¿Es periodismo publicar un documento sin verificar? ¿O es periodismo indagar sobre la veracidad del mismo?
Es una gran pregunta, que cobra relevancia luego de lo sucedido en las últimas horas, luego de que el periodista Omar Lavieri publicó el supuesto analítico de abogada de Cristina Kirchner en el portal Infobae de Daniel Hadad, el cual fue usado luego por Claudio Bonadío para sobreseer a la expresidenta.
Christian respecto al analítico revisé todas las fechas legibles y, salvo error u o., encontré 5 en día sábado.
— Alkahest (@pikillinn) August 29, 2022
Notoria la de 21 jun 1975 Sábado, ya que el viernes 20 fue feriado Día de la Bandera.
Y sobre las correlatividades de las que habla Sabsay? pic.twitter.com/wdg4GsTiIN
No es la primera vez que ese medio da a conocer un documento adulterado, pero este supera todo lo ya visto: es lo más “trucho” que se haya visto al respecto.
Esta semana, por caso, quien escribe estas líneas descubrió media docena de irregularidades en apenas diez minutos de análisis. ¿Cómo es que no se tomó el mismo tiempo Infobae para chequear lo mismo?
El analítico es tan objetable, que en la segunda hoja ni siquiera aparece el nombre de la expresidenta. ¿Cómo se puede dar fe entonces de que se trata del certificado de Cristina?
Es suspicaz el accionar de Infobae —lo cual no debería sorprender, ya que pertenece a Hadad, operador todoterreno—, medio que suele ser “pionero” a la hora de publicar documentos adulterados.
Ya lo hizo con la ficha de entrega de título de la exmandataria, refutado por varios peritos calígrafos. ¿Por qué Lavieri/Infobae hacen algo semejante? ¿Es ingenuidad o hay algo más? Este periodista se guarda sus dudas, ya que se cansó de advertir sobre este tópico puntual al colega.
El analítico de Cristina es objetable por donde se lo mire: basta observar lo que se dice en las redes sociales para comprobarlo. Ciudadanos de a pie, que no tienen idea del periodismo o la investigación, han encontrado docenas de errores. ¿Por qué no hizo lo propio Infobae? Sospechoso, ciertamente.
Mucho podría decirse, pero vale más lo que pueda decir un profesional al respecto. Quien se animó a dar su opinión profesional es Fernando Lionel López, Calígrafo Público Nacional. Lo hizo a pedido de este cronista. Su informe es impecable (ver al pie), aún cuando debió trabajar con elementos precarios:
Antes que nada vale aclarar que en pericial caligráfica no es habitual ni recomendable trabajar con fotocopias, debido a que existen elementos fundamentales que no pueden ser analizados. Otro punto para tener en cuenta es que en el cotejo entre firmas o escrituras siempre se debe contar con elementos dubitados e indubitados.
Hecha la aclaración, paso a describir lo que me llamó la atención:
1) No se observan firmas de responsables de área, llámese jefe de alumnado o cargos similares, solamente la firma de Martin Román Brunialti (secretario administrativo de la facultad de ciencias jurídicas de la UNDLP) donde certifica que es copia fiel del original. Aun así hay certificados que se pueden encontrar en la web que tienen las mismas características. (http://sintinta.com.ar/wp-content/uploads/2013/08/juez-ares-materias1-715x516.jpg)
2) Existen al menos cuatro grafías diferentes. Desconozco si esta práctica era habitual o normal en esa época ya que hoy en día el llenado de este tipo de documentos se realiza por computadora.
3) Hay manchas y tachaduras que no están testadas, lo cual, es inadmisible en un documento público.
4) Las materias rendidas en el año 1974 tienen una tilde a la derecha de la calificación obtenida.
5) No están completos varios campos al final del certificado. Muy llamativo el de los títulos obtenidos que está vacío pero si están escritos en imprenta al final de la primera carilla del certificado.
6) Medio sello ilegible que se repite en analítico encontrado en la web y firmado por la misma persona (Martín Román Brunialti).
7) Como exalumno de la carrera de Derecho recuerdo que la materia Filosofía del Derecho se daba en primer año y de no aprobarla era imposible cursar la materia Civil l. Hoy en día la materia Derecho Procesal l no se puede cursar sin antes aprobar Folosofia del Derecho que fue su penúltima materia. Busqué información sobre el plan de estudios de la carrera en el año 1972 pero no encontré absolutamente nada. También es extraño las “materias suprimidas” pero la verdad no tengo respuestas sobre eso.
Luego de las palabras del profesional, solo resta decir una cosa: como decía mi abuela, "más claro, echarle agua".