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Monarquías interiores

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Los feudos que supimos conseguir.
Los feudos que supimos conseguir.

La Constitución establece que las provincias, a través de sus constituciones estaduales deben asegurar la forma republicana de gobierno y que solo de esa manera pueden integrar la Confederación. Es más, también dice que la puesta en peligro de la forma republicana de gobierno en una provincia es suficiente causal de intervención por parte del gobierno federal.

 

La doctrina constitucional es pacífica a su vez en que la forma republicana de gobierno conlleva los siguientes ineludibles requisitos:

  1. Soberanía del pueblo

  2. División de poderes, ejecutivo, legislativo y judicial independiente

  3. Periodicidad de los mandatos

  4. Publicidad de los actos de gobierno

  5. Responsabilidad por los actos de gobierno

  6. Igualdad ante la ley

El punto 3 de la definición doctrinaria acerca de lo que es un gobierno republicano (periodicidad en el poder) es la clave de una cuestión crucial en la Argentina de hoy.

Si bien la característica federal del Estado hace que las provincias sean unidades autónomas que se rigen por sus propias instituciones, la Constitución establece que pese a esa autonomía, un estado provincial no puede decidir por sí mismo contrariar la forma republicana de gobierno. Es más, insisto: para la Constitución eso es una causal que habilita la intervención de la provincia.

Si por un subterfugio jurídico una constitución provincial violara el principio de la periodicidad de los mandatos (que a su vez es un requisito definitorio sine qua non de la forma republicana de gobierno) estaría violando la condición ineludible de que para formar parte de la Confederación Argentina la provincia debe ser republicana (y para serlo debe tener mandatos acotados en el tiempo para que esos mandatos sean “periódicos”).

La permanencia anómala de una misma persona (o variaciones tramposas de lo mismo: colocar como candidatos a sus cónyuges o familiares directos) en el poder constituiría, prima facie, un by pass ilegal para sortear una expresa condición que la Constitución Federal les impone a los estados confederados.

Si una provincia inaugurara una monarquía de facto por la vía de permitir el mantenimiento en el poder de una misma persona incluso hasta su muerte (empeorando todo permitiendo, incluso, que esa persona sea “sucedida” en el cargo por un pariente directo) estaríamos frente a un perfecto caso de rebeldía provincial frente a los que dispone el artículo 1 de la Constitución Federal. Esa rebeldía debe ser resuelta. No puede mantenerse en el tiempo.

Lo que coloquialmente se ha definido como “feudos provinciales” no son otra cosa que monarquías de facto que contradicen de pleno derecho el artículo 1 de la Constitución.

Esa anomalía debe acabar. La Corte Suprema de Justicia debería emitir un fallo en donde considere que, para cumplir con el requisito de respetar la forma republicana de gobierno, tanto a nivel nacional como a nivel provincial, se entiende que el concepto “periodicidad de los mandatos” (condición natural de la “forma republicana de gobierno) impone un máximo de una reelección (tanto para presidente, como para gobernadores e intendentes –es decir todos los cargos ejecutivos-) sin posibilidad de que esa persona, su cónyuge o familiar directo hasta la tercera línea de consanguinidad, puedan ser elegidos para el mismo cargo.

No me cabe absolutamente ninguna duda que la reelección indefinida de los gobernadores (o redacciones de constituciones provinciales confusas que se prestan para la trampa) son una rémora del viejo caudillismo argentino, derivado a su vez de la tradición paternalista española, contraria a la modernidad de la Constitución de 1853.

Es una decisión de la Corte la que debe pavimentar el camino para que el pueblo argentino se independice ese ancla que lo mantiene atado a un pasado antiguo y miserable. La Corte con su liderazgo debe convertirse en un faro para forzar la modernidad. Debe declarar inconstitucional la reelección por más de dos periodos sucesivos y considerar equivalente a esa prohibición la pretensión de saltarla por la vía de colocar a un cónyuge o a un familiar.

Basta de Infrans, de Rodríguez Saas, de Kirchners, de Giojas, de Zamoras, de Manzurs y de Alperocviches… ¡Veamos lo que son esas provincias si queremos más pruebas, por favor! Unidas a un carro atávico del pasado. La mayoría de ellas concentran los niveles de pobreza más furibundos del país. Y sus “monarcas” millonarios. Y las familias de los “monarcas” salvadas por generaciones, viviendo vidas de sultanes, con viajes exóticos y propiedades valuadas en millones mientras sus votantes viven en la miseria…

Esa imperioso terminar con estas monarquías interiores (que algunos, como los Kirchner) quieren trasladar al mismísimo gobierno nacional. Es hora de una decisión clara, contundente e inapelable de la Corte Suprema. Los argentinos que quieren vivir en una república moderna lo están esperando. Hace rato.

 
 

18 comentarios Dejá tu comentario

  1. Patricia Bullrich es la única que hoy puede presidir el país y un gran aliado es José Luis Espert (un liberal genuino y alberdiano), Milei es un incapaz que llevaría a un estado de violencia política que por ahora solo se lee en libros de historia, además Milei tiene sexo con la hermana y esa desviación sexual incestuosa no está bien vista en el mundo. Incesto y zoofilia, son las perversiones sexuales de Milei. Un presidente así sería como tener un Calígula en el país.

  2. Esto no difiere en nada con el origen peronista kirchnerista. Los peronistas con su verticalismo y hacer de la lealtad una ley inquebrantable aun en las peores circunstancias, ya se ha transformado en complicidad y hoy domina cualquier decisión que tomen respecto de la candidaturas. Fieles a los caudillos y admiradores de Rosas, los menem, los juarez, saadi, sapag y de las dictaduras de America Latina siempre estan buscando el “conductor” que les de todo servido aunque solamente sea miseria y hambre. Es asi como “cristina capitana”, “moyano conducción” entre tantos otros eslogans indica el grado de servilismo al que han llegado y que pretenden imponerle al resto de la ciudadanía.

  3. Se rumoreo en varias instancias que este don Gildo Insfran ha nacido del lado Paraguayo, donde un rio separa las margenes de un país con el otro. De ahi a crusarce, es un corto paso. De ser así, se hace necesario pedirle la partida de nacimiento al sr Insfran y desenmascarar de una vez por todas sin fue nacido paraguayo o del lado Argentino. De haber sido paraguayo de nacimiento, que cacho de dedo que nos ha ido metiendo durante casi 30 años.....

  4. Ponele: Formosa cumple con la calificación de "provincia de frontera", donde los "intereses personales" traspasan las "fronteras de la patria". Gildo Insfran, es un veterinario todo terreno. Su periplo en la política la inición dentro del PCR (maoista al igual que Zannini) y luego se pasó al PJ. Pero paradójicamente su primer CARGO POLITICO, lo tuvo en 1978 durante la DICTADURA, cuando asumió como funcionario del Ministerio de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales de la Pcia, mas precisamente desde el 5 de Mayo de 1978 hasta el 10 de Diciembre de 1983, cuando se presentó como candidato a Diputado Provincial por el PJ, siendo ese su primer cargo electivo. Esa actitud OPORTUNISTA Y VENTAJERA ha hecho que Insfran construyera su poder a "dos fronteras". Cuando la suerte le era esquiva a nivel de electorado, entonces "negociaba" los votos de la "doble nacionalidad rentada". Esa que cobra beneficios Argentinos, siendo Paraguayos, solo que con domicilios falsos en el territorio Formoseño para que esten asentados en los padrones. Ello significa que TODOS LOS ARGENTINOS subsidiamos con jubilaciones sin aportes, subsidios de todo tipo a los "electores de Gildo" que reciben estos beneficios "sociales" desde el ANSES NACIONAL. Es mucho mas grave que sea CORRUPTO Y QUE VIVA DEL ESFUERZO DE TODOS LOS ARGENTINOS para que el permanezca en el poder que si es o no Paraguayo de cuna.

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