¡Recién Publicado!
cerrar [X]

Enriquecimiento K, vergüenza nacional

1
EL ENOJO DEL ABOGADO DENUNCIANTE
EL ENOJO DEL ABOGADO DENUNCIANTE

Con relación a las notas aparecidas en Clarín y en La Nación, relacionadas con el sobreseimiento a los K por parte del juez Oyarbide, sólo quiero hacerle una aclaración, porque de esos textos surge la posibilidad de que sólo apele la Fiscalía, lo cual no es cierto, ya que en mi carácter de denunciante y pretenso querellante, no sólo puedo sino que APELARÉ esa decisión. En efecto, nuestro ordenamiento legal prevé la figura del denunciante, que no queda atado al proceso ni puede intervenir después del impulso inicial, y el querellante, dotado de las mismas atribuciones que tiene el Fiscal, llegando inclusive a recurrir pronunciamiento judiciales en los que el fiscal considerase que no debía recurrirse. Cuando advertí que el Dr. Oyarbide estaba preparando el terreno para sobreseer a los K, un indicio interesante fue que resolvió desestimar mi petición de tenerme por querellante, la cual sólo insinué al promover la denuncia sosteniendo que me reservaba asumir el rol de querellante en aras del interés difuso ínsito en el art. 43 de la Constitución Nacional, pero no hice un pedido puntual y concreto porque había tiempo para ello, además porque debía acceder a tomar vista del expediente para perfeccionar la presentación formal de la querella (lo cual no pude realizar ya que nunca me permitió tomar vista de las actuaciones, sosteniendo que estaba en el cuerpo de peritos, o en vista a la OA o en la fiscalía, sólo pretextos, como luego se vio), sin embargo el juez "de oficio" decidió no tenerme por querellante sosteniendo que no estaba directamente perjudicado por el delito objeto de investigación. Obviamente apelé esa medida y el juez me concedió el recurso y hoy el incidente está en la Cámara para sortear cuál de las dos Salas interviene, porque aún no se mandó siquiera el incidente promovido por un motivo semejante por el Contador Popritkin, titular de la ong Contadores Forenses, que ofreció sus servicios como ex perito de la CSJN y el juez tampoco lo admitió, pero sí accedió a tener como perito de parte al Contador Manzanares, que a mi modo de ver las cosas sería partícipe necesario en la confección de las maniobras.

 

Con esto quiero dejarle aclarado que como pretenso querellante tengo derecho a recurrir el pronunciamiento que dispuso el sobreseimiento, y lo haré dentro del plazo de 3 días que me corre desde ayer en que me notifiqué espontáneamente, porque considero que toda la sociedad se merece que se agoten las instancias judiciales, ya que el juez no es infalible, para tener seguridad jurídica. Además, sospecho sobre la actividad que desplegará el fiscal TAIANO, ya que en los dos expedientes anteriores seguidos a los K (ante Ercolini y Canicoba Corral) no apeló. El tema es eminentemente técnico, pero puedo darle como dato ilustrativo la causa que promoví contra el piquetero oficial Luis D’ELÍA con motivo del atropello que hiciera el 25 de marzo de 2008 en la Plaza de Mayo mientras se manifestaban los ciudadanos en el marco de la Resolución 125, en trámite por ante el Juzgado Federal 10 sec. 20, en la que el fiscal sostuvo que no había motivo para impulsar la acción penal, el juez se conformó con ese pedido y dijo que no podía proceder si el fiscal no impulsaba el sumario ya que era potestad exclusiva y excluyente del representante del ministerio público, y archivó la causa sin más trámite.

Como me enteré por los medios de ese archivo, presenté un escrito solicitando se me notificara la resolución, en mi calidad de pretenso querellante, y lógicamente el juez así lo hizo dándome oportunidad de apelar, concedido el recurso se elevó a la Cámara Federal, Sala II, se me fijó fecha para la audiencia correspondiente para el día 23 de abril de 2009 y, efecto 28J mediante, el día 2 de julio de 2009 los camaristas revocaron el pronunciamiento, anulando el decisorio y el dictamen fiscal por infundado, sosteniendo -dato importantísimo- que los dictámenes fiscales no son vinculantes (es decir, no obligan a los jueces) si no están fundados. Esto tiene suma relevancia porque en un sistema democrático sería insólito que un funcionario tuviera más poder que todos los jueces.

Enrique Piragini
Abogado

 

1 comentario Dejá tu comentario

  1. En la foto se ve al excelentisimo señor ex presidente haciendo alusion al tamaño de los miembros viriles que aguardan en la cárcel a los políticos corruptos. Se rumorea que un Juez muy celoso de sus chongos no está dispuesto a compartirlos con nadie.

Dejá tu comentario

El comentario no se pudo enviar:
Haga click aquí para intentar nuevamente
El comentario se ha enviado con éxito
Tu Comentario
(*) Nombre:

Seguinos también en

Facebook
Twitter
Youtube
Instagram
LinkedIn
Pinterest
Whatsapp
Telegram
Tik-Tok
Cómo funciona el servicio de RSS en Tribuna

Recibí diariamente un resumen de noticias en tu email. Lo más destacado de TDP, aquello que tenés que saber sí o sí

Suscribirme Desuscribirme

¿Valorás el periodismo independiente?
Municipio de Moron. Corazón del Oeste
Mokka Coffee Store
Cynthia Gentilezza. Analista en seguros


 

Notas Relacionadas

Nombres y negocios detrás de la fortuna de los Kirchner

El martes 30 de junio, dos días después de la derrota, Cristina Fernández le puso la firma a su declaración jurada de bienes. En ese momento, mientras hojeaba las siete carillas de esa rendición de cuentas preparada por su contador Víctor Alejandro...