Este lunes, se presentó una curiosa denuncia contra el vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli, por incumplimiento de deberes de funcionario público y abuso de autoridad y defraudación.
En realidad, la presentación se hará también contra otros funcionarios del área de Espacio Público, cartera que supo ocupar el hoy “segundo” de Horacio Rodríguez Larreta.
Para entender los alcances de la denuncia, hay que poner el foco en el denominado "bacheo temporal", puesto en práctica desde hace algunos años en la CABA.
Consiste en tapar los baches con chapones que se adhieren al suelo mediante bulones. De ese modo, y hasta tanto se haga el bacheo definitivo, los transeúntes y los vehículos pueden circular. Se evitan así desvíos, demoras y accidentes.
En ese contexto aparece la figura de Adrián Góngora, socio de Estructuras Acuáticas SRL, la empresa que llevó la idea a Santilli y que este último decidió implementar en toda la Ciudad de Buenos Aires.
Es así como Estructuras Acuáticas comenzó a trabajar durante un período que duró 10 meses. Y ahí aparece el primer inconveniente: sólo le abonaron los dos primeros meses.
Luego le dieron el trabajo a otras empresas quedándose con la idea de Góngora y con parte de los chapones, que al día de hoy siguen siendo utilizados para tapar baches.
Allí, ante el reclamo por los meses adeudados y los chapones, el GCBA asegura que no existió la relación y que no existen constancias documentales de dicha relación, lo cual pareciera imposible por la prolongación y grado de exposición pública de la actividad (amén de los documentos que prueban lo contrario).
Más aún: quien rechaza dos veces el reclamo es un funcionario que participaba de los intercambios de correo electrónico con el propio Góngora. Hasta el propio Santilli intercambió mails con Góngora de acuerdo a los documentos a los que tuvo acceso este cronista.
Por lo antedicho, el denunciante puntualiza sobre las siguientes personas: Diego Santilli, Analía Leguizamón, Rodrigo Silvosa, Edgardo Senson, Marcelo Garabaglia, Sofia Lemir, Sabrina Aragone, Karina Soto, Rosario Olmedo Barrios, Fernando Rodríguez Martínez, Ignacio Gómez, Flor Sembe, Cristian Werle, Camila Caride Mollo, Georgina Bordon, Andrea Mónica, George Hill, Monica Pereyra, German Ausina, Mirta Seoane, Claudio Gottelli, Juan Pablo Martinez, , Lucas Laurado, Ezequiel Capelli, y Gabriel Gauna.
A todos ellos los acusa por la posible comisión de los delitos previstos en los arts. 249, 272 y 173, incisos 2 y 8, conforme los fundamentos de hecho y de derecho que expone de la siguiente manera:
El 16/06/2016, a través de uno de sus socios gerentes, el Sr. Adrián Góngora, Estructuras Acuáticas S.R.L. (en adelante LA EMPRESA) presentó un reclamo administrativo donde se explicitaron los hechos que siguen a continuación:
En abril de 2013, y en representación de LA EMPRESA, presenté un novedoso sistema de bacheo temporal por medio de chapones, desarrollado por LA EMPRESA, al entonces Ministro de Espacio Público del GCBA, Diego Santilli, quien luego de una prueba en vía pública, me derivó con la viceministra Analia Leguizamón para la contratación del servicio. Ella puso a cargo al Sr Marcelo Garabaglia, quien coordinaba con LA EMPRESA las posiciones de los baches a ser cubiertos temporalmente, para evitar accidentes.
Luego se encargaba de coordinar con Rodolfo Prado de EMUI para retirar el chapón, así ellos se encargaban del cierre definitivo de los baches. Los certificados de obra los firmaba Sofia Lemir Gómez, en aquel entonces Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Público.
Para Diciembre de 2013 se aproximaba un cambio de gestión. Durante estos 8 meses de relación, LA EMPRESA solicitó en varias oportunidades a las autoridades de MAyEP, con quien trataba habitualmente, la suscripción de un contrato que formalizara el acuerdo. Ya por esa fecha, entraría el Ministro Eduardo Senson y el Viceministro Rodrigo Silvosa, quien comenzó a negociar con LA EMPRESA, para la continuidad del servicio.
En dichas conversaciones se acordó verbalmente seguir con el servicio, ya que había sido una buena solución al grave problema de los baches espontáneos, evitando numerosos accidentes en vía pública. Así, las autoridades prometieron, una vez más, que accederían a suscribir un contrato.
Durante esta segunda gestión, los certificados de obra fueron firmados por el Sr. George Hill, Asesor Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Para el mes de Febrero de 2014 comenzaron a circular por los baches de CABA chapones que no pertenecían a LA EMPRESA. Al consultar los motivos, ni el mismo Viceministro Rodrigo Silvosa sabía de qué se trataba.
Así, no sólo no se dio respuesta alguna a LA EMPRESA, sino que también se la desafectó sin ningún tipo de explicación. En definitiva, además de cortar la relación y asignarle un mecanismo ideado por LA EMPRESA a otra u otras entidades empresarias, el GCBA se quedó con DIEZ de los chapones que eran propiedad de LA EMPRESA (material que se instalaba para tapar los baches).
En definitiva, se adeuda a LA EMPRESA los montos correspondientes por los trabajos realizados desde Julio de 2013 hasta Febrero de 2014, así como la entrega de DIEZ chapones que siguen en poder del GCBA.
A partir del cese de la relación comercial, LA EMPRESA nunca dejó de exigir, durante toda la gestión de Rodrigo Silvosa, los montos adeudados y los chapones.
En Mayo de 2014, según lo informado al suscripto por la Dra Sabrina Aragone, asesora de Mantenimiento de Espacio Público, se habría gestionado un expediente para el pago de los meses Julio, Agosto y Septiembre que se encontraban listos para la firmar. Este expediente tiene el número: Exp. N° 47639998/2014. La última reunión que tuvo LA EMPRESA, fue con Christian Werle y Florencia Sembe en Agosto de 2015. Allí se acordó, nuevamente, saldar la deuda de los 8 meses adeudados y el saldo de 10 chapones que quedaron en poder del GCBA.
La suma total adeudada por los trabajos realizados asciende a $ 2.944.914,40 (pesos dos millones novecientos cuarenta y cuatro mil novecientos catorce con cuarenta centavos).
El importe de cada cuota era de $ 368.114,30 IVA e impuestos incluidos.
En numerosas oportunidades LA EMPRESA pidió al Viceministro Rodrigo Silvosa que se saldara dicha deuda y se le devolvieran los chapones ilícitamente retenidos.
Para acreditar sus dichos, LA EMPRESA presentó, con el reclamo administrativo de fecha 16/06/2016, la siguiente documentación:
Intercambio de mails entre el denunciante y la funcionaria Sofía Lemir, que acredita la existencia de un Certificado de Obra del mes de JULIO de 2013, en poder del GCBA;
Certificado de Obra del mes de AGOSTO de 2013; Anexo V: Certificado de Obra del mes de SETIEMBRE de 2013;
Certificado de Obra del mes de OCTUBRE de 2013; Anexo VII: Planilla Interna con las tareas correspondientes a NOVIEMBRE de 2013, a la cual se adjuntan los pedidos efectuados por mail de cada uno de los trabajos (no se llegó a confeccionar el Certificado de Obra);
Certificado de Obra del mes de DICIEMBRE de 2013;
Certificado de Obra del mes de ENERO de 2014;
Planilla Interna con las tareas correspondientes a FEBRERO de 2014, a la cual se adjuntan los pedidos efectuados por mail de cada uno de los trabajos (no se llegó a confeccionar el Certificado de Obra);
Presupuesto remitido por mail que acredita el monto mensual que se reclama por el presente;
Pedido efectuado ante la Procuración General;
Solicitud de pronto despacho presentada ante la Procuración General;
Partes de recepción definitiva correspondientes a mayo y junio de 2013, correspondientes a los últimos dos períodos abonados por el GCBA a LA EMPRESA.
Asimismo, y para aportar mayor sustento probatorio, LA EMPRESA ofreció como PRUEBA TESTIMONIAL la declaración de todos los funcionarios mencionados al inicio de la presente denuncia, en relación a los hechos antes relatados.
También se ofreció, en el reclamo administrativo de fecha 16/06/2016 una PRUEBA PERICIAL TÉCNICA, a cuyo fin se solicitó la designación de perito que verifique la autenticidad de los mails acompañados en los Anexos III, VII, X y XI.
Así las cosas, LA EMPRESA reclamó concretamente, la producción de la prueba ofrecida y que se hiciera lugar al reclamo de las sumas adeudadas y a la devolución de los chapones retenidos.