Este martes recibí una inesperada carta proveniente de Agustín Pisani, quien se queja de la nota titulada “Por qué es grave que Caputo manejara inversiones en las Islas Caimán”.
Según el lector, “la afirmación hecha en la nota es falsa. Los paraísos fiscales ‘permiten’ evadir ciertas obligaciones fiscales -no obligan a hacerlo- pero operar en un paraíso fiscal no es delito ni implica lavado de dinero inexorablemente”.
Le envié la queja a Carlos Forte, autor de la nota, quien explicó que él nunca dijo que se trataba de un “delito”. Lo otro sí lo sostiene, el hecho de que los paraísos fiscales tienen que ver con la evasión de impuestos.
Para sostener su afirmación, Forte menciona esta otra nota de TDP donde se explica de qué se tratan los paraísos fiscales: “Según la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), cuatro factores clave son utilizados para determinar si una jurisdicción es un paraíso fiscal (…) Si la jurisdicción no impone impuestos o estos son solo nominales”.
Eso podría explicar parte de su afirmación. Sin embargo, no todos los paraísos fiscales permiten evadir impuestos, en algunos casos se paga menos dinero, pero se paga.
Por otro lado, no se sostiene que el uso de firmas “off shore” implique siempre lavado de activos.
En torno a lo antedicho, le doy la razón, aunque sea parcialmente, al lector. De paso, le recuerdo a Forte, que no es un cronista más sino el editor Ejecutivo de TDP —o sea, el segundo cargo más importante— que no cumplió lo que dice el Manual de Estilo del sitio, al menos en lo que refiere al apartado 3.2 del capítulo “Criterios Editoriales”, donde se pone el foco en la “imparcialidad”: “Siempre que una nota pueda generar controversia, Tribuna de Periodistas debe asegurarse de recoger y entregar suficiente información para que el lector pueda hacer su propio juicio”.
A su vez, parece haber desconocido el punto 2.1 de la sección “Tópicos Periodísticos”, donde se advierte que “el periodista nunca debe olvidar que trabaja para el lector, destinatario final de la información, porque ello le señala la responsabilidad que asume de ser depositario del derecho que tiene todo ciudadano a ser informado veraz y oportunamente”.
Agradezco a Agustín por haberme escrito y les recuerdo a quienes quieran dejar sus inquietudes que pueden escribirme a ombudsman@periodicotribuna.com.ar.
En realidad, Forte afirma en el artículo que "operar en paraísos fiscales es sinónimo de evasión de impuestos y, en algunos casos, de lavado de dinero. No existe ninguna otra justificación para operar en lugares de ese tenor. " lo cual no es cierto. Hay mucha gente que defiende ideológicamente la necesidad de paraísos fiscales.
Excelente trabajo de retroalimentación. Los felicito.
Los peridistas , que, como periodista conocen la génesis del periodista, valga la redundancia, porque no escriben sobre : ¿ que fines persigue esta gente de la ICIJ ? ¿ que los motiva a filtrar una información sin un fin aparente ?
Resumiendo: operar en paraísos fiscales no es, per sé, un delito. Puede hacerse un cuestionamiento de tipo ideológico al estilo: no tributan lo que deberían en el país de origen. Postura que puede ser refutada con el siguiente argumento: para qué tributar a un estado que apaña el terrorismo y/o es corrupto y/o no devuelve en forma de bienes públicos lo que se le tributa. En fin, es destacable que TDP reconozca el error. El mismo criterio deberían aplicar a Fabián Ferrante, que se dedica a escribir sobre cosas que no puede probar o la realidad le demuestra que no es así.
Seria instructivo que TDP, escriba como trabajan distintos paraisos fiscales. por ejemplo Malta, que es miembro de la Unión Europea. Las empresas que operan en Malta, que basta con poner una casilla de correo o buzón hasta sí, una oficina contable con personal y teléfonos. Esas firmas pagan impuestos allí casi en el mismo porcentaje que es usual en toda europa, pero con la diferencia que luego de cobrar ese %,el gobierno maltes te devuelve un buen % del aporte. Resultando buena la bicicleta para unos y otros.