El Juzgado Criminal de Instrucción Nº 38, a cargo de la jueza Wilma López, decidió procesar con prisión preventiva al titular del gremio
El secretario administrativo del gremio, Juan Carlos "El Gallego" Fernández, y el delegado sindical, Claudio Gustavo Alcorcel, fueron también procesados con encarcelamiento, según informa el Centro de Información Judicial. Esto es, los tres imputados se encuentran detenidos.
José Pedraza y Juan Carlos Fernández fueron procesados como instigadores (art. 45 último párrafo del Código Penal) del crimen de Ferreira, mientras que Alcorcel fue procesado como partícipe necesario (art. 45 primer párrafo del Código Penal).
De acuerdo con la jueza, tanto Pedraza como Fernández, “desde su lugar” en el sindicato “determinaron” —en esto consiste la instigación— a los delegados que fueron a romper una marcha de trabajadores “tercerizados” que pretendían cortar las vías del ferrocarril Roca, a que “aleccionaran a los zurdos”. El corte de vías de los “tercerizados” contaba con el apoyo de agrupaciones de izquierda, entre ellas el PO, donde militaba Mariano Ferreyra.
El objetivo de los sindicalistas alineados con la cúpula de
“La real finalidad”, añadió
“Pedraza no sólo se desempeña como un representante gremial sino que en su figura convive el rol de empresario ferroviario”, abunda el fallo.
Pedraza y Fernández “incitaron al resto de los procesados —a través de los delegados– para que agredan, expulsen a los manifestantes —incluso usando armas de fuego y objetos contundentes— y disparen contra ellos, representándose y aceptando las muertes y/o lesiones que pudieran producirse”.
Pedraza y Fernández se encontraban el día del ataque en la sede de
A través del cruzamiento de los teléfonos de los imputados, la jueza concluye que Fernández “estaba completamente al tanto de lo que iba ocurriendo en las inmediaciones de las estaciones de trenes de Avellaneda e Hipólito Yrigoyen”. Ferreyra cayó muerto en las calles de Barracas, cuando los “tercerizados” se retiraban de la frustrada protesta.
Además, en la causa consta la declaración de un testigo que dijo haber escuchado al jefe de los delegados, el también detenido Pablo Díaz, haber dicho que lo había llamado Fernández y que le ordenó retirarse del lugar luego de que se efectuara el disparo que mató a Ferreyra. Por el disparo están acusados tanto el barrabrava Cristián “Harry” Favale como el ferroviario Gabriel Sánchez.
Finaliza el auto judicial de procesamiento postulando que en el marco del “plan común” urdido por la organización el 20 de octubre se considera que Pedraza y Fernández “pudieron implantar” a través de los contactos telefónicos previos al crimen “las motivaciones que llevaron” a Favale y Sánchez a disparar contra los manifestantes por ello se les endilga el rol de instigadores.
Como vemos, la magistrado mantiene su idea original que mencionáramos en anteriores intervenciones: que existió un “plan común” del que participaron como coautores con una división de trabajo, la denominada técnicamente “autoría funcional”, el resto de los procesados y detenidos por el homicidio de Mariano Ferreira.
Ahora, en este nuevo pronunciamiento,
Recordemos que para nuestra ley penal la sanción prevista —en abstracto— para el partícipe necesario y el instigador, es la misma que para el autor, en este caso de un homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas (art. 80 incisos 2º y 6º del Código Penal), la pena es de prisión o reclusión perpetua.
Carlos Llera