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Respuesta de un jubilado a Ricardo Lorenzetti luego de curiosas declaraciones

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¿CUÁLES SON LOS "OTROS PODERES", SEÑOR JUEZ?
¿CUÁLES SON LOS “OTROS PODERES”, SEÑOR JUEZ?

Con motivo del lanzamiento del Plan Nacional de Capacitación Judicial, el Dr. Ricardo Lorenzetti —Presidente de la Corte Suprema de Justicia—, brindó una serie de declaraciones a la prensa que podrían calificarse como de desgraciadas y lamentables. En ellas dice abogar por una resolución ágil a los reclamos por la movilidad de los Jubilados; también reiteró que “desde la Corte se ha insistido mucho en la necesidad de resolver el caso de los jubilados…” a su vez, “considero injusto que se tengan que tramitar juicios con el objetivo de gozar del derecho que le garantiza la C.N. en su Art. 14 bis, y tener que realizar otro juicio para cobrar su deuda...”. No obstante puntualiza Lorenzetti, “la solución de fondo corresponde a otros poderes del Estado sobre los cuales uno no puede opinar porque el tema es complejo...”. En otro apartado agrega que “las sentencias se van cumpliendo a medida que se ejecutan...” y termina diciendo “nosotros pensamos que no es bueno para los jubilados que tengan que hacer tantos juicios, es un tema que hay que hablarlo con los demás poderes del estado. No es facultad de la Corte resolverlo y se necesitan, o una legislación o una decisión por parte de la ANSeS, tenemos que ser respetuoso de lo que resuelven los otros poderes”.

 

Con todo respeto a su jerarquía me atrevo a decir que todo el prestigio muy bien ganado en la sociedad argentina lo estaría perdiendo con estas declaraciones que lamentablemente para todos, es solo una muestra más de querer justificar lo injustificable y en una abierta actitud de lo que en la jerga deportiva se conoce como “tirar la pelota afuera”, desentendiéndose olímpicamente de su obligación de magistrado.

Dice usted buscar una solución ágil a los reclamos de los jubilados, pues bien, yo le sugiero que utilice en forma inmediata las herramientas que le brinda la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales con la misma jerarquía; tiene la posibilidad de declarar inconstitucional algunos ilegales artículos de una Ley y habilitar el Art. 43 de la C.N., medida rápida, expedita, y eficaz de justicia. También podría utilizar el Art. 25 del pacto de San José de Costa Rica (Protección Judicial).

Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes que la ampare contra actos que violan sus derechos fundamentales, reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aún cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.

“Los estados partes se comprometen: a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso,  b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, c) a garantizar el cumplimiento por las autoridades competentes, de toda decisión en  que se haya estimado procedente el recurso.”

La imagen de nuestra Justicia, nos muestra una diosa romana con sus ojos vendados y en una mano una balanza y en la otra una espada; la balanza simboliza el derecho a donde se debe inclinar a favor de quien más pesa en su derecho, y la espada representa la fuerza para dar cumplimiento a los fallos. No sería necesario llegar a un juicio de ejecución, si la espada que es la fuerza de la justicia obligara al incumplidor a hacer efectivo el acatamiento de la sentencia como estaría obligado, según lo indican los artículos constitucionales y pactos anteriormente mencionados.

Debo recordarle al Dr. Lorenzetti que en algunos casos, por parte de la AFIP —organismo recaudador del estado asumiendo una tarea que no le corresponde y con total falta de respeto a su majestad la Justicia— embarga a deudores ejerciendo una potestad que no le corresponde, con el agravante de utilizar indebidamente la fuerza pública, que es la espada auxiliar de la Justicia, y no debería actuar sin la orden de un juez competente. Si la AFIP puede usar la fuerza para embargar a un deudor, ¿por qué razón la Justicia que tiene la potestad se niega a hacer lo mismo con el organismo deudor de los Jubilados?

Pero lo que más nos causa tristeza de sus declaraciones, es su concepto al respeto que le debe el Poder Judicial a los otros poderes del Estado, según sus palabras, si no fueron sacadas de sus contexto, cosa que usted. no ha desmentido, estaría cometiendo una gran imprudencia jurídica, ya que se respeta a los otros poderes cuando estos actúan sin violar la Constitución y legislan leyes constitucionales. Usted afirma que la solución de fondo corresponde a los otros poderes del estado, pero si un ciudadano se remite a la Justicia buscando que se respeten sus Derechos, no puede resignar la Corte Suprema de Justicia facultades que son propias del poder judicial sin entrar sus miembros en una acción de prevaricato. Le recuerdo el espíritu de la Ley. 16.986 en su Art. 1 dice, “ la acción de amparo será admisible contra todo acto u omisión de autoridad pública que en forma actual o inminente, lesione, restrinja, altere u amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos o garantías explícita o implícitamente reconocidos por la C.N., con excepción de la libertad tutelada por el Hábeas Corpus..”

Según el criterio esbozado por usted “tenemos que ser respetuosos de lo que decidan los otros poderes…”, considero con todo respeto, una grave falla en su concepto. El Poder Judicial está para evitar los abusos de poder y no para respetar al poder abusador. El Poder Judicial que usted representa como presidente de la Corte, es el último lugar que le queda al ciudadano para recurrir a salvaguardar sus derechos, y como tal la Justicia a través de los jueces o magistrados está para protegerlo de esos abusos.

Con ese criterio equivocado, por usted esgrimido, llegaríamos a la conclusión que si una ley reglamentaria de los principios, garantías y derechos reconocidos en los Art. 1 a 27 de la C.N. fuesen alterados por la misma, no permitiendo el ejercicio pleno de esos derechos, según lo marca el Art. 28 de la C.N. , debería ser aceptado como constitucional por respeto a los otros poderes del estado a pesar de la violación constitucional; o caso contrario, si ante un acto electoral ocurriese un flagrante fraude cometido por el poder ejecutivo en ejercicio, la Justicia o Poder Judicial por respeto a los otros poderes, también estaría convalidando el fraude.

 No, Dr. Lortenzetti, con el respeto y la admiración que como persona le tengo, permítame decirle que el Poder que usted representa por encima de todo debe hacer respetar la Constitución nacional y las leyes que se ajusten a ese marco regulatorio; de no ser así, declarar inconstitucionales las leyes aprobadas por el Poder Legislativo que violen la Constitución Nacional y también condenar al Poder Ejecutivo que ejerciendo un abuso de autoridad viole la Constitucional Nacional y los derechos contemplados en ella; solo así, los argentinos podríamos decir que gozamos de una verdadera Justicia.

 

 Rubén Gioannini
Movimiento Patriótico Nacional Previsional

 

 
 

12 comentarios Dejá tu comentario

  1. LORENZETTI, OTRO JUEZ INFELIZ Y ASQUEROSO, VENDIDO POR UN PUÑADO DE DOLARES, INTEGRANTE DE UNA CORTE PESIMA COMO TANTAS OTRAS, EN ARGENTINA ESTAMOS DESTINADOS A QUE NADIE DEFIENDA A LOS DEBILES. AL FINAL RESULTA QUE LOS JUECES SON PEORES QUE LOS POLITICOS.

  2. Lorenzetti sos una verguenza para los argentinos no tenes dignidad .tendrias que renunsiar igual que tus compañeros no merecen ser jueses supremos

  3. ¡¡Que tristeza da leer que quien hace estas declaraciones es el Presidente de la Corte Suprema de este pais!!, se declara abiertamente impotente si se me permite el término, y palabra más o menos, nos dice que nos jodamos, la Corte entonces ¿¿para qué está??? Alguien que lo explique!!

  4. Es que el gobierno no puede pagar más de 30.000 juicios por año, ni tampoco dar el 82% de aumento a jubilados, porque ello le impide hacer el saqueo mensual de anses, además de pami. El gobierno tiene déficit y no lo puede ocultar, esta viviendo de los viejos y los que trabajan en blanco y aportan. Cuando esto no alcance tienen las acciones y los plazos fijos, estarán?

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