZ XL Celulares

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Un testimonio en primera persona
Un testimonio en primera persona

Todo empezó el 13 de febrero de este año, cuando decidí llevar a arreglar un teléfono celular a un local por el cual suelo pasar cada tanto, ubicado en Av. San Martín 1631 de la Ciudad de Mendoza. Se llama MDZ XL Celulares.

 

En principio, todo correcto. La típica conversación entre vendedor y usuario: "El aparato se mojó y se apaga solo, todo el tiempo", expliqué. 

El dueño del local fue escueto y directo: me explicó que había que cambiar "el módulo" del celular. Con ello todo se solucionaría.

Acto seguido, me explicó que había dos presupuestos posibles. Uno económico y otro más caro. El primero me saldría algo más de mil pesos. El segundo, poco menos de 3.400 pesos.

"El problema es que el repuesto más económico puede no llegar a funcionar", me comentó el vendedor. Advertencia que valoré. "Bueno, le pido que me avise por favor", le dije. Siempre pensando en mi magro presupuesto.

Tres días más tarde, recibí el llamado que jamás pensé que recibiría: "Ya tenés el teléfono arreglado, podés pasar a buscarlo. Son $3.350". Hice una pausa de varios segundos antes de responder, intentando no desmayarme.

"¡No, no... quedamos en que usted me avisaba! ¡Yo no tengo ese dinero!", le vociferé. No supo qué explicarme. Entonces, avancé: "Deme un tiempo para conseguir la plata, escapa a mi presupuesto".

Antes de cortar, le volví a recordar que habíamos quedado en que debía avisarme antes de avanzar. La conversación quedó grabada en mi celular.

Pasaron las semanas y recién 3 meses después de aquel día pude conseguir el monto referido. Fui a ver nuevamente al vendedor. "No lo tengo acá el celular, debo tenerlo en mi casa, lo traigo esta semana", me dijo.

Las urgencias financieras hicieron estragos y debí usar el dinero para otra cosa. Pero volví a juntarlo un mes más tarde y regresé.

"No, no... el celular lo desarmé y lo vendí", me dijo con una tranquilidad que me espantó. "Eso que hizo es ilegal", le dije. Y pregunté: "¿No había manera de llamarme y decime que lo iba vender?".

Lo que me contestó es insólito, pero real: "Yo tengo mucho trabajo. No puedo estar atrás tuyo, sos un adulto".

Insistí: "Ok, entonces deme el dinero por el cual lo vendí". Otra nueva negativa: "No, porque lo vendimos al precio del módulo", me dijo.

Volví a intentar hacerle entender que lo que hizo era ilegal, pero me respondió: "Perdés el derecho, está en el papel que firmaste".

"¿Usted sabe qué dice la ley de Defensa del consumidor?". El vendedor admitió su ignorancia: "Yo no sé qué dice la ley de defensa del consumidor", me reconoció. Pero era tarde, porque el celular ya no estaba más.

Por si las moscas, busqué en el papel que me hizo firmar, a efectos de encontrar esa aclaración mencionada por él. La sorpresa fue mayúscula, ya que allí dice textual: "El cliente se compromete a retirar el equipo en un plazo no mayor a 180 días corridos desde la fecha de ingreso, caso contrario pierde todo derecho de ejercer reclamo y/o acción sobre los equipos detallados".

O sea, que el argumento invocado por el vendedor, completamente descabellado, tampoco tenía validez, ya que no se habían cumplido los seis meses que decía el propio papel, tal cual puede verse a continuación:

No es todo: el mismo documento refiere al artículo 1197 del Código Civil a efectos de sostener el mismo capricho de que se puede disponer del aparato luego de tres meses de no ser retirado.

Sin embargo, lo que dice la norma nada tiene que ver con este tópico, sino con los contratos de locación.

"El tiempo de la locación, cualquiera sea su objeto, no puede exceder de veinte años para el destino habitacional y cincuenta años para los otros destinos. El contrato es renovable expresamente por un lapso que no exceda de los máximos previstos contados desde su inicio", sostiene el mencionado artículo 1197. Nada que ver con lo invocado.

Por las dudas, llamé al abogado Mario Vadillo, especialista de derechos del consumidor, quien me dio la razón y me explicó que el hombre podría haber incurrido incluso en el delito de "hurto".

"No pueden ejercer ni siquiera el derecho de retención, que es el derecho de disponer de un bien de otro", agregó, al tiempo que me explicó que "lo que han hecho los tipos es casi un delito penal".

Finalmente, me reveló: "Si el tipo no te quiere devolver el teléfono estaría cometiendo un delito, es hurto".

Luego de las palabras de Vadillo, consulté la Ley de Defensa del Consumidor y me encontré otra joyita: el artículo 21 de la norma exige que se detalle en el mismo presupuesto el CUIT del local y otras cuestiones legales, lo cual no ocurre con la papeleta que me dieron en el pequeño local mendocino.

O sea, una ilegalidad tras otra. Con el agravante de que jamás el vendedor me pidió ningún elemento que acreditara que soy el propietario real del celular en cuestión, lo cual vuelve a este mecanismo como propicio para comercializar teléfonos robados.

Por lo pronto, ya hice la pertinente denuncia pertinente ante Defensa del Consumidor. También haré lo propio en la justicia. Entretanto, dejo este testimonio para que nadie más caiga en la trampa de estos forajidos.

 

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