En el día de hoy el abogado Enrique Piragini, radicará una petición relacionada con la titular de Madres De Plaza De Mayo, Hebe De Bonafini, para que se declare su insania por incitar e instigar a la violencia con sus expresiones vertidas frente al Palacio de Tribunales en la jornada del 28 de setiembre pasado.
Es dable mencionar que los de aquel martes, no fueron los primeros dichos de Hebe que evidenciaron una cuestionable conducta que dejó a la población perpleja. Hay que recordar lo que sucedió aquel 15 de diciembre del año pasado en la plaza de la discordia, cuando Bonafini profirió denigrantes epítetos a miembros de la comunidad boliviana. Vale resonar que también ésta defendió la tomar de la Cría. 24ª. de la Policía Federal Argentina por parte del piquetero oficialista Luis D´elia, trascendiendo las fronteras con sus inconvenientes declaraciones a favor de ETA y cuando se alegró por el criminal ataque a las Torres Gemelas, entre otras muestras de intolerancia que pudieran resumir un morboso desequilibrio mental que pudieron llevarla a emitir cientos de cheques sin fondos de su Fundación.
“Esta nueva inconducta de Bonafini debe servir de advertencia para prevenir males mayores. Sus arengas antidemocráticas podrían prender y germinar en espíritus proclives a la violencia, máxime cuando cuenta con el apoyo del poder oficial y la tolerancia de reconocidos personajes del ámbito público y funcional”, expresó Piragini.
El texto dice lo siguiente:
“Vengo a promover esta acción para que se evalúen las condiciones psicofísicas de la titular de Madres De Plaza De Mayo, Hebe De Bonafini, para que -previa y urgente evaluación psiquiátrica- se declare su insania atento resultar peligrosa para sí y para terceros por incitar e instigar a la violencia con sus groseras expresiones vertidas frente al Palacio de Tribunales en la jornada del 28 de setiembre último, las cuales han tomado estado público. Se sugiere un inmediato examen psiquiátrico de la denunciada, ya que no sólo podría ser peligrosa para sí sino también para terceros, pues sus arengas rayan en la sedición.
Fundo esta petición en lo dispuesto en los mencionados artículos 140 a 152 del Código Civil, y en las previsiones señaladas en los arts. 624 y cs. del Ritual, legitimando la misma en lo dispuesto en el art. 144 del Cód. Civil cuyo inciso 5to. habilita a pedirlo a “cualquier persona del pueblo, cuando el demente sea furioso, o incomode a sus vecinos”, debiéndose tener en cuenta que esta acción pretende proteger a la causante y a quienes podrían sufrir las consecuencias de su irresponsable accionar."
De aceptarse el pedido de Piragini, al fin obtendremos algunas respuestas que nos ayuden a entender una batería de exabruptos.
Carlos Forte