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La ONU condenó la persecución de sindicalistas en Venezuela mediante leyes antiterroristas

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¿Hasta cuándo?
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El gobierno venezolano comete un «abuso crónico de leyes antiterroristas» condenando a sindicalistas y dirigentes sindicales «por cargos de terrorismo», cuando «defienden los derechos de los trabajadores y trabajadores», sentenciaron en Ginebra dos expertos independientes nombrados por el Consejo de Derechos de la ONU.

 

Clément Nyaletsossi Voule, Relator especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacifica y de asociación, y Fionnuala Ni Olaín, Relatora Especial para la promoción y protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, se justificaron rechazando la sentencia condenatoria del pasado 1 de agosto, contra 6 dirigentes sindicales venezolanos, utilizando como fundamento la Ley Orgánica contra la delincuencia Organizada y la Financiación del Terrorismo.

«Es evidente que estamos asistiendo a un abuso crónico de las medidas antiterroristas contra quienes defienden los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y buscan mejorar las condiciones laborales», participando «en organizaciones sindicales en Venezuela», resumieron los expertos en un comunicado. Denunciaron que se trata de «un proceso judicial marcado por irregularidades y excepcionalidades», un«abuso de medidas antiterroristas que es totalmente contrario al derecho internacional».

Los mandatos de estos Relatores son otorgados por el mencionado Consejo. Duran 3 años renovables una vez, el cual puede luego prolongarlo cambiando la personalidad a cargo. No son funcionarios de la ONU, ni cobran sueldo, solo viáticos para sus actividades. No dependen de ningún gobierno u organización, prestan servicios a titulo individual y actúan a conciencia. Efectúan visitas a países y rinden informes anuales de sus tareas al Consejo, los cuales son debatidos públicamente.

Clément Nyaletsossi Voule y Fionnuala Ni Olaín recordaron haber ya advertido al gobierno de Nicolás Maduro la ausencia de «protección del debido proceso, la falta de acceso a la defensa legal para los activistas y lideres sindicales, la inadecuación de las pruebas a las acusaciones formuladas y el hecho de que informantes clave no testificaran en el juicio». Subrayaron ahora «el uso indebido de las leyes antiterroristas contra quienes han abogado por la protección de los derechos sociales y económicos y la libertad de asociación».

Denunciaron que es «un intento de sofocar y asfixiar a la sociedad civil organizada». Recalcaron que la utilización «de medidas antiterroristas debe ser necesario, proporcional y no discriminatorio». Al respecto agregaron que «el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y los órganos de derechos humanos han sostenido sistemáticamente que la legislación y la práctica antiterroristas deben implementarse de manera respetuosa de los derechos humanos».

Por cierto la ONU se muestra especifica y «profundamente preocupada por el hecho que todos los sindicalistas fueron condenados a penas de prisión excepcionalmente largas». Considera que «condenas de prisión tan elevadas son un intento de sacar de circulación a los actores de la sociedad civil y dañar el espacio cívico en Venezuela». Estima que «la dureza de las condenas sirve de advertencia a otras personas que podrían participar en actividades disidentes o asociativas, contrarias a las opiniones del gobierno».

La ONU valora a su vez que «las condenas representan una tendencia creciente y preocupante en Venezuela de perseguir y acosar a quienes expresan opiniones discrepantes con el Gobierno o defienden derechos humanos». Sostiene que «las autoridades venezolanas están utilizando la lucha contra el terrorismo para excluir y socavar la labor legítima en favor de los derechos humanos».

Los 2 Relatores espaciales, que no son de origen latinoamericano, pero que en esta ocasión defienden concretamente los principios de la Relatoría contra los abusos de la lucha antiterrorista, una iniciativa impulsada oportunamente por México, consideraron que en la presente oportunidad, debe rechazarse «condenas» que atacan «la libertad de asociación», dirigidas contra organizaciones cuya razón de ser es atraer a los individuos a la acción colectiva para mejorar sus vidas y las de sus comunidades».

Por consiguiente, Clément Nyaletsossi Voule y Fionnuala Ni Olaín «instaron a los tribunales venezolanos a revisar urgentemente las condenas, aplicando estándares internacionales conformes a los derechos humanos en materia de adjudicación y revisión». Pidieron que cese «el uso de la legislación antiterrorista contra actores de la sociedad civil y personas defensoras de los derechos humanos».

Aguardan disposiciones del gobierno de Nicolás Maduro «rápidas y contundentes para proteger a las personas defensoras de los derechos laborales en Venezuela», que cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Exhorta a que «otros gobiernos» y a «todos los organismos pertinentes de derechos humanos y de lucha contra el terrorismo de la ONU», a oponerse internacionalmente al «al uso indebido de la legislación antiterrorista » a escala planetaria.

 

1 comentario Dejá tu comentario

  1. El caso Venezolano parece salido del guión de una pelicula de Ettore Scola como Feos,Sucios y Malos. El colmo es que el regimen de Maduro haya intervenido al ....¡PARTIDO COMUNISTA VENEZOLANO! y que este PARTIDO COMUNISTA critique al regimen de "AUTORITARIO".https://elpais.com/internacional/2023-08-12/el-tribunal-supremo-de-venezuela-interviene-el-partido-comunista-y-nombra-una-nueva-direccion.html

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