El 10 de septiembre de cada año se conmemora el “Día Internacional de la Prevención del Suicidio”, instaurado en 2003 por la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio, en colaboración con la Organización Mundial de la Salud. Es por eso que en abril de este año, la diputada nacional Dina Rezinovsky propuso declarar esa fecha como “Día Nacional de la Prevención del Suicidio”.
La propia diputada del Pro destaca en su iniciativa que en la Argentina el suicidio es la segunda causa de muerte en la adolescencia después de las lesiones de tránsito. Allí puntualiza que un relevamiento de datos muestra que hubo un aumento de las tasas en las últimas décadas en el país entre los adolescentes de 15 a 19 años.
Por eso sostiene Rezinovsky que “esta fecha es un día especial para poder desarrollar diversas acciones para concientizar sobre el tema, entendiendo que la prevención es posible en la mayoría de los casos de suicidio”.
Representante de la Ciudad de Buenos Aires, esta diputada presentó en la misma época una serie de proyectos relacionados con el mismo tema, como una propuesta para crear una Campaña Nacional de Prevención y Concientización del Suicidio, cuyo objetivo es garantizar la concientización sobre el suicidio para su prevención.
También ha impulsado un proyecto para crear una línea telefónica gratuita con alcance nacional de tres dígitos para la atención de consultas relativas a riesgo suicida, trastornos de depresión y ansiedad, y que esté disponible las 24 horas todos los días del año.
En el Senado hay también iniciativas relacionadas con el tema suicidios, como la del chaqueño oficialista Antonio Rodas, quien propone adherir al Día Internacional para la Prevención del Suicidio que, como dijimos, se conmemora este 10 de septiembre, bajo el lema “crear esperanza a través de la acción”.
La diputada Claudia Gabriela Márquez (Córdoba Federal) impulsa por su parte una ley general de la Salud y del Código Civil de Salud. En esa ambiciosa iniciativa dedica un título a la prevención del suicidio. En el mismo establece, en el artículo 38, que “la autoridad de aplicación debe coordinar su accionar con las áreas y organismos competentes con incumbencia en la materia, con las provincias y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Allí propone la capacitación de los recursos humanos en salud y educación para la detección de las personas en situación de riesgo a través de una formación sistemática y permanente; la elaboración de un protocolo de intervención para los servicios del primer nivel de atención de salud y de los de emergencia hospitalaria, y un protocolo de coordinación entre los servicios de salud, la línea telefónica de emergencia y otros ámbitos comunitarios intervinientes, entre otros temas.
Cuidado en los puentes
El diputado radical correntino Manuel Aguirre ha presentado también un proyecto que apunta a los suicidios. Fue en agosto pasado, cuando propuso implementar una protección electrónica en los puentes, para prevenir suicidios.
La propuesta prevé que todos los proyectos ejecutivos de obras públicas cuenten para su aprobación con medidas de prevención de suicidios, por medio de sensores electrónicos o que cumplan ese objetivo.
En los fundamentos de su iniciativa, el legislador correntino señala que el suicidio como un evento premeditado es el modelo imperante en la valoración del fenómeno suicida. “Sin embargo, existe creciente evidencia de que muchas veces el suicidio se desarrolla con mínima planificación”. A esto se denomina “suicidio impulsivo”, término que ya había empleado el sociólogo, pedagogo y filósofo francés Emile Durkheim allá por 1897.
Aunque no existe una definición estandarizada, se incluye como suicidio impulsivo a aquellos en los que entre la ideación y la ejecución del acto median pocos minutos a pocas horas (no hay base empírica para estos puntos de corte). La mayoría de estudios encuentra que los suicidios impulsivos constituyen más de la mitad de todos los intentos de suicidio.
Aguirre pone el ejemplo del Golden Gate, el puente con mayor número de suicidios en el mundo, en cuyo caso los estudios costo/beneficio y las evidencias de estudios de prevención en lugares semejantes han llevado a que este año se instalen finalmente mallas protectoras a los costados del puente. Lo más importante, destaca el legislador correntino, es que luego de las medidas de prevención, los suicidios no se incrementaron en áreas cercanas como podría pensarse: que al cercar un puente, el suicida en potencia reemplazará la alternativa bloqueada por otra, por lo que supuestamente resultaría inútil esa forma de prevención. Inclusive en un seguimiento a los suicidas frustrados del Golden Gate, se halló que posteriormente no más de 10% conseguían el suicidio.
“La frase ‘el suicida está dispuesto a morir’ representa esta creencia estigmatizante pues en realidad la gran mayoría de suicidas se halla ambivalente entre la vida y la muerte, si logran superar la crisis pueden recuperar su deseo de vivir”, destaca el autor del proyecto para instalar elementos de protección en los puentes.
La diputada sanjuanina Susana Laciar (Producción y Trabajo) presentó en agosto pasado un pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre cuestiones relacionadas a la problemática del suicidio. Quiere saber la diputada de JxC datos estadísticos discriminados por franja etaria; capacitación en los recursos humanos de salud y educación para la detección de las personas en situación de riesgo, a través de una formación sistemática y permanente; planificaciones estratégicas y registros con información estadísticas de los intentos de suicidios y suicidios cometidos, entre otros temas.
La Ley de Prevención del Suicidio lleva el número 27.130 y data del año 2015. Su objetivo es declarar de interés nacional en todo el territorio de la República Argentina la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.
Se estableció en tal norma la obligatoriedad de diseño y acción de diversos planteos en procura de reducir la tasa de mortalidad por suicidio.
Atento a ello es que la diputada Laciar señala que con las estadísticas oficiales vistas nos muestran indicadores que, más allá de algunas variaciones, arrojan un promedio en la última década de 3.177 muertes por suicidio al año, de los cuales más del 50% corresponden a adolescentes y jóvenes de hasta 34 años. “Hoy por hoy, en la Argentina, los suicidios constituyen la principal causa de muerte de personas de entre 15 y 24 años, ubicándose en segundo lugar los siniestros viales”, destaca la legisladora sanjuanina, tal cual indica también Dina Rezinovsky.
Su proyecto precisa que a nivel internacional, la tasa de suicidio en nuestro país se ubica en 8,4 por cada 100 mil habitantes, indicador que prácticamente se mantuvo constante durante la última década. La tasa se encuentra por debajo del promedio mundial (9,1), pero por encima del indicador correspondiente a América Latina y el Caribe (6,19). Esto surge de un estudio elaborado por el Banco Mundial que abarcó casi 200 naciones.
Según cifras oficiales del Ministerio de Salud de la Nación, en 2019 murieron por esta causa 454 argentinos de entre 10 y 19 años.
La diputada María Eugenia Vidal también se ha ocupado del tema en un pedido de informes presentado en junio pasado sobre diversas cuestiones relacionadas con la salud mental. Allí pide conocer, entre otros ítems relacionados con la salud mental un informe detallado sobre la manera como se prevé fortalecer en las provincias la implementación de la ley de prevención del suicidio.
En mayo de 2021, la entonces diputada entrerriana Mayda Cresto propuso para modificar el Código Penal de la Nación, incorporando el artículo 83 bis sobre “instigación al suicidio de una mujer”. Allí establece que “quien instigare a una mujer al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo, valiéndose de cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con prisión de cinco (5) a siete (7) años”.
Cabe recordar que el Código Penal reprime el delito de instigación al suicidio con prisión de uno a cuatro años, “si el suicidio se hubiese tentado o consumado”.
En este caso la exdiputada entrerriana señala puntualmente los casos de instigación a la mujer teniendo en cuenta que en el ámbito de la violencia de género el suicidio configura un camino de salida falso para las mujeres que sufren violencia machista. El 80% de la población femenina maltratada ha pensado en suicidarse, mientras que un 64% de ellas lo ha intentado, según estudios internacionales de la materia.
También quieren introducir modificaciones al Código Penal en cuanto a instigación al suicidio dos diputadas radicales: Soledad Carrizo (Córdoba) y Roxana Reyes (Santa Cruz), según las cuales el artículo 83 debería quedar redactado de la siguiente manera: “Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el que instigare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese tentado o consumado. El mínimo de la pena se elevará a cinco (5) años y el máximo a 8 (ocho): 1) cuando la víctima sea menor de edad; 2) cuando la víctima sea una persona gestante; 3) cuando la víctima sea mayor de setenta (70) años de edad”.
La Ley de Prevención del Suicidio
Como hemos dicho, la Ley Nacional 27.130 de Prevención del Suicidio fue aprobada en 2015. Sin embargo tardó años en reglamentarse, al punto tal que en marzo de 2021 la diputada mendocina Claudia Najul (UCR) presentó un proyecto solicitándole al Poder Ejecutivo Nacional proceder a “reglamentar de forma inmediata” esa norma, “por haber transcurrido hasta el momento 67 meses de haberse vencido el plazo legal para hacerlo”.
Seis meses después, el 9 de septiembre de 2021 el Gobierno de Alberto Fernández reglamentó finalmente esa norma. Pasaron así seis años desde su sanción, en abril de 2015.
Entre sus objetivos, la ley establece “el abordaje coordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio; el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población; el desarrollo de los servicios asistenciales y la capacitación de los recursos humanos y la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación”.
En lo que a asistencia se refiere, la norma dispone que “quien padeció ideaciones y/o conductas suicidas tiene derecho a ser atendido en el marco de las políticas de salud; debiendo priorizarse la asistencia de los niños, las niñas y adolescentes, destacando que la atención, en todos los casos, deberá ser a través de un equipo interdisciplinario, conformado en los términos de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657”.
Además, indica que las obras sociales, las entidades de medicina prepaga, así como todos aquellos agentes que brinden servicios médicos, asistenciales a sus afiliados y afiliadas, independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas que hayan realizado un intento de suicidio y a sus familias, así como a las familias de quienes hayan consumado el acto de suicidio; debiendo estas prestaciones comprender la detección, el seguimiento y el tratamiento de acuerdo a lo establecido por la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Salud.
Según datos de 2019 aportados por la OMS, cada año cerca de 800.000 personas mueren por suicidio, siendo la segunda causa principal de muerte entre personas de 15 a 29 años; estimándose que por cada adulto que se suicidó, hay otras 20 personas que lo intentaron.
En tanto, estadísticas de UNICEF, publicadas también en 2019, señalan que en Argentina los casos de suicidio en la adolescencia se triplicaron en los últimos 30 años, cifra que ascendió a 12,7 cada 100.000 adolescentes entre los 15 y los 19 años.
Desde la Sociedad Argentina de Pediatría advierten que sostener algunos mitos como que “hablar del tema incrementa el riesgo” o que “los niños no se suicidan”, dificulta la prevención de estos episodios.
“El suicidio no se comprende en sí mismo como una entidad psicopatológica ni se circunscribe a un padecimiento mental; se entiende como un fenómeno multicausal en el que interactúan factores del orden individual, familiar, social y comunitario”, afirma Nora Poggione, médica pediatra, miembro del Comité de Estudios Permanentes del Adolescente (CEPA) de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP).
El título deja bien claro de qué se trata. Cuando queremos calcular algo que no sabemos o enfrentar algo que no nos gusta, una forma de hacerlo es plantear un problema y resolverlo. Es el método científico. Que la solución sea acertada o útil depende en principio de lo bien que podamos plantear el problema. La problemática significa inventar problemas acordes a las soluciones que tenemos o nos conviene aplicar. Por lo general es un gasto innecesario e inútil para enfrentar problemas imaginarios. El resultado es que seguimos sin saber sin calcular y sin enfrentar la realidad, pero con los esfuerzos y las voluntades ocupados en cosas que no existen.
El caso más evidente son las propuestas para bajar la inflación, o la respuesta política al supuesto atentado a Cristina, o todo lo demás. Inventar problemas para justificar lo que vamos a hacer ya se ha convertido en regla general de la política.
Y la pandemia / cuarentena causó estragos psicológicos importantes. Hoy los psicólogos están a full, y no solo atendiendo adolescentes, sino personas de todas las edades. Pero de todas las iniciativas planteadas resalto una que me pareció desubicada, la titulada "“instigación al suicidio de una mujer” ¿esa frase es incluyente o es excluyente? Pregunto, nada más. Saludos.