En las últimas horas, se llevó a cabo la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación, en donde, por primera vez, estuvo presente el jefe del interbloque Argentina Federal, Miguel Ángel Pichetto, quien escenificó su opinión respecto del pedido de debate sobre el desafuero de la otrora presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Quienes quisieron instalar el debate fueron los senadores oficialistas Ernesto Félix Martínez y Luis Petcoff Naidenoff sobre la base del pedido de la orden de detención dictada por el juez federal Claudio Bonadio y tras el comentario del kirchnerista Marcelo Fuentes, quien vinculo el pedido de desafuero de Cristina con una “persecución judicial” al decir que la causa tenía una “intencionalidad política” y sobretodo el “implacable objetivo del condicionamiento electoral”.
Sin mencionar a la ex presidenta, en senador Martínez del frente Cambiemos por la provincia de Córdoba disparó: “Hay temas que preocupan, no solo al Senado sino también a la sociedad como los pedidos de desafuero de algunos senadores que vienen año tras año dilatándose”.
La opinión de Pichetto quedó más que clara al justificar su enojo diciendo que “lo que me molesta sobremanera es cuando no se cumplen las reglas”. Según mencionó el senador, previamente se había pactado un acuerdo entre los distintos bloques, con el cual se aseguraba que todavía no se podía tratar el desafuero de Cristina, sino que se iba a dejar para más adelante.
El tema del desafuero de Cristina es un tema que se discutió y se debatió hasta el hartazgo, tanto en el ámbito legislativo como en el social.
Ley de Fueros
La Ley de los fueros (Ley Nº 25.320) básicamente, funciona como una protección para aquellos que ejercen dentro del ámbito legislativo.
Este derecho está garantizado bajo el artículo 69 de la Constitución Nacional, que explica que ningún senador o diputado, mientras ejerce su cargo, puede ser arrestado con la excepción de ser sorprendido “in fraganti” en la ejecución de algún delito, de ser así, se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho.
El derecho de los legisladores fue limitado con la Ley de Fueros aprobada en septiembre del año 2000, luego del escándalo por los sobornos que se pagaron por la aprobación de la llamada “ley de reforma laboral”.
En ella se establece que un legislador no puede ser encarcelado durante su mandato, a menos que haya sido desaforado, pero si puede llevarse adelante todo el resto del proceso judicial, lo que si se prohíbe es el allanamiento del domicilio u oficina de los legisladores.
Para completarse efectivamente el arresto de un legislador, debe llevarse adelante el desafuero, para lo cual es necesario que la Cámara correspondiente apruebe el desafuero con dos tercios de los votos de los legisladores presentes el día de la votación.
Cita el artículo 70 de la Constitución Nacional: “Cuando se forme querella por escrito ante las justicias ordinarias contra cualquier senador o diputado, examinado el mérito de sumario en juicio público, podrá cada Cámara, con dos tercios de votos, suspender en sus funciones al acusado, y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento”.
La complejidad judicial
Bonadio ya puso tras las rejas a varios referentes del kirchnerismo sobre la base de supuesta "traición a la patria", ello en el marco de la denuncia que hizo Alberto Nisman en enero del 2015.
Es dable recordar que el magistrado había dictado el procesamiento y la detención de Cristina previo a pedir su desafuero, su argumento fue que debido a sus contactos “puede entorpecer la causa”.
La discusión respecto a este tema es amplia y compleja, ¿no sería más conveniente discutir el desafuero de la otrora presidenta mediante otras causas en las que se encuentra más complicada?
Los expedientes Hotesur y Los Sauces contienen una mayor cantidad de elementos que los que se encuentran en la denuncia refrendada por el fiscal fallecido Nisman.
no obstante, es imposible que Cristina quede detenida por el momento , sin embargo, la senadora del FPV está segura de que esa es la causa que va a llevarla tras las rejas finalmente por eventual “traición a la patria”, un delito que según se desprende del artículo 215 del código penal , puede llegar a ostentar una pena de reclusión perpetua.
Sin embargo, El otrora senador provincial por la provincia de Buenos Aires, Alberto De Fazio, en diálogo con Tribuna de Periodistas, se refirió a la probabilidad del desafuero y posterior detención de Cristina al mencionar que: “No hay motivos para el desafuero. No puede entorpecer las causas porque ya están elevadas a juicio y no hay riesgo de fuga. Es absurda la pretendida detención”.
Cuando se le consultó si a futuro se le podían sacar los fueros supo responder: “No lo creo, entiendo que la mayoría de los senadores comparten el criterio restrictivo”.
Por último, De Fazio definió la posibilidad de la eventual prisión de Cristina en una sola palabra: “imposible”.
También es necesario mencionar que Bonadío está lejos de ser un juez independiente, se sabe que el juez cobró celebridad por actuar a petición del menemismo.
Lo mismo hizo una vez llegado el kirchnerismo, donde supo cajonear y demorar importantes expedientes que comprometían a sus funcionarios, como, por ejemplo, la conocida causa “Skanska”.